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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #701973  por abogadorosario
 
Hola colegas, mi consulta es la siguiente: En una sentencia de divorcio del año 2005 se estableció la obligación del padre de los menores de pagar una cuota alimentaria de $ 350 mensuales. Esa cuota nunca se abonó, pese a que se lo intimó judicialmente. La pregunta es: se puede reclamar la deuda vía apremio desde el 2005 o hay cuotas que ya fueron prescribiendo? Desde ya gracias a todos.
 #702119  por eltam88
 
La prescripción por deuda alimentaria es
Art. 4.027. Se prescribe por cinco años, la obligación de pagar los atrasos:

1° De pensiones alimenticias;

JUBA
Civil y Comercial
B24796

Alimentos - Alimentos atrasados

El derecho a las cuotas atrasadas sólo se pierde por prescripción.
SCBA, Ac 67275 S 10-11-1998 , Juez PETTIGIANI (SD)

CARATULA: S., A. c/ D., E. s/ Incidente de cobro de diferencia de cuota alimentaria
PUBLICACIONES: AyS 1998 V, 779
MAG. VOTANTES: Pettigiani-Hitters-de Lázzari-Negri-Salas
TRIB. DE ORIGEN: CC0202LP

Civil y comercial
B1400925

Alimentos - Alimentos atrasados

La falta de oportuno reclamo por el alimentario de las cuotas atrasadas, no autoriza la presunción de que carece de necesidad y, por ende, no extingue la obligación relativa a esas cuotas, una regla que contrarie la expresa, carece de respaldo legal y pugna con el art. 4027 CCI, que establece para esas obligaciones una prescripción quinquenal, haciendo imposible su caducidad en término menor.
CC0102 MP 85867 RSD-453-92 S 23-12-1992 , Juez DE DE LA COLINA (SD)

CARATULA: A., B. L. c/ P., A. H. s/ Fijación cuota alimentaria - Alimentos atrasados
MAG. VOTANTES: de de La Colina - Oteriño

Civil y comercial
B2001798

Alimentos - Alimentos atrasados

La acción por cobro de las cuotas atrasadas en concepto de alimentos sólo se pierde por prescripción, pues el derecho a los alimentos se actualiza día a día, ya que la obligación alimentaria constituye un supuesto de las denominadas obligaciones periódicas que son aquéllas que brotan o germinan por el transcurso del tiempo, importando así cada una de las cuotas una deuda distinta.
CC0002 SM 48200 RSD-385-00 S 12-9-2000 , Juez OCCHIUZZI (SD)

CARATULA: P., S.E. y M., A.S. s/ Divorcio mutuo acuerdo
MAG. VOTANTES: Occhiuzzi-Mares-Cabanas

Civil y comercial
B2901744

Obligaciones Periódicas - Prescripción // Alimentos - Alimentos atrasados

El plazo de prescripción debe computarse independientemente respecto de cada cuota, desde la fecha en que ella debía ser abonada, puesto que la obligación alimentaria constituye un supuesto de las denominadas obligaciones periódicas, que son aquellas que naciendo de una causa única, germinan por el trasncurso del tiempo, importando cada una de ellas una deuda distinta.
CC0001 QL 5684 RSI-37-3 I 13-3-2003

CARATULA: Chama Alejandra c/ Rodriguez Marcelo s/ Ejecución Convenio de Alimentos
MAG. VOTANTES: Busteros-Celesia-Señaris
CC0001 QL 5972 RSD-46-4 S 5-5-2004 , Juez CELESIA (SD)

CARATULA: Conti, Olga Elsa c/ Lopez, Daniel y otro s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Busteros-Celesia-Señaris

Civil y Comercial
B2351648

Alimentos - Alimentos Atrasados

En el caso de deudas por alimentos atrasados serán los hijos -ahora mayores de edad- los legitimados para reclamar los alimentos adeudados o bien aquellas otras personas a las cuales aquellos hayan cedido el derecho a reclamarlos.
CC0002 MO 53520B RSI-718-6 I 13-12-2006 , Juez FERRARI (SD)

CARATULA: M., A. M. Y OTROS s/ Incidente de Ejecución de Sentencia
MAG. VOTANTES: Ferrari - Calosso - Gallo
TRIB. DE ORIGEN: JC10
 #817033  por Iurisa
 
En mi caso no hay un acuerdo homologado de alimentos, pero la tenencia la tiene la mama hace ya 6 años y no recibio un solo $. Como deberia iniciarlo? hay una homologacion de tenencia y regimen de visitas.
Inicio un alimentos y ahi reclamo lo adeudado hasta la fecha?
gracias...
 #1122670  por ChristianAbogado
 
buenas colegas, y mi consulta es en caso que se homologo en septiembre de 2010, y se reclamo los alimentos atrasados en febrero de 2015, pero hasta ahora no se llego a ningún acuerdo,presentó la parte actora una liquidación, pero luego no cumplió con lo que pidió el tribunal en julio de este año (que aclarara los intereses), como se interrumpe la prescripción en ese caso y hasta cuando??...