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  • Caducidad de la prueba testimonial

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #702046  por julialfa
 
Hola:
El art. 430 establec, la caducidad de la prueba testimonial para quien lo propuso, cuando (inc. 2) No habiendo comparecido aquel a primera audiencia sin invocar causa justificada, no requiriere oportunamente las medidas de compulsión necesarias.

Me plantea dos dudas: cuál es el momento oportuno para justificar la causa y cuál lo es para solicitar las medidas de compulsión necesarias?

Espero que puedan ayudarme.
Gracias!