Estimados, los molesto con este tema. RUidos molestos de un vecino. Entiendo que es una falta (Cod de Faltas de Santa Fe) y que no corresponde el reclamo municipal por ser un particular.
Mi duda es : denuncia en comisaria y de ahí pasa al juzgado de faltas. Allí, el denunciante tiene participación o es un cero a la izquierda como en el viejo código procesal penal? Alguien sabe como funciona en la práctica?
Saludos cordiales
Marina
Mi duda es : denuncia en comisaria y de ahí pasa al juzgado de faltas. Allí, el denunciante tiene participación o es un cero a la izquierda como en el viejo código procesal penal? Alguien sabe como funciona en la práctica?
Saludos cordiales
Marina