Foristas: tengo el siguiente caso hombre q tiene aportes en RRDD comunes e insalubres. (ultimo aporte en RRDD es en el 2000)
Haciendo los calculos me estan faltando 2 años de aportes; el hombre tiene inscripcion en autonomos desde el 10/1981 hasta el 02/2007. Me aparecen pagos por 1 año y 6 meses todo el resto con deudas..
1) Mi intencion es aplicar 4 años de DDJJ ya qe ultimo aporte es el de RRDD en el 2000, esta bien? Aplicando los 4 años me sobrarian 2 años de aportes.
2) El art 3 de DDJJ lo puedo usar en periodos q tenga deudas?
3) los periodos anteriores al 02/2001 los prescribo o renuncio?
4) los periodos posteriores al 03/2001 al 02/2007 los renuncio (25321)?
5) Si aplico la Ley 24241, NO pueod utilizar la ddjj?
Saludos
Haciendo los calculos me estan faltando 2 años de aportes; el hombre tiene inscripcion en autonomos desde el 10/1981 hasta el 02/2007. Me aparecen pagos por 1 año y 6 meses todo el resto con deudas..
1) Mi intencion es aplicar 4 años de DDJJ ya qe ultimo aporte es el de RRDD en el 2000, esta bien? Aplicando los 4 años me sobrarian 2 años de aportes.
2) El art 3 de DDJJ lo puedo usar en periodos q tenga deudas?
3) los periodos anteriores al 02/2001 los prescribo o renuncio?
4) los periodos posteriores al 03/2001 al 02/2007 los renuncio (25321)?
5) Si aplico la Ley 24241, NO pueod utilizar la ddjj?
Saludos
