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  • Urgente!!! Modelo de CD intimando a constructora!!!!

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 #696222  por fff
 
Estimados todos,
Como varios de uds soy nueva en esto de la profesion y me llego una consulta, la cual estoy tratando de resolver a la mayor brevedad posible.
Una persona compró un departamento a una constructora, mientras se construye , como suele hacerse en la práctica.
Entonces se suscribió un boleto de compraventa en el cual se establece un pago por adelantado en el momento de firma del boleto y luego el resto en cuotas mensuales, hasta la finalización de la obra, momento en el cual debe hacerse entrega del inmueble.

El punto es que ya pasó un año de la fecha en la cual se debería haber terminado la obra y aún no entregaron los inmuebles.
(en el boleto se establece una multa de U$S 30 por dia de atraso)

A pesar de reiterados intentos para comunicarme telefónicamente con el abogado de la constructora, no he podido localizarlo.

Por ello, creo que el próximo paso sería enviar una intimacion formal por Carta documento.

Alguien puede darme una mano en la redacción de la misma?

Y/o cualquier otra sugerencia, será bienvenida.

Gracias!!!!!!!!!!

Saludos!!!!
Julieta.-
 #696641  por emil2
 
Te pregunto por las dudas? Tu cliente está al día con el pago de las cuotas? No sea que se excepcionen al contestar la C.D.
De todos modos voy a intentar hacerte un modelo de CD a completar porque me faltan datos y como siempre aclaro no soy perfecto:

BORRADOR DEL MODELO DE C.D.
Habiendo transcurrido ampliamente el plazo por el cual debían efectuarme la tradición - entraga del inmueble de conformidad con la cláusula..... del boleto suscripto entre vuestra empresa y el que suscribe, estando yo al día con el pago de las pertinentes cuotas, sin que uds hubieran cumplido con las obligaciones precedntemente enunciadas,intimo a UDS culminación de obras y entrega de la posesión del mismo(detallar), sin perjuicio del pago de la multa prevista en la cláusula.... a partir de la mora, plazo perentorio de 15 días a partir de la recepción de la presente interpelación bajo apercibimiento de iniciar las acciones por cumplimiento del contrato o ejercer la opción por aquellas provenientes del art 1204 del cc (es el pacto comisorio, te lo aclaro porque cuando se demanda por resolución no podés pedir luego el cumplimiento, si a la inversa- fijate el 1204 último párrafo- por eso lo ponto así a los fines que si incumplen, vos veas si luego seguir intimando por el 1204, dando un plazo de 15 días o iniciar las acciones por cumplimiento. En el caso no se si en el boleto de compraventa está estipulado el pacto comisorio expreso) a todo lo que se suma los daños y perjuicios causados.TODO POR VUESTRA EXCLUSIVA CULPA.


YO AHÍ PUSE 15 DÍAS DE PLAZO DEMOSTRANDO UN PORCENTAJE DE RAZONABILIDAD Y ADEMÁS POR SI LUEGO QUERÉS EJERCER LA OPCIÓN DEL 1204. MANDÁ LA C D A LA VENDEDORA Y/O CONSTRUCTORA.
COMO SIEMPRE ACLARO ESCUCHÁ TAMBIÉN OTRAS OPINIONES. Espero sea de ayuda
 #697904  por fff
 
Muchas gracias emil2!!!!!!!!!!!!
Me es de gran utilidad para encarar el tema.
Mi cliente pagó todas las cuotas (tiene los recibos pertinentes), o sea, que su parte contractual está cumplida.
Cualquier duda volveré!!!!!
Gracias otra vez!!!!!!!!!
Saludossss