Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • auxilio!!! por favor.

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #686820  por rochibelen
 
estimados:
tengo una situación complicada, tengo un caso de alimentos en los que el año pasado se fijo fecha para absolver posiciones en noviembre, pero por motivos de salud (accidente) recién ahora me pude acercar al juzgado y enterarme de eso, así como también de que respecto a lo que solicite como informativa, se ordenó que se libren los oficios solicitados.
la pregunta mía es :
** después de pasado tanto tiempo puedo hacer los oficios y diligenciarlo ?
**si mando las cédulas donde se fijan los provisorios ahora, ( siempre teniendo presente lo del tiempo que pasó) no pasa nada verdad?es decir puedo tranquilamente hacerlo?
** y ordenan al demandado que deposite en la cuenta del banco de depósitos judiciales, ¿tengo que solicitar en el juzgado que libre oficio al banco de depósitos judiciales para que abran esa cuenta ? ( xq nada dice respecto a eso , es decir en el expte no figura que ellos mandaron al banco que se abra la cuenta ).((( dice asi: alimentos provisorios..... la que deberá ser abonada..... mediante depósito judicial que deberá efectuar en el banco de la pcia de bs.as. sucursal tribunales.... en la CUENTA DE AUTOS y a la orden de este tribunal............notifiquese.-)))
me mandé sola con esto porque familia me re gusta pero veo en la practica que no todo es como lo dice la teoría, me refiero a que no salen las cosas como aveces se espera , siempre puede haber un imprevisto que complica las cosas.
Espero ayuda por favor colegas, saludos.
 #687041  por Caro36
 
No tiene solucion lo tuyo, lo siento! No se te puede pasar tanto tiempo sin ver o mover un expte, si tenes pruebas de tu accidente, acompañalos y solicitá las pruebas de nuevo, no se, nunca me pasó eso, asi que no te puedo decir que puede pasar!
 #687104  por Tiburcio
 
Para mi tenes que continuar como si nada, diligenciar las pruebas ya ordenadas, enviar la cédula y pedir nueva audiencia a los mismos fines que la anterior.
No se produjo la caducidad de la instancia de manera que lo único que puede suceder es que a tu clienta le echen en cara su falta de necesidad por dejar paras el tiempo.
 #687278  por rochibelen
 
hola, gracias caro y tiburcio por las respuestas. la verdad estoy muy preocupada con esto porque es mi primer caso y empiezo con el pie izquierdo, yo por lo pronto preparo los oficios y cédulas y las diligenciaré a ver qué me dice el juzgado cuando lleguen los informes.
pero tengo otras dudas respecto a eso de la cuenta bancaria, si alguien me puede orientar , muy agradecida estaré.
POR FAVOR ESPERO MAS SUGERENCIAS.
MIL GRACIAS.
 #687438  por Tiburcio
 
El oficio al banco es para cobrar una vez que el alimentante deposite los alimentos provisorios. Te falta un largo camino para ese momento.
 #687888  por ronrrin
 
El oficio para que el banco abra una cuenta de alimentos lo haces vos con firma de secretario y luego de diligenciarlo denuncias el número de cuenta en el expediente.
 #692281  por rochibelen
 
hola, les cuento que estoy un poquito mal, porque confeccioné los oficios (pedido de prueba de informes) y los llevé, pero en el último que llevé no me lo quisieron recibir porque el representante legal dice que tiene que llevar un sello del juzgado. que de lo contrario no responderían al pedido.
Le expliqué que según el C.P.C.C. DE LA PCIA., faculta a los abogados a confeccionar los oficios, transcribir la parte pertinente del auto que ordena la medida y a diligenciarlo sin la necesidad de dejarlo a confronte ni de colocar el sello del juzgado, por lo menos en estos casos, sino que con la firma y sello del letrado vasta para que el oficio sea válido . Y, también le aclaré que el informe debían enviarlo directamente al juzgado, porque no lo sabia, creia que me tenia que dar el informe a mi en ese momento.
Ahora, tengo pensado ir hasta el juzgado pedirle que me pongan el sello y volver a llevarlo, porque de lo contrario no se cómo hacer para contar con ese informe.....
por favor diganme,estoy en lo correcto? o estoy haciendo las cosas mal???? YO ESTOY CONVENCIDA QUE ESTOY EN EL CAMINO CORRECTO.
 #692331  por Laura300
 
Holaaaaa espero responder a tiempo colega, anda al juzgado ponele el sello medalla al oficio y lo volves a diligenciar tranqui, no hay drama.
saludos
 #698762  por rochibelen
 
hola a todos, les cuento que pude diligenciar todos los oficios y el martes pasado fui a llevar un escrito solicitando nueva audiencia y se libre oficio al banco de depósitos judiciales porque la cuenta de autos se cerró hace tiempo por no tener movimientos. pero me encontré con la sorpresa de que fue a despacho. y lo único que hice la semana anterior, fue dejar la copia del oficio al que le puse el sello del juzgado, puede ser que por eso lo manden a despacho?
y otra, de los oficios que diligencié( pedido de prueba informativa) , no es obligación mandar un escrito diciendo que los mismos ya fueron diligenciados verdad? o tengo que mandar un escrito con copia de los oficios diligenciados?, si alguien me contesta algo se los agradeceré muchísimo. desde ya gracias a todos por estar de ese lado. besos.
 #698947  por Laura300
 
Estimada colega yo cada vez que diligencio un oficio adjunto en el expte con un escrito el mismo ya que es la prueba de que cumpliste con la produccion de la prueba, adjuntas el oficio diligenciado con el cargo que le pusieron en la entidad o persona que lo recibio asi consta en el expte, en caso de que el mismo no sea contestado en los plazos legales solicitas se libre oficio reiteratorio alegando que el diligenciado con fecha tal conforme consta a fs. XXXX no ha sido respondido.
Mucha suerte
Laura
 #698948  por Laura300
 
Estimada colega yo cada vez que diligencio un oficio adjunto en el expte con un escrito el mismo ya que es la prueba de que cumpliste con la produccion de la prueba, adjuntas el oficio diligenciado con el cargo que le pusieron en la entidad o persona que lo recibio asi consta en el expte, en caso de que el mismo no sea contestado en los plazos legales solicitas se libre oficio reiteratorio alegando que el diligenciado con fecha tal conforme consta a fs. XXXX no ha sido respondido.
Mucha suerte
Laura
 #699432  por rochibelen
 
hola Laura, y estimados colegas, sin animo de abusar de sus conocimientos, entonces preparo y llevo el escrito con las copias de los oficios diligenciados. Para ese tipo de escritos, con mi firma solamente es suficiente, verdad? digo porque como el otro escrito pidiendo nueva audiencia y se libre oficio al banco ya se lo hice firmar a mi cliente. Así no la hago venir hasta el estudio a firmar otro más siendo que el anterior todavía no lo pude entregar . Hasta luego y gracias por ayudarme .
 #701124  por rochibelen
 
rochibelen escribió:hola Laura, y estimados colegas, sin animo de abusar de sus conocimientos, entonces preparo y llevo el escrito con las copias de los oficios diligenciados. Para ese tipo de escritos, con mi firma solamente es suficiente, verdad? digo porque como el otro escrito pidiendo nueva audiencia y se libre oficio al banco ya se lo hice firmar a mi cliente. Así no la hago venir hasta el estudio a firmar otro más siendo que el anterior todavía no lo pude entregar . Hasta luego y gracias por ayudarme .
 #701147  por rochibelen
 
hola , ya salió el expte de despacho y dice: DESPACHO SIMPLE,
""Agréguese, tiénese presente y hágase saber.-""
HÁGASE SABER, SIGNIFICA QUE NOS NOTIFICAMOS LOS DÍAS DE NOTA?