Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • incumplimiento

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #690644  por JLS
 
estimados colegas:
a mi cliente un Banco por error le canceló abruptamente ls trajetas de credito y lo privó de su utilización durante todo el fin de semana largo y vaya a saber hasta cuando (entre otras razones debió cancelar viaje)
la pregunta es:
envió CD intimando al resarcimiento de daños por incumplimiento contractual y daño moral ?. Alguna sugerencia, GRACIAS
 #691056  por emil2
 
BUENAS NOCHES. SI, YO INTIMARÍA AL RESARCIMIENTO DE DAÑOS, INCLUSO EL DAÑO MORAL. AL ARMAR LA CD.. TE SUGIERO TENGAS PRESENTE BUSCAR EL MODO DE COMPRENDER LA CANCELACIÓN DEL VIAJE QUE SE VIÓ PRIVADO A REALIZAR, EN ESPECIAL SI TIENE FAMILIA E HIJOS MENORES CONSIDERO QUE DA MAYOR FUERZA. TAMBIÉN SI TAL VEZ SEÑÓ ALGÚN LUGAR PARA HABITAR EL FINDE LARGO. DE TODOS MODOS NO OLVIDAR TAMBIÉN EN ESA C.D. PONER ALGO ASÍ COMO.. ANTE LA NEGLIGENCIA CULPABLE E INTEMPESTIVA IMPUTABLE A UDS QUE CAUSARA MI PRIVACIÒN EN LA UTILIZACIÓN DE LA TARJETA...............PONELE UN PLAZO PERENTORIO DE 72 O 96 HS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA INTERPELACIÓN Y AL FINAL - AL MENOS EN LAS QUE YO HAGO SUELO PONER AL FINAL, TODO POR SU EXCLUSIVA CULPA, ETC Y BAJO APERCIBIMIENTO DE ACUDIR A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y/O EJERCER LAS ACCIONES LEGALES A QUE HUBIERE LUGAR. AL FINAL PONGO :QUEDAN UDS DEBIDAMENTE APERCIBIDOS.
SI TE PARECE PODÉS CITAR ENTRE LA REDACCIÓN ALGÚN ART DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, PONIENTO LUEGO Y CONCORDANTES..
ESPERO TE HAYA SIDO DE CIERTA AYUDA.
 #691137  por JLS
 
Muchisimas gracias por tu respuesta, coincido totalmente y eso me deja mas tranquilo. Solo dos dudas en el borrador lo intimé por 48 hs, debería extenderlo ? y además como el perjuicio ya se ha producido le hice un reclamo al solo efecto extrajudicial y le puse un importe. Te parece que es correcto o quito el mismo ?
Gracias nuevamente !!!!!!!!!
 #691172  por emil2
 
si, con el plazo que pongas en la c.d. no hay problema, pueden ser 48 hs , yo suelo poner 96 hs para que parezca un plazo màs prudencial pero insisto en que no hay problema- En lo laboral es distinto porque intimo por 2 días hábiles conforme el plazo mínimo de la LCT para que en caso que no respondan constituya silencio en contra del empleador- También, como pusiste, podés poner importes, en ese caso yo, y es sólo una opinión mía, discriminaría por rubros culminando con la suma total de los mismos. Mucha suerte
 #691193  por JLS
 
MUCHISIMAS GRACIAS POR TU AYUDA Y ATENCION !!!!!!!!!!
 #691324  por emil2
 
No hay porque. Estamos para ayudarnos.Buen fin de semana