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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #699194  por molinag
 
Para quienes gusten de los impuestos, o les sirva, o los ayude o yo que se para que, salio un fallo declarando la inconstitucionalidad del pago de dicho impuesto por parte un jubilado ( sujeto de retencion)...Se dio en la provincia de corrientes, Arandu seguramente la puede pegar, porque yo falte a la clase donde me enseñaban esos trucos....Es el caso de un magistrado, y va a llegar a la Corte....o sino se pueden fijan en actualidad impositiva...
 #699231  por dramamita
 
y mientras llega a la corte?????????............sera cuestion de aumentar las deducciones admitidas para 4ta.categoria. Porque siempre meto la cuchara mal cuando alguien habla de fallos, pero disculpennnnnnn no soy abogada, pero Afip en la ley de imp.a las gcias. grava las jubilaciones, pensiones y retiros, ustedes creen que ese fallo puede sentar precedente????
 #699396  por MARIO1943
 
molinag escribió:Para quienes gusten de los impuestos, o les sirva, o los ayude o yo que se para que, salio un fallo declarando la inconstitucionalidad del pago de dicho impuesto por parte un jubilado ( sujeto de retencion)...Se dio en la provincia de corrientes, Arandu seguramente la puede pegar, porque yo falte a la clase donde me enseñaban esos trucos....Es el caso de un magistrado, y va a llegar a la Corte....o sino se pueden fijan en actualidad impositiva...

JAJAJA, ESTE FALLO , A FAVOR DE UN MAGISTRADO, NO ES OBJETIVO, LOS JUCES QUE LA DECLARARON INCONSTUCIONAL, SE ASEGURARON SU FUTURA JUBILACION PARA QUE ESTEN EXENTA DE ESTE IMPUESTO
 #699483  por molinag
 
En principio coincido con ambos, pero el fallo va mas alla, hay distintos matices que ver...por ejemplo lo basico..4ta cat, del trabajo personal, y en realidad no seria sujeto porque no hay trabajo..etc etc ect....esta bueno para ver que dice la corte, puede tener varios tintes....
 #699532  por dramamita
 
es un tema de antigua data pero la ley es taxativa cuando enumera los ingresos de cuarta gravados por ganancias. En jubilaciones pensiones y cualquier tipo de retiros se supone que, si bien provienen del trabajo personal, ya estuvieron gravados al momento de su percepcion.

Molina el tinte que tiene es que se va cerrando el circulo cada vez mas, hasta a las maestras les retienen ganancias, o aumentan el minimo no imponible o cada vez seguira tributando mas gente. Y con la compra de dolares???????????? y con la compra de vehiculos de 50.000??????
 #699586  por molinag
 
dramamita escribió:la ley es taxativa cuando enumera los ingresos de cuarta gravados por ganancias
..No quita que no pueda ser declarada inconstitucional...
dramamita escribió:hasta a las maestras les retienen ganancias
..Es solo un pago a cuenta..
dramamita escribió:Y con la compra de dolares????????????
..Es legislacion Bancaria, es correcta dado la politica econ y fiscal...no me digas que todos tus clientes pueden justificar loq ue compran jajajaja.. o compraban....
dramamita escribió:con la compra de vehiculos de 50.000??????
...Es a los efectos informativos, no se tributa por el CETA, se informa transferencia, en todo caso el mecanismo obliga a declarar a partir de determinado valor, ni siquiera es una base para ganancias...Mis saludos Dramamitaaaaaaaa...