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  • REGULACION DE HONORARIOS EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #691504  por veidelson
 
Necesito jurisprudencia y otro materiales que tengan al respecto. Hace poco interviene como apoderado en instancia administrativa en Defensa del Consumidor (Córdoba) y la empresa prestataria del servicio en audiencia de conciliacion, sin reconocer hechos ni derechos, le solucionan el problema a mi clienta y le bonifican (ellos le llaman en caracter de fidelizacion) varios meses de su abono mensual de su celular. Lo que quiero es pedir judicialmente la regulacion de mis honorarios a cargo de la empresa de telefonica celular. A pesar de que la intervencion en defensa del consumidor no es necesario ni obligatorio el patrocinio letrado, igual quiero que esta empresa los abone, ya que aún sin reconocer el hecho al manifestar que lo solucionaron lo estan reconociendo en forma explícita, por lo que ellos generaron el inicio de toda la actuación en dicho organismo.... Si tienen alguna jurisprudencia que me sirva como antecedente les voy a agradecer. Aprovecho para Saludar a todos los colegas!!!!!
 #703296  por veidelson
 
Gracias Cauzo, pero lo que necesito es jurisprudencia en donde se determine que se le impone a la empresa prestataria de servicios el pago de los honorarios de los abogados de los usurarios/clientes que intervinieron en el ámbito de defensa del consumidor por su participacíon. Lo que necesito es jurisprudencia sobre el tema. Porque si yo pido regulacion de honorarios lisa y llanamente el juez puede determinar que le corresponde mi cliente el pago y lo que necesito es jurisprudencia en donde se haya determinado que lo pague la Empresa. Si tenes algo sobre el tema te lo voy a agradecer.
Saludos Colega.
 #704909  por UAR
 
Hola!soy de Buenos Aires y te puedo decir que no se regulan honorarios en Defensa del consumidor, por la sencilla razón que no está contemplado en la Ley de Honorarios(esto es obvio, toda vez que no requiere patrocinio letrado). La verdad es que no creo que haya jurisprudencia al respecto, no tendría razón de ser. Igualmente te deseo suerte!y si encontrás jurisprudencia al respecto, por favor contanos qué fallo es. Saludos!
 #705249  por veidelson
 
Gracias por tu comentario UAR. Lo voy a tener en cuenta. Si consigo alguna jurisprudencia te las deja aca. Saludos
 #736785  por Jurisconsulto
 
Mmm, no tengo jurisprudencia pero si considero que es interesante el tema... Si te sirve como hilo investigativo, tampoco esta previsto el patrocinio letrado en los expedientes administrativos presentados ante las compañias aseguradoras, sin embargo cuando llegas a un arreglo extrajudicial te pagan por tus actuaciones el 20% sin chistar...
 #736889  por veidelson
 
Gracias Jurisconsulto por tu análisis. Es interesante y me puede servir en lo que pretendo hacer. Te comento que en los procesos administrativos ante la administración pública, en Córdoba, tampoco es obligatorio el patrocinio letrado, pero si vence tu cliente a la administración -con la intervención de un abogado- se puede pedir al juez que regule los honorarios por esa actividad en el ámbito administrativo. Así que esto no puede ser diferente (en esencia). Pero tengo que armar bien el escrito de la demanda para no tener contratiempos, por eso quería saber sobre jurisprudencia al respecto. Te envio un Saludo y te agradezco tu opinión, lo voy a tener bien en cuenta. Gracias.
 #736908  por cfg
 
Que no sea obligatorio el patrocinio letrado no quiere decir que no deba pagarse si un profesional intervino, lo que sí entiendo es que si nada se pactó en la audiencia (espero que en el acta figure que patrocinabas a la reclamante) es difícil que el Juez lo condene a la empresa y es probable que indique que tu cliente sea quien debe pagarte... Para mi la forma de regulación sería la que surgiría de la transacción en la que participaste, es decir ver el valor del problema de tu clienta más la cantidad de meses (ver el valor del abono) que le otorgaron...
 #736922  por veidelson
 
cfg escribió:Que no sea obligatorio el patrocinio letrado no quiere decir que no deba pagarse si un profesional intervino, lo que sí entiendo es que si nada se pactó en la audiencia (espero que en el acta figure que patrocinabas a la reclamante) es difícil que el Juez lo condene a la empresa y es probable que indique que tu cliente sea quien debe pagarte... Para mi la forma de regulación sería la que surgiría de la transacción en la que participaste, es decir ver el valor del problema de tu clienta más la cantidad de meses (ver el valor del abono) que le otorgaron...

cfg, Entiendo tu lógica, pero, por otro lado tenemos un proceso en defensa del consumidor originado por la Empresa prestataria del servicio, por ende la cliente recurrio a un letrado para que la represente, aún sin ser obligatorio, ante dicho organismo; causado -repito- por un actuar negligente de la Empresa. Ahí es en donde tengo que ahondar y profundizar. Mi intención no es que pague la cliente, eso no es complicado, pero sí lo que yo planteo. Imaginate que mi cliente tenga que pagarme $550 (por solo una audiencia-que de hecho fueron 3). Ella reclamaba facturaciones por un valor de $200 (mas caro el collar que el perro.....!!!) Se entiende la idea?? No es facil, pero tampoco imposible, y en eso estoy. Desde ya agradezco tu opinión.
Te envio un Coordial Saludo.
 #738514  por merlina
 
Los honorarios por actuaciones administrativas o extrajudiciales están comprendidos en la ley de honorarios!!!!!!!!!!!!!!!!!

Aquí te copio el ARTICULO 1° de la ley: Los honorarios profesionales de abogados y procuradores devengados en juicios, gestiones administrativas y prestaciones extrajudiciales, deben considerarse como remuneraciones al trabajo personal del profesional y se regirán por las disposiciones de la presente ley.

Saludos!!!
 #738535  por veidelson
 
Gracias Merlina: Agradezco tu comentario, pero tengo bien en claro que el abogado tiene derecho a reclamar por su trabajo, pero quiero que ese trabajo lo abone, por incumplimiento de la ley de defensa del consumidor, la empresa prestataria del servicio y no el usuario o consumidor. Espero se entienda la idea. No descarto nada, pero sigo con la busqueda de jurisprudencia al respecto.
Gracias por tu aporte y te envio Saludos.
 #740265  por merlina
 
Por su puesto es que la empresa es la que debe abonar los honorarios. Estamos de acuerdo en eso. Yo solo quise dejar aclarado que lo que UAR dice no es así. Y que la ley sí contempla los honorarios por trabajos en sedes administrativas (como lo son los reclamos de defensa del consumidor).
Saludos!!