BUENOS DÍAS COLEGAS. ÉSTE ES UN TEMA MÍO, NO DE UN CLIENTE Y TENGO MUCHAS DUDAS COMO RESOLVERLO. HACE UNOS AÑOS UN TELÉFONO DE MI CASA SE DESCOMPUSO, HUBO REITERADOS RECLAMOS DE REPARACIÓN INFRUCTUOSOS, TODOS POR ESCRITO ANTE LA EMPRESA. NO LO REPARARON Y ACUDÍ A LA COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES LA QUE LE ORDENÓ A TELEFÓNICA DE ARGENTINA LA REINSTALACIÓN, YA DE ÉSTO PASÓ MÁS DE UN AÑO, O SEA DESDE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN - ENTE REGULADOR-LA EMPRESA NO REINSTALÓ NI ME ABONÓ LAS MULTAS PREVISTAS QUE SI NO RECUERDO MAL SON POR TODO EL PERÍODO SIN SERVICIO, EL DOBLE DEL CARGO FIJO MENSUAL. AHORA BIEN, YA PASÓ TANTO TIEMPO QUE ESTOY REALMENTE DESINTERESADO EN QUE ME LO REINSTALEN DADO QUE TAMBIÉN TENGO OTRO TELÉFONO INSTALADO Y QUE FUNCIONA. MOTIVO POR EL CUAL QUISIERA ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE LA COMISIÓN, RESCINDIR EL CONTRATO CON TELEFÓNICA POR ESA LÍNEA, TAMBIÉN Y CREO QUE NO ESTARÍA MAL APLICANDO SUPLETORIAMENTE EL PACTO COMISORIO.
OBVIAMENTE QUE , POR UNA PARTE YA ESE TELEFONO NO ME SERÍA DE GRAN UTILIDAD Y, POR LA OTRA, A LOS FINES DE RECLAMAR DAÑOS Y PERJUICIOS POR VÍA DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. ENTONCES LAS CUESTIONES QUE PLANTEO EN ESTE FORO SON VARIAS POR MI FALTA DE EXPERIENCIA EN LA MATERIA:
a) POR UNA CUESTIÓN DE DEMOSTRAR BUENA FE TENGO QUE APERCIBIR FEHASCIENTEMENTE A LA EMPRESA QUE ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DADA POR EL ENTE REGULADOR, HARÉ USO DEL PACTO COMISORIO?, EN SU CASO TENGO QUE DARLES UN PLAZO PARA QUE CUMPLAN? REALMENTE NO QUIERO QUE ME LO REINSTALEN SINO DARLE DE BAJA CONFORME LO EXPUESTO PRECEDENTEMENTE.
b) SI TENGO QUE APERCIBIR DE CONFORMIDAD CON EL INCISO ANTERIOR Y ME LO REINSTALAN EN SU CASO ANTES DEL PLAZO QUE EVENTUALMENTE TENGA QUE OTORGAR PARA ELLO, YA PIERDO LA FACULTAD DE RESCINDIR EL CONTRATO QUE ME UNE CON TELEFÓNICA POR ESA LÍNEA? AUNQUE YO CREO QUE SÍ PERO NO SE SI EN ESTE TIPO DE CONTRATOS CON PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS EXISTE EL PACTO COMISORIO TACITO.
C) SI, EN TODO CASO PUEDO RESCINDIRLO, ME GUSTARÍA IR POR LA VÍA DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, Y RECLAMAR LOS DAÑOS IRROGADOS. TENGO ENTENDIDO QUE TAMBIÉN SE PUEDE RECLAMAR DAÑO PUNITIVO PERO NO SE A CUANTO ASCIENDE Y SI COMO EN CIVIL Y OTRAS RAMAS TENGO QUE DEMOSTRAR EL EFECTIVO DAÑO SUFRIDO EN CUANTO A ESTE CONCEPTO-DAÑO PUNITIVO- TAMBIÉN ME GUSTARÍA SABER SI SE PUEDEN AGREGAR OTROS CONCEPTOS RESARCIBLES COMO EL VALOR DEL COSTO DE INSTALACIÓN ACTUALIZADO MÀS LOS ITEMS QUE MENCIONÈ AL PRINCIPIO DADO QUE LA COMISIÓN OBLIGA ,COMO DIJE A ABONAR EL DOBLE DEL CARGO FIJO POR TODO EL PERÍODO SIN SERVICIO.
D) OTRO DE LOS TEMAS ES SI TENGO QUE HACER ALGÚN PROCEDIMIENTO PREVIO ANTE ALGÚN ORGANISMO DE DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS DE BIENES Y SERVICIOS? LO QUE TENGO ENTENDIDO ES QUE LA VÍA JUDICIAL ES RELATIVAMENTE RÁPIDA Y QUE SE GOZA DEL BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.
SE QUE SON UNA SERIE DE PREGUNTAS EXTENSAS LAS QUE REALICÉ PERO AL MARGEN DE LO DICHO, POR CIRCUNSTANCIAS QUE ESTOY PASANDO, TAMPOCO ME VENDRÍA MAL UNA BUENA INDEMNIZACIÓN SINO TODO LO CONTRARIO.
LES AGRADECERÍA SI ME PUDIERAN RESPONDER Y DESDE YA MUCHAS GRACIAS
OBVIAMENTE QUE , POR UNA PARTE YA ESE TELEFONO NO ME SERÍA DE GRAN UTILIDAD Y, POR LA OTRA, A LOS FINES DE RECLAMAR DAÑOS Y PERJUICIOS POR VÍA DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. ENTONCES LAS CUESTIONES QUE PLANTEO EN ESTE FORO SON VARIAS POR MI FALTA DE EXPERIENCIA EN LA MATERIA:
a) POR UNA CUESTIÓN DE DEMOSTRAR BUENA FE TENGO QUE APERCIBIR FEHASCIENTEMENTE A LA EMPRESA QUE ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DADA POR EL ENTE REGULADOR, HARÉ USO DEL PACTO COMISORIO?, EN SU CASO TENGO QUE DARLES UN PLAZO PARA QUE CUMPLAN? REALMENTE NO QUIERO QUE ME LO REINSTALEN SINO DARLE DE BAJA CONFORME LO EXPUESTO PRECEDENTEMENTE.
b) SI TENGO QUE APERCIBIR DE CONFORMIDAD CON EL INCISO ANTERIOR Y ME LO REINSTALAN EN SU CASO ANTES DEL PLAZO QUE EVENTUALMENTE TENGA QUE OTORGAR PARA ELLO, YA PIERDO LA FACULTAD DE RESCINDIR EL CONTRATO QUE ME UNE CON TELEFÓNICA POR ESA LÍNEA? AUNQUE YO CREO QUE SÍ PERO NO SE SI EN ESTE TIPO DE CONTRATOS CON PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS EXISTE EL PACTO COMISORIO TACITO.
C) SI, EN TODO CASO PUEDO RESCINDIRLO, ME GUSTARÍA IR POR LA VÍA DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, Y RECLAMAR LOS DAÑOS IRROGADOS. TENGO ENTENDIDO QUE TAMBIÉN SE PUEDE RECLAMAR DAÑO PUNITIVO PERO NO SE A CUANTO ASCIENDE Y SI COMO EN CIVIL Y OTRAS RAMAS TENGO QUE DEMOSTRAR EL EFECTIVO DAÑO SUFRIDO EN CUANTO A ESTE CONCEPTO-DAÑO PUNITIVO- TAMBIÉN ME GUSTARÍA SABER SI SE PUEDEN AGREGAR OTROS CONCEPTOS RESARCIBLES COMO EL VALOR DEL COSTO DE INSTALACIÓN ACTUALIZADO MÀS LOS ITEMS QUE MENCIONÈ AL PRINCIPIO DADO QUE LA COMISIÓN OBLIGA ,COMO DIJE A ABONAR EL DOBLE DEL CARGO FIJO POR TODO EL PERÍODO SIN SERVICIO.
D) OTRO DE LOS TEMAS ES SI TENGO QUE HACER ALGÚN PROCEDIMIENTO PREVIO ANTE ALGÚN ORGANISMO DE DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS DE BIENES Y SERVICIOS? LO QUE TENGO ENTENDIDO ES QUE LA VÍA JUDICIAL ES RELATIVAMENTE RÁPIDA Y QUE SE GOZA DEL BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.
SE QUE SON UNA SERIE DE PREGUNTAS EXTENSAS LAS QUE REALICÉ PERO AL MARGEN DE LO DICHO, POR CIRCUNSTANCIAS QUE ESTOY PASANDO, TAMPOCO ME VENDRÍA MAL UNA BUENA INDEMNIZACIÓN SINO TODO LO CONTRARIO.
LES AGRADECERÍA SI ME PUDIERAN RESPONDER Y DESDE YA MUCHAS GRACIAS