Buenos días...tengo que diligenciar cédulas ley 22172 para un expediente de capital, pero los domicilios que tengo que notificar son de provincia de bs as. Quiero asegurarme de no estar equivocada: me presento al juzgado las hago sellar y luego las mando por gestoria? o primero van a confronte ? Gracias.
Las llevàs a sellar al juzgado y luego las podès enviar por gestorìa, normalmente no se confrontan.
Lo que tenès que tener en cuenta, para estos casos, es (si no estàs matriculada en Pcia.de Bs.As.) autorizar a alguien que sì lo estè, para diligenciarlas.
Las Oficinas de Notificaciones bonaerenses son bastantes puntillosas con ése tema.
Saludos !