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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #692222  por diani
 
Hola les hago llegar la siguiente consulta tengo una viuda cuyo marido trabajo en la ultima empresa desde agosto del 2001 hasta fallecer en noviembre del 2006 , el tema es que el mismo solo le hizo aportes los ultimos tres meses anteriores al fallecimiento, esos son los únicos que figuran en la sabana de aportes, pero uisiera saber por que la Sra realizó juicio laboral y recalmó desde agosto del 2001 hasta noviembre del 2006, llegaron a un acuerdo homologado por le juez donde como normalmente dice le reconoce una suma xxxx sin reconocer hechos ni derechos, como puedo hacer para que la anses me los reconozca y pueda llegar aunque sea a la regularidad del año dentro d elos últimos 5 ,intimarlo nuevamente al empleador a extienda certificacion d eservicios pese a haberlo intimado y no haberlo hecho een el juicio laboral???Gracias
 #692305  por noelin
 
denuncia a afip urgente!!!!
 #692369  por MARIO1943
 
diani escribió:Hola les hago llegar la siguiente consulta tengo una viuda cuyo marido trabajo en la ultima empresa desde agosto del 2001 hasta fallecer en noviembre del 2006 , el tema es que el mismo solo le hizo aportes los ultimos tres meses anteriores al fallecimiento, esos son los únicos que figuran en la sabana de aportes, pero uisiera saber por que la Sra realizó juicio laboral y recalmó desde agosto del 2001 hasta noviembre del 2006, llegaron a un acuerdo homologado por le juez donde como normalmente dice le reconoce una suma xxxx sin reconocer hechos ni derechos, como puedo hacer para que la anses me los reconozca y pueda llegar aunque sea a la regularidad del año dentro d elos últimos 5 ,intimarlo nuevamente al empleador a extienda certificacion d eservicios pese a haberlo intimado y no haberlo hecho een el juicio laboral???Gracias
TE CONVIENE NEGOCIARLO PERSONALMENTE CON EL EMPLEADOR, SOLICIATALE LA CERTIFICACION SOLO POR LOR L0S 20 MESES(PARA NO HACERLO JUSTO POR 18 MESES) , YA QUE SOLO TIENE 3 MESES
DE LO CONTRARIO DECILE QUE VAS HACER LA DENUNCIA A LA AFIP Y VAS A IR POR TODO EL PERIODO COMPLETO TRABAJADO SEGUN ACUERDO HOMOLOGADO Y LE VA A SALIR MAS CARO, UNA COSA SON 20 MESES Y OTRA MAS DE 5 ANOS, TENES TIEMPO , EN JULIO DEL 2011 PRESCRIBE SOLO EL ANO 2001,
 #692625  por alejandra01
 
chicos. Si ya se cerró el juicio laboral lamento decirles que no van a reconocerles nada, porque fue SIN RECONOCER HECHOS NI DERECHOS.
Los jueces dan parte de las sentencias al afip, para el pago de los aportes de quienes trabajaron en negro, siempre que se hubiere hecho la denuncia dentro del ámbito del art. 11 de la ley 24013, y si fueron sentencias ganadas por el trabajador. No podrá acreditar la relación laboral porque no puede hacer juicio para probar la relación laboral de nuevo. Ya se cerró el tema judicial. El empleador no dará certificación de ese tipo porque estaría reconociendo lo que no reconoció antes...Estas cosas se deben analizar antes...
diani escribió:Hola les hago llegar la siguiente consulta tengo una viuda cuyo marido trabajo en la ultima empresa desde agosto del 2001 hasta fallecer en noviembre del 2006 , el tema es que el mismo solo le hizo aportes los ultimos tres meses anteriores al fallecimiento, esos son los únicos que figuran en la sabana de aportes, pero uisiera saber por que la Sra realizó juicio laboral y recalmó desde agosto del 2001 hasta noviembre del 2006, llegaron a un acuerdo homologado por le juez donde como normalmente dice le reconoce una suma xxxx sin reconocer hechos ni derechos, como puedo hacer para que la anses me los reconozca y pueda llegar aunque sea a la regularidad del año dentro d elos últimos 5 ,intimarlo nuevamente al empleador a extienda certificacion d eservicios pese a haberlo intimado y no haberlo hecho een el juicio laboral???Gracias
 #692631  por molinag
 
Coincido totalmente con Alejandra, paso a ser cosa juzgada una vez homologado el acuerdo...
 #692848  por avel2007
 
alejandra01 escribió:chicos. Si ya se cerró el juicio laboral lamento decirles que no van a reconocerles nada, porque fue SIN RECONOCER HECHOS NI DERECHOS.
Los jueces dan parte de las sentencias al afip, para el pago de los aportes de quienes trabajaron en negro, siempre que se hubiere hecho la denuncia dentro del ámbito del art. 11 de la ley 24013, y si fueron sentencias ganadas por el trabajador. No podrá acreditar la relación laboral porque no puede hacer juicio para probar la relación laboral de nuevo. Ya se cerró el tema judicial. El empleador no dará certificación de ese tipo porque estaría reconociendo lo que no reconoció antes...Estas cosas se deben analizar antes...
diani escribió:Hola les hago llegar la siguiente consulta tengo una viuda cuyo marido trabajo en la ultima empresa desde agosto del 2001 hasta fallecer en noviembre del 2006 , el tema es que el mismo solo le hizo aportes los ultimos tres meses anteriores al fallecimiento, esos son los únicos que figuran en la sabana de aportes, pero uisiera saber por que la Sra realizó juicio laboral y recalmó desde agosto del 2001 hasta noviembre del 2006, llegaron a un acuerdo homologado por le juez donde como normalmente dice le reconoce una suma xxxx sin reconocer hechos ni derechos, como puedo hacer para que la anses me los reconozca y pueda llegar aunque sea a la regularidad del año dentro d elos últimos 5 ,intimarlo nuevamente al empleador a extienda certificacion d eservicios pese a haberlo intimado y no haberlo hecho een el juicio laboral???Gracias
Tiene mucha razón Alejandra, no sirve de nada hacer denuncia en AFIP ni en ningún otro lado. Lo único que hubiese servido es que en la sentencia el juez reconozca la fecha de ingreso del trabajador y condene a la empleadora a ingresar los aportes y contribuciones por el tiempo efectivamente trabajado.
Suerte
 #692855  por diani
 
Gracias a todos por sus aportes, lamento que fuera como pensaba , la persona vino a mi despues de terminado el juicio laboral..... así que bueno no podre hacer nada que lástima pobre viuda Gracias a todos por su participación Diani
 #692887  por MARIO1943
 
diani escribió:Gracias a todos por sus aportes, lamento que fuera como pensaba , la persona vino a mi despues de terminado el juicio laboral..... así que bueno no podre hacer nada que lástima pobre viuda Gracias a todos por su participación Diani
YO NO BAJARIA LOS BRAZOS , Y LO SOLICITARIA AL EMPLEADOR POR LOS MENOS LO MESES NECESARIOS PARA LOGRAR , LA IRREGULARIDAD, SI BIEN E S CIERTO QUE TIENE CARACTER D E COSA JUZGADA, NADIE ESTA RECLAMANDO ALGUNA DEUDA QUE NO S E PUSO EN EL ARREGLO, SI ESTE SR. EMPLEADOR SE QUIZO SACAR TODAS LAS OBLIGACIONES QUE GENERAN EL PAGO DE UNA DEUDA DE REMUNERACIONES, LA MISMA SE TENIAN QUE HABER PAGADO COMO GRATIFICACION, ES LA UNICA FORMA QUE NO GENERA OBLIGACIONES DE CARGA SOCIALES SI NO ES ASI, ESTA OBLIGADO A PAGAR CARGAS SOCIALES DE LA MISMA,SI SE PUSO UNA SUMA DE X $ EN CONCEPTO D E REMUNERACIONES, NO HACE FALTA RECLAMAR LAS CARGAS SOCIALES, VA IMPLICITO, ES MUY BURDA ESTA POSICION, NADIE PAGA NADA SI NO LO DEBE, SE HABLO EN UN PRINCIPIO DE UN PERIODOS RECLAMADO Y DE UNA SUMA RECONOCIDA POR DICHOS PERIODOS, SIN RECONOCER DERECHO Y SI NO CONSIGO LA CERTIFICACION , LO MISMO HARIA LA DENUNCIA
EN AFIP, Y QUE ELLOS CONSIDEREN LO QUE CORRESPONDE HACER, SI CABE ALGUN RECLAMO
 #692890  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:
diani escribió:Gracias a todos por sus aportes, lamento que fuera como pensaba , la persona vino a mi despues de terminado el juicio laboral..... así que bueno no podre hacer nada que lástima pobre viuda Gracias a todos por su participación Diani
YO NO BAJARIA LOS BRAZOS , Y LO SOLICITARIA AL EMPLEADOR POR LOS MENOS LO MESES NECESARIOS PARA LOGRAR , LA IRREGULARIDAD, SI BIEN E S CIERTO QUE TIENE CARACTER D E COSA JUZGADA, NADIE ESTA RECLAMANDO ALGUNA DEUDA QUE NO S E PUSO EN EL ARREGLO, SI ESTE SR. EMPLEADOR SE QUIZO SACAR TODAS LAS OBLIGACIONES QUE GENERAN EL PAGO DE UNA DEUDA DE REMUNERACIONES, LA MISMA SE TENIAN QUE HABER PAGADO COMO GRATIFICACION, ES LA UNICA FORMA QUE NO GENERA OBLIGACIONES DE CARGA SOCIALES SI NO ES ASI, ESTA OBLIGADO A PAGAR CARGAS SOCIALES DE LA MISMA,SI SE PUSO UNA SUMA DE X $ EN CONCEPTO D E REMUNERACIONES, NO HACE FALTA RECLAMAR LAS CARGAS SOCIALES, VA IMPLICITO, ES MUY BURDA ESTA POSICION, NADIE PAGA NADA SI NO LO DEBE, SE HABLO EN UN PRINCIPIO DE UN PERIODOS RECLAMADO Y DE UNA SUMA RECONOCIDA POR DICHOS PERIODOS, SIN RECONOCER DERECHO Y SI NO CONSIGO LA CERTIFICACION , LO MISMO HARIA LA DENUNCIA
EN AFIP, Y QUE ELLOS CONSIDEREN LO QUE CORRESPONDE HACER, SI CABE ALGUN RECLAMO
ADEMAS OTRA COSA, PARA QUE SE HOMOLOGUE DICHO ACUERDO, NO TIENE QUE SER MENOS DEL 70 O 75% NO ME ACUERDO BIEN, DE LOS PERIODOS RECLAMADOS, LO QUE S E DESPRENDE
QUE EL NO PAGO LO QUE QUIZO, SI NO ES ASI NO HAY HOMOLOGACION, SALVO QUE EN EL ACUERDO SE HAYAN PUESTOS MENOS PERIODOS DE LO QUE CORRESPONDIA RECLAMAR, QUE ESTO ES MUY USUAL, PARA PODER LLEGAR A LOS PORCENTAJE S REQUERIDOS
 #692927  por molinag
 
Diani si esta sra realizo el reclamo laboral correspondiente, es mas que obvio que reclamo bajo todo conceptos,incluyendo indemnizaciones, de ultima trata de tener acceso a la homologacion, pero te reitero es imposible reclamo alguno, de onda trata de persuadir al empleador pero no esperes maravillas, ademas ve el tema de la prescripcion, en cuanto a los porcentajes para la homolagacion si las partes firmaron de comun acuerdo lo habran redactado a su necesidad, e igualmente te va a ser improbable demostrar los años trabajados...es una lastima..
 #692936  por molinag
 
Perdon, la prescripcion es de diez años en lo previsional...
 #692961  por MARIO1943
 
CUANDO S E HOMOLOGA UN ACUERDO ENTRE PARTES LO PRIMERO QUE SE HACE ES ESTABLECER EL 100% DE L VALOR ADEUDADO DETALLADO CONCEPTO POR CONCEPTO, SI LA SRA. DICE QUE RECLAMO DESDE EL 2001 AL 2006, HABRIA QUE FIJARESE , EL PORCENTAJE 70 O 75% DE LA SUMA QUE S E LLEGO AL ACUERDO para poder homologarlo ,A QUE CONCEPTOS SE IMPUTARON , LA SUMA QUE EL EMPLEADOR PAGO RESPONDE A UN PERIODO DETERMINADO, CON SUS CORRESPONDIENTES CONCEPTOS , NO S E PUEDE FIJAR UN MONTO SIN IMPUTAR A LOS CONCEPTOS Y PERIODOS CORRESPONDIENTES Y ESO ES REMUNERACION , ACA , NO S E ESTA RECLAMANDO NADA QUE ESTE FUERA DEL ACUERDO, SI RECONOCIO CIERTOS PERIODOS, VA IMPLICITOS LOS APORTES CORRESPONDIENTES QUE ADEUDA A LA AFIP Y LA CERT. D E SERV. ESTIPULADA EN LA LEY D E CONTRATO D E TRABAJO, POR ESO DIGO QUE NO BAJE LOS BRAZOS
 #692964  por lgaray
 
:lol: :lol:
Que los levante nomàs... porque si LO UNICO que le aparece en la historia previsional son esos tres meses anteriores al fallecimiento y no tiene tampoco ninguna inscripcion previa en Autonomos o Monotributo no hace falta que lo intimes al empleador, ni que se mezcle la pensiòn con el juicio laboral porque es un aportante regular. Asi hubiera tenido un mes dentro de los ultimos 36, es un aportante regular.
Pedi turno ya y presentala.
 #693069  por molinag
 
Admiro el enfoque y solucion que le diste al tema Ygaray, nosotros deliberando otra cosa perdimos el fin que se perseguia....
 #693075  por alejandra01
 
Mario. lamento decirte que los convenios se cubren de todo reclamo que intentes hacer, porque ya muchos lo han hecho..han reclamado judicialmente porque los montos no supereban porcentajes como vos decís. Asi que ahora los juzgados agregan cláusulas que marcan ese stop para los futuros posibles reclamos, más porque sino, no harían demasiadas conciliaciones judiciales, y lo que quieren sí o sí es sacarse juicios de encima.
Si lo vemos como coherente, es como decís vos. Si lo vemos legalmente, reclamar ésto sería imposible, ya que en los telegramas laborales también solicitamos siempre la justificación de los aportes previsionales...que en definitiva nunca se hacen...
no sé como sigue un caso luego de ganado un juicio, pero creo que no los hacen ni siquiera con sentencia ganada por el trabajador.
Argentina, país generoso dicen!.

MARIO1943 escribió:
diani escribió:Gracias a todos por sus aportes, lamento que fuera como pensaba , la persona vino a mi despues de terminado el juicio laboral..... así que bueno no podre hacer nada que lástima pobre viuda Gracias a todos por su participación Diani
YO NO BAJARIA LOS BRAZOS , Y LO SOLICITARIA AL EMPLEADOR POR LOS MENOS LO MESES NECESARIOS PARA LOGRAR , LA IRREGULARIDAD, SI BIEN E S CIERTO QUE TIENE CARACTER D E COSA JUZGADA, NADIE ESTA RECLAMANDO ALGUNA DEUDA QUE NO S E PUSO EN EL ARREGLO, SI ESTE SR. EMPLEADOR SE QUIZO SACAR TODAS LAS OBLIGACIONES QUE GENERAN EL PAGO DE UNA DEUDA DE REMUNERACIONES, LA MISMA SE TENIAN QUE HABER PAGADO COMO GRATIFICACION, ES LA UNICA FORMA QUE NO GENERA OBLIGACIONES DE CARGA SOCIALES SI NO ES ASI, ESTA OBLIGADO A PAGAR CARGAS SOCIALES DE LA MISMA,SI SE PUSO UNA SUMA DE X $ EN CONCEPTO D E REMUNERACIONES, NO HACE FALTA RECLAMAR LAS CARGAS SOCIALES, VA IMPLICITO, ES MUY BURDA ESTA POSICION, NADIE PAGA NADA SI NO LO DEBE, SE HABLO EN UN PRINCIPIO DE UN PERIODOS RECLAMADO Y DE UNA SUMA RECONOCIDA POR DICHOS PERIODOS, SIN RECONOCER DERECHO Y SI NO CONSIGO LA CERTIFICACION , LO MISMO HARIA LA DENUNCIA
EN AFIP, Y QUE ELLOS CONSIDEREN LO QUE CORRESPONDE HACER, SI CABE ALGUN RECLAMO