Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Certificado de defunción con Nº Ced. Pol.Federal

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #691055  por stella566
 
Hola buenas noches, alguien me puede indicar cual es el procedimiento a seguir en este caso, en el certifacado de defunción no figura el DNI sino el Nº de la cédula federal, difiere con los datos de Anses, que si figuran con DNI.
Me dijeron que asi no me lo van a tomar que vaya al Registro Civil.
Si alguien sabe bien cual es el tramite a seguir que por favor me lo indique.
Gracias.
 #691057  por mmmm
 
Supongo que tendras que ir a la Camara Electoral que certifiquen q la ci y el dni corresponde a la misma persona, en realidad tendrias que mandar a los herederos acreditando el vinculo con partida de nacimiento o de matrimonio y su dni propio, seguramente esta persona fallecio en la via publica y tenia en su poder la ci solamente (hay gente q tiene esa costumbre)
 #691066  por hugo2
 
mmmm escribió:Supongo que tendras que ir a la Camara Electoral que certifiquen q la ci y el dni corresponde a la misma persona, en realidad tendrias que mandar a los herederos acreditando el vinculo con partida de nacimiento o de matrimonio y su dni propio, seguramente esta persona fallecio en la via publica y tenia en su poder la ci solamente (hay gente q tiene esa costumbre)
Tengo un caso parecido pero no figura ningun numero de documento en la partida, dice que se acredito la identidad con un testigo y se le tomaron las huellas dactilares, pero en anses no me lo aceptan.
 #691067  por andrea1982
 
No entiendo, si se acreditó la identidad, así sea con huellas y testigos, por qué ANSeS no la acepta? Con qué fundamento? Porque tampoco es motivo para pedir la rectificación de partida. Y, tampoco, podés hacer lo que dice mmmm... :roll:
 #691068  por hugo2
 
andrea1982 escribió:No entiendo, si se acreditó la identidad, así sea con huellas y testigos, por qué ANSeS no la acepta? Con qué fundamento? Porque tampoco es motivo para pedir la rectificación de partida. Y, tampoco, podés hacer lo que dice mmmm... :roll:
En anses me dijeron que hay que rectificar la partida porque solo se acredito el nombre y domicilio del fallecido, en ningun lado pusieron el numero de documento.
 #691073  por hugo2
 
andrea1982 escribió:Mmmm... si puede ser que sea así, o sea, que sea necesario rectificarlo. Pero no se puede probar de otra manera que se trata de la misma persona? :roll:
Gracias por contestar, aparentemente no, la semana que viene voy al registro civil para ver que hay que hacer.
 #691074  por andrea1982
 
Lo que yo no entiendo, es por qué hacen las partidas de defunción sin DNI si después va a ser necesario rectificarlas. Aunque parezca una pavada, para la viuda que está esperando una pensión no lo es.
La verdad, nunca me pasó, no sé, si por ejemplo, para tramitar una sucesión también sería necesario rectificarla.
 #691142  por mmmm
 
El caso que yo tuve,fallecio en la via publica al incendiarse el camion en el que trabajaba, con toda la ducumentacion adentro. Tuvo que ir la madre de la hija (estaban separados) con la partida de nacimiento, los dni de ellas, partida de defuncion y la ficha dactilografa que le dieron en el registro civil a la Camara Electoral. Ahi me tomaron el tramite
El otro caso que tuvo que ir a la Camara Electoral, era un extranjero q al buscar los aportes en anses se da cuenta que habia otro sr con el mismo nro de documento
 #691143  por mmmm
 
La ratificacion se hace cuando los datos estan incorrectos y hay documentacion para respaldar el error, el tema es cuando fallecen y no tienen los documentos ahi le ponen el nombre de acuerdo a lo que dicen los testigos y las huellas dactilares.
Jeje entiendo que desconfien de mi data, ya se que me equivoco seguido, pero gracias a uds corrijo los errores. Besitos
 #691145  por mmmm
 
Me olvidaba, la ratificacion tarda mucho, por lo menos en la pcia de buenos aires, y en la camara electoral es mucho mas rapido el tramite
 #691164  por arandu
 
Hola:
En Corrientes hacemos asi: se presenta nota al Director del Registro Civil pidiendo la rectificacion del acta. Explicas el caso, los motivos y agregas la prueba documental. En este caso hay que ir al Juzgado Electoral a pedir el informe de la persona, cuesta un timbrado de $10. Por ahi, en el registro te piden mas documentacion. Eso si, tardan meses, porque se arma un expediente, hasta que se dicta la resolucion y se hace una nueva acta, en el libro Registros Especiales, a la cual se agrega la resolucion que ordena la nueva inscripcion. Aqui se equivocan seguido, especialmente en el interior donde los escribientes no son muy letrados. Le erran en el nombre, el numero de documento, en las enmiendas sin salvar, y cuantas otras tonterias que como dice Andrea despues es un problema cuando queres hacer valer los derechos que derivan.
 #691174  por hugo2
 
mmmm escribió:Me olvidaba, la ratificacion tarda mucho, por lo menos en la pcia de buenos aires, y en la camara electoral es mucho mas rapido el tramite
Gracias por contestar, podes ampliar sobre el tramite a seguir.
 #691179  por mmmm
 
En mi caso estaba la partida de defuncion con el nombre que le habia dicho el testigo, se pidio la ficha dactiloscopica en el registro, con esa documentacion, mas partida acreditando el vinculo del que lo pide, sino me equivoco tardaron 10 dias en darselo en la Camara Electoral, con eso me presente en anses, y no tuve problemas. tengo entendido que la ratificacion tarda meses en volver de La Plata