Hola compañeros, queria hacerles una consulta respecto a una liquidación que estoy haciendo en el SICAM. La empleadora le ha hecho a mi clienta aportes serv.dom.desde el 2001 hasta la actualidad, lo que me ocurre es que tengo 10 meses impagos salteados a lo largo de estos años y quise renunciarlos con el art.1 de la 25321 y me dice que no puedo aplicar beneficios en este tramo. Puedo hacer cortes en esos meses o debo hacercelos pagar? Al que me pueda ayudar, desde ya muchas gracias.
silvanao escribió:Hola compañeros, queria hacerles una consulta respecto a una liquidación que estoy haciendo en el SICAM. La empleadora le ha hecho a mi clienta aportes serv.dom.desde el 2001 hasta la actualidad, lo que me ocurre es que tengo 10 meses impagos salteados a lo largo de estos años y quise renunciarlos con el art.1 de la 25321 y me dice que no puedo aplicar beneficios en este tramo. Puedo hacer cortes en esos meses o debo hacercelos pagar? Al que me pueda ayudar, desde ya muchas gracias.A los períodos que no tiene pago no los cargues en situación de revista y listo. No podés renunciar períodos de sdm. Si tiene deuda por capital o intereses tendrás que pagarla.
