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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #689958  por AndreaL
 
Estimados foristas: tengo una cliente que reside en este momento en España y debo tramitar su jubilación y la pensión d su esposo. Me envío Poder amplio realizado ante escribano español, para tramitar ante ANSES, AFIP, y todo organismo publico o privado etc. Vino con apostilla, me envio tambien apostillado su fotocopia de DNI, certificado de residencia y pasaporte. Pude sacar la clave fiscal en afip sin problemas, y quisiera saber si pueden exigirme la carta poder de ANSES. Entiendo que el poder ante escribano apostillado, y de caracter amplio, debe ser suficiente pero me confundió el hecho de leer que en algunas UDAi exigen la carta poder. Podrían decirme si esa exigencia sería válida? Desde ya mil gracias
 #690051  por alejandra01
 
Andrea.Si el poder incluye representación en trámites previsionales, está bien...sino, tendrá que mandar un poder especial para eso exclusivamente...
Tengo una clienta con un poder igual, y espero que la apoderada pueda retirar el certificado de migraciones con él...ahora el inicio, en mi caso, yo sí tengo el formulario carta poder de anses..sino, de existir capricho de anses, se lo tendrás que enviar por mail y lo deberá enviar certificado.
suerte.
 #690109  por AndreaL
 
alejandra01 escribió:Andrea.Si el poder incluye representación en trámites previsionales, está bien...sino, tendrá que mandar un poder especial para eso exclusivamente...
Tengo una clienta con un poder igual, y espero que la apoderada pueda retirar el certificado de migraciones con él...ahora el inicio, en mi caso, yo sí tengo el formulario carta poder de anses..sino, de existir capricho de anses, se lo tendrás que enviar por mail y lo deberá enviar certificado.
suerte.
Es un poder amplísimo para actuar ante cualquier organismo publico o privado y dice realizar todo tipo de tramite previsional ante ANSES como asi tambien percibir! Gracias
 #690548  por claudiamv
 
Hola, tuve un caso parecido pero la sra residia en EEUU, no me aceptaron el poder tambien amplio solo querian la carta poder lo que hice fue que la sra entrara a la pagina de anses imprimiera una formulario carta poder y que lo firmara en la embajada argentina en EEUU y asi me lo aceptaron. Que tengas suerte. Pero igual todo depende de cada udai
 #690583  por Daniel40
 
Creo que te puedo ayudar.Le estoy haciendo pension derivada a una Sra. en Francia.Necesitas:poder de Anses firmado por ella,solicitud de inicio firmado por ella,descuento de moratoria (si fuera el caso) y supervivencia.Tambien partida de defuncion (si esta se prodijo en el extranjero).TODO PASADO POR CONSULADO ALLA.Luego lo tenes que llevar y hacerlo legalizar en Cancilleria (la que esta en Plaza San Martin),aca legalizan la firma del consul.Con eso vas a ANSES.Si tenes otra duda avisame y te respondo.Saludos
 #690585  por MARIO1943
 
AndreaL escribió:
alejandra01 escribió:Andrea.Si el poder incluye representación en trámites previsionales, está bien...sino, tendrá que mandar un poder especial para eso exclusivamente...
Tengo una clienta con un poder igual, y espero que la apoderada pueda retirar el certificado de migraciones con él...ahora el inicio, en mi caso, yo sí tengo el formulario carta poder de anses..sino, de existir capricho de anses, se lo tendrás que enviar por mail y lo deberá enviar certificado.
suerte.
Es un poder amplísimo para actuar ante cualquier organismo publico o privado y dice realizar todo tipo de tramite previsional ante ANSES como asi tambien percibir! Gracias

ANSES NO ACEPTA PODER GENERAL , SOLO LA CARTA PODER, LO DIGO POR EXPERIENCIA, TODO SE TRAMITA VIA CONSULADO
 #690620  por AndreaL
 
alejandra01 escribió:SELLAMOS CÁTEDRA ENTONCES...PODER GENERAL NO: CARTA PODER DE ANSES...
GRACIAS.
Hola chicos, hoy inicié el trámite de jubilación de esta persona que les comenté residía en el exterior. No me pidieron LA CARTA PODER, presenté el poder amplio donde se especificaba que estaba facultada para "realizar y /o gestionar cualquier tipo de trámite previsional ante ANSES, y percibir beneficios previsionales otorgados por ANSES, como asi también para actuar, gestionar y/o reaelizar cualquier tipo de tramite ante organismos públicos (ANSES AFIP etc<9 y ante entidades bancarias estatales y /o privadas y ante todos los organismos estatales y /o privados de la Republica Argentina

Con esto, la fotocopia del dni, apostillada, y tenía dni original, también por las dudas me mandaron fotocopia certificada y con apostilla del pasaporte, y certificado de residencia. Con esto hice el adp, presenté la jubilación y firmé yo como apoderada todos los formularios.

Esta fue mi experiencia en Udai Villa Urquiza. Espero que sea de utilidad, gracias a todossss *flor*
 #690869  por osgab
 
Hola a todos, quisiera saber si un poder especial para iniciar unas medidas preparatorias de juicio de escrituracion de inmueble con el agregado de la formula y/o la accion que juridicamente corresponda me habilita para iniciar también la demanda principal, vale decir el juicio de escrituracion propiamente dicho o debo hacerme extender un nuevo poder para esa accion en concreto? desde ya muchas gracias.-
 #690958  por Daniel40
 
AndreaL escribió:
alejandra01 escribió:SELLAMOS CÁTEDRA ENTONCES...PODER GENERAL NO: CARTA PODER DE ANSES...
GRACIAS.
Hola chicos, hoy inicié el trámite de jubilación de esta persona que les comenté residía en el exterior. No me pidieron LA CARTA PODER, presenté el poder amplio donde se especificaba que estaba facultada para "realizar y /o gestionar cualquier tipo de trámite previsional ante ANSES, y percibir beneficios previsionales otorgados por ANSES, como asi también para actuar, gestionar y/o reaelizar cualquier tipo de tramite ante organismos públicos (ANSES AFIP etc<9 y ante entidades bancarias estatales y /o privadas y ante todos los organismos estatales y /o privados de la Republica Argentina

Con esto, la fotocopia del dni, apostillada, y tenía dni original, también por las dudas me mandaron fotocopia certificada y con apostilla del pasaporte, y certificado de residencia. Con esto hice el adp, presenté la jubilación y firmé yo como apoderada todos los formularios.

Esta fue mi experiencia en Udai Villa Urquiza. Espero que sea de utilidad, gracias a todossss *flor*
Fijate si tenes que hacer pension derivada, fueron muy claros en este punto: el formulario de inicio lo tiene que firmar la titular si o si.