Estimados foristas: en una demanda laboral me decretaron caducidad de instancia sin haberse trabado la litis por imposibilidad de notificar por cedula ley, pedi revocatoria explicando paros de judiciales, feria judicia, para justificar mi demora y no devolverla a los 60 dias como lo pidieron, mi pregunta es la siguiente: como sigue esto?????????? pido la documental, se inicia nueva demanda????????', vale la audiencias del seclo, que jamas concurrio el demandado?????? se sortea nuevamente el juzgado y rezo que no me toque el mismo???????????? gracias
Lo que hubo es una caducidad de la cedula ley ordenada que debía ser diligenciada dentro de los 90 días o bien acreditar su diligenciamiento, en informar al juzgado causas de tardanza en el caso. o bien solicitar nueva cedula.
Respecto de la mediación tiene un plazo para iniciar la demanda, por lo que si ese plazo pasó, debe iniciar nuevamente el proceso mediatorio, eso si no prescribio la acción.