Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Divorcio - Ejecucion Alimentos - ART 214 2

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #691525  por quiron
 
Estimados:
Finalice, un divorcio por ART 214 inc 2 CC, en Pcia de Buenos Aires, (Dpto Jud Morón).- En el acuerdo, se estableció tenencia y alimentos.-
El alimentante, cumplio solamente 1 mes y no cumplio mas.- No he intimado por Carta documento a estos efectos, entiendo que debe hacerse.
Mi pregunta es: Como se ejecutan los alimentos? , por vía de incidente en el mismo expediente de divorcio o se inicia - por receptoria de expedientes - un nuevo juicio de ejecucion alimentaria?

Espero sus respuestas y muchas gracias
 #691641  por Tiburcio
 
En Morón te mandan a hacer un incidente aparte. Creo que en uno de los juzgados no son tan estrictos. Basta con probar.
De todas maneras yo presentaría por lo menos un pedido de intimación en el propio expediente.
 #692525  por quiron
 
Gracias Tiburcio:
Voy arrancar informando el incumplimiento y pidiendo la intimación.
El incidente lo sorteas por receptoria o se presenta en el expediente? La pregunta puede resultar tonta, pero no lo es para quienes nos iniciamos.

Gracias