Solo nos resta evaluar algunos temas en la invalidez, sobretodo por experiencias personales.
Primero verificar que sea una RDI, en caso de RTI recordemos que este beneficio es TRANSITORIO y queda supeditado a las comisiones medicas del anses. En caso de RDI verificar los ultimos 10 años a fin de valorar si efectivamente los ultimos 5 años son los mejores. Hay casos, aunque son contados con los dedos, sobre beneficios donde los ulitmos 60 meses son peores que los los anteriores atento la incampacidad sobreviniente, la reserva de puesto de trabajo y la perdida de items remunerativos, con esto buscamos al momento de reunir la edad y servicios requeridos para un jubilado ordinario. 65 años y 30 años de servicios, solicitar el reajuste de los ultimos 120 meses y que le den el tratamiento de ordinaria. Es un juicio diferente al que venimos planteando pero siempre debemos tomar nota que a la hora de recurrir a la justicia y comenzar un litigio seria interesante evaluar todas las opciones posibles.
Dos casos particulares en este sentido estamos tratando en la justicia, en esperial uno donde un beneficiarios que tenia una activdad laboral importante, fue despedido por la incapacidad sobreviniente, si bien no era una incapacidad que le impedia trabajar y no reunia el porcentaje establecido por el organismo, si era importante para su actividad y fue alli que estuvo sus ultimos 4 años ejerciendo la docencia hasta el momento que la incapacidad alcanzo el porcentaje exigido por el organismo. ahora bien, en su momento tenia 63 aoos y 38 años de servicos. Los ultimos 60 meses se componian de 4 años docente universitario con sueldos muy bajos y solo 1 año que era superior a la suma de los 4 años de docente. Es asi que recurrimos a la jusitica a fin que valoren la posibildad de modificar la situación de jubilado por invalidez por una jubilacion ordinaria.
En otra epoca esto era un PAD, donde cobraban el 50% hasta el momento que adquiera los 65 años. En aquellas epocas tener el exceso de servicios y la falta de edad requerida, daba la opción a optar por este beneficio que en algunos casos, como el que se menciona en el presente, daba un mejor haber inicial que el beneficio por incapacidad.
Saludos