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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #707532  por mariouba
 
Hola aqui te envio lo que utilizo para estos casos

RECURSO DE REVISION ANTE LA CARSS.
Sr. Gerente UDAI …………, solicito se eleve el presente recurso a la CARSS

……………………………, quien acredita identidad con ……………………………., con domicilio en la calle Borges Nro. 1259 de Morón, se presenta y

DICE:

Que con fecha 06/11/2009, solicite el beneficio de PENSION DIRECTA en mi carácter de cónyuge de Don…………………………. fallecido con fecha …………….., siendo denegada en fecha …………….. RESOLUCION NRO. ………………., Registrada bajo el Libro de protocolo de Resoluciones de la UDAI ………. TOMO:…….. FOLIO:……., NOTIFICANDOME EL DIA …………………..

OBJETO:

Los motivos por el cual se deniega el beneficio es que para el logro de mi pretensión, adjuntado la liquidaron SICAM NRO. 4 de fecha 03/11/2009 de la que surge que compre periodos de autónomos para reunir el derecho a la pensión no encontrándose el causante afiliado a la caja de autónomos a la fecha de fallecimiento.

CONSIDERANDOS:
Mas allá de lo dispuesto y que puede llegar a interpretarse de la circular GP Nro. 70/06, desde mi humilde lugar pretendo demostrar la desigualdad a la que se somete a las personas quedando lejos la igualdad ante la Ley.
Si una persona tramita su jubilación y para compensar los años faltantes compra por intermedio de una Moratoria Ley 24.476 y no es afiliado a la caja de autónomo, solo le hace falta ir a la AFIP y pedir la Clave Fiscal, ahora si esta persona fallece y aun no se resolvió su expediente, su cónyuge puede solicitar la pensión y se toma al causante como afiliado a la caja de autónomos, quedando habilitado para solicitar el Beneficio. Quiere decir que una simple clave Fiscal diferencia a una persona de estar afiliado o no. Quiero aclarar que para afiliarse a autónomos hace falta mucho más que pedir una clave Fiscal, es mas la clave se pide después que uno esta afiliado.
Hago referencia ha este hecho porque es una realidad cotidiana en las distintas UDAI al momento de resolver si le corresponde o no el Beneficio. La realidad es que en muchas UDAI se toma en cuenta que el causante tiene aportados periodos posteriores a 1994 y aplican lo resuelto en la resolución 22.358/08 - del 25/9/08, donde la CARSS resolvió que lo establecido en el Capítulo I de la Ley 24.476, no es aplicable para los derechohabientes de los causantes autónomos no afiliados. Por lo tanto, estos derechohabientes no pueden ampararse en la condonación del art. 1° de la ley 24.476, ni de la declaración jurada del art. 3° de la misma ley, ni tampoco del art. 1° de la ley 25.321.
En cambio con relación al Capítulo II que establece la moratoria, los derechohabientes de causantes autónomos no afiliados pueden acogerse a la misma en razón de que las normas de ese Capítulo permiten el acogimiento a los trabajadores autónomos inscriptos o no (art. 5°, párr. 2°).
Por lo tanto, los derechohabientes de causantes no afiliados podrán acogerse a la moratoria de la ley 24.476 por los años necesarios para completar los 30 o los 15 con aportes para ser afiliado regular o irregular con derecho sin pedir la aplicación del art. 3°, ni la prescripción, ni el art. 1° de la ley 25.321.
También podrán completar con pago contado los períodos necesarios luego de septiembre de 1993 para reunir los 30 o los 15 años con aportes para ser afiliado regular o irregular con derecho.
Por lo tanto con el fin de tener derecho a la Pensión Directa de mi esposo, procedí a realizar una MORATORIA SICAM NRO.4 de fecha 03/11/2009, no aplicando el Art. 3 ero. ni la prescripción del Art- 1 ero. De la ley 25.321.

SOLICITO:


Por lo expuesto en vista a la interpretación de lo resuelto en Resolución Nro. 22.358/08 de la CARSS, se eleve el presente RECURSO y que esta Comisión considere que, en atención a las circunstancias ya expuestas, corresponda otorgar el beneficio de PENSION DIRECTA QUE ME FUERA DENEGADO y revocar la resolución de la UDAI RGBI ………….. de fecha ………………….

Que en consecuencia, procede revocar la resolución recurrida, debiendo la UDAI dictar un nuevo pronunciamiento que se ajuste al temperamento puesta de manifiesto en los considerandos que anteceden.


suerte