Evento 1044 - ERROR INTERNO 100, AL INTENTAR EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN.
El error interno 100 al calcular la deuda en el SICAM puede aparecer por:
- estar ingresando una categoría optativa y/o
- tener registrado uno o más pagos duplicados. Es decir, pagos con el mismo importe y concepto para un mismo período.
La solución propuesta para cada caso es:
CATEGORÍA OPTATIVA
1) En primer lugar verificar no estar ingresando una categoría optativa que no corresponda, es decir, menor o igual a la categoría obligatoria. En este caso deberá eliminarla.
2) De estar ingresando correctamente la categoría optativa, elimine la misma e ingrese un código de actividad que en el período que pretende declarar coincida con la categoría que le arroja el error.
Además deberá solicitar en la Dependencia de la AFIP una impresión del padrón donde conste su situación de revista, firmada y sellada por el Juez Administrativo, en la que conste la categoría optativa real, a fin de que cuando se presente el trámite para obtener el beneficio previsional en la ANSeS, pueda corroborarse que coincide la misma.
3) Tener en cuenta que antes del 12/1968 inclusive, no corresponde ingresar categorías optativas.
PAGOS DUPLICADOS
1) Excluir estos pagos de la liquidación.
2) En el supuesto que hubiera abonado dos o más veces el mismo período, deberá dirigirse a la Dependencia de la AFIP en la cual está inscripto a efectos de solicitar la reimputación de los mismos.
TINO