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  • QUERELLA O DENUNCIA

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 #62370  por sergiosky
 
perdonenme la pregunta que les voy a hacer pero es que no hago penal y nunca me interesé en estudiar a fondo el codigo de procedimiento.
que diferencia existe en la practica entre presentar una querella y una denuncia? cuando se tiene que presentar una y cuando la otra?.
he visto en algunos post que aconsejan a denunciar una estafa etc.... pero he visto escritos judiciales donde querellan por estafa, no denuncian. por eso no se si tiene algun significado en la practica hacerlo de una u otra manera.
a mi en un juicio laboral que voy por parte del trabajador me contestan demanda y me agrega el empleador recibos supuestamente firmados por el trabajador donde supuestamente cobro lo que se le reclama, y mi idea es presentarme en sede penal para denunciar esto por falsificacion de instrumentos y estafa procesal, pero no se si tengo que ir por la via de la querella o la denuncia. o para ser puntual... no se como hacerlo!!.
gracias.
 #62394  por cinti2
 
Hola. El delito se cometió en capital o prov de bs as?
La diferencia entre denuncia y querella la podés encontrar en cualquier libro de procesal penal. Espero que no te caiga mal mi recomendación, pero si no tenés idea de la diferencia entre querella y denuncia no te metas a hacer esto vos, pasaselo a un abogado penalista, ya que presentarse como querellante puede tener consecuencias distintas que hacer una demanda por despido.
Saludos, Cintia

 #62474  por sergiosky
 
ok cintia gracias por responder...
vos que harias en mi caso si tenes un cliente que le sucede eso, como reclamarias en sede penal la falsificacion de firma de los supuestos recibos? entiendo tu consejo y me es muy valioso obviamente pero si tengo un cliente que fue despedido y me pasa eso no puedo darle a otro abogado que lleve la parte penal porque le encareceria el costo a mi cliente, y a pesar de que no soy penalista no creo que sea taaaan dificil presentar el escrito y luego continuarlo con ayuda. el tema puntual es que quiero que se investigue el delito de estafa procesal y falsificacion de instrumentos privados y todas las pruebas estan en el expediente laboral, por lo que necesito ayuda en iniciar el escrito, no se si mediante denuncia...querella o que. si tenes algun modelo te lo agradezco y sino, bueno...espero que se sume mas gente al post a ver que sucede.
nuevamente, gracias :)

 #62610  por Iris
 
Hola Sergio, el tema es que muchas veces por no encarecer el asunto al cliente lo terminamos perjudicando.
Para mi lo que tenés que hacer es lo siguiente. Preparar la denuncia en sede penal, con un poco de dedicación es algo que, como decís vos, aunque no seas especialista en penal, con paciencia y dedicación a leer el código procesal penal - preferentemente buscante uno comentado - lo vas a poder hacer.
La denuncia puede realizarse en forma verbal, o en forma escrita, en este último caso con firma de letrado o sin ella. Obviamente que tendrías que cobrarle por esto -salvo que la haga verbalmente sólo - y si pones tu firma el precio se incremeta.
La diferencia entre una denuncia y una querella, es que en la primera tu cliente NO ES PARTE, de modo que no puede peticionar ni impulsar el proceso pediendo medidas probatorias o apelar por ejemplo.
En cambio en la querella SI SOS PARTE y sí tenés todos esos derechos. Pero como parte, se necesita impulso y dedicación, más alla de la actuación de oficio del fiscal o juez de instrucción. Acá si, se te complicaría bastante si no tenés idea de derecho penal y de su procedimiento. Con lo cual si ves que la causa penal con la simple denuncia no avanza de oficio y necesitas por tanto presentarse como querellante o particular damnificado, yo lo derivaría a un especialista en penal. Es mi opinión.
Saludos :)
Iris

 #62612  por Iris
 
Nota: ojo con el tema penal porque, todo bien con que tu cliente te diga que no firmó los recibos...pero si finalmente no lo podés probar...tu cliente se puede comer de rebote un daños y perjuicios...o una causa penal por falsa denuncia o calumnias...ojo...porque no esperas a ver que pasa con las pericias en el laboral...
Saludos
Iris

 #62616  por sergiosky
 
porque la perdi, al no impugnar los recibos quedaron como reconocidos entonces me veo en la gran necesidad de tener que recolectar pruebas en sede penal para ver como las introduzco en el laboral para salvar el juicio, a mi no me interesa iniciarle una accion penal al empleador, es mas...no soy penalista ni nunca pise un juzgado penal, sino ganar el juicio por el despido pero ahora me veo obligado a re direccionar mi estrategia por otro lado para salvarle el juicio laboral. si no puedo probar que mi cliente no firmo? bueno...por eso es que quiero pedir una pericia caligrafica en sede penal, si el perito dice que la firma si es de mi cliente pues que se embrome por mentirme porque le dije que con toda franqueza me diga si el ya cobro el dinero o no y me jura que no y que no es su firma, pues debo creerle no?. si la pericia me sale en contra es porque la firma es de mi cliente y obviamente no podria reclamar nada en el laboral y despues que se banque alguna demanda por reclamar sin derecho y sin decirme la verdad, ese ya es su riesgo y ya lo hablamos de lo que pasaria si denuncia falsamente. pero hasta que eso no suceda yo le creo y es por eso que quiero iniciar la accion penal para luego ver que dice la pericia.
iris...que me aconsejas, que denuncie o haga una querella? yo quiero que quede en claro que necesito una pericia caligrafica (es el unico medio probatorio mas importante en este caso), por mas que denuncie la pericia la ordena el fiscal si o si?
 #62676  por Pandilla
 
O sea, (a ver si entiendo un poco): "vos queres probar que existió la comisión de el delito de falsificación de firma"; pero ese supuesto hecho ¿no te lo había informado tú cliente desde el comienzo?. Bueno, a vos se te escapo la acción de impugnar "esos documentos", y, ahora, en el Fuero Laboral, ¿no existe la posibilidad de anexar nuevas pruebas o pericias?, (¿este hombre cobraba por cajero, y ese dinero fue acreditado en su cuenta?, ¿el supuesto pago fue en efectivo, o con un cheque, en una o varias cuotas?); sino me equivoco, hay una parte de ese dinero sobre el que se hacen descuentos que, a su vez, tendrían que estar registrados en la Caja de Jubilación correspondiente, en la Obra Social, o algo asi.
Por otro lado, sino existe esa posibilidad, entonces, vos propones derrumbar, en Sede Penal, una prueba, que, en Sede Laboral, ya fue aceptada como cierta, (o no impugnada y, por lo tanto, procesalmente, aceptada como verdadera). Pero, ¿lo cierto procesalmente, es lo cierto de un hecho?. Ahora, lo aceptado como verdadero en un Fuero, (en este caso el Laboral), puede ser impugnado o anulado por otro Fuero, (en este caso, el Penal).Tal vez, habría que releer la cuestión de las pruebas en el ámbito laboral, (podes consultar en el Foro Laboral), y, por ahí, recurrir a aquello "de la lesión más grave", (una leída al artículo 954 del Código Civil te puede ser de alguna especie de utilidad). Y, sino me equivoco, como te dijo Iris, trata de ver un Código Procesal Penal anotado, y buscar alguna jurisprudencia de apoyo.

Saludos y suerte, :lol:

 #62844  por Iris
 
Hace esto, inicia denuncia, y si ves que no se mueve y no ordenan la pericial...constituíte recien en querellante.
Ahora...yo no la tengo muy clara con laboral pero...seguro que podes volver atrás sobre hechos ya tenidos como ciertos en sede laboral, y cuyo derecho a revatirlos precluyó???...
Como dijo Pandilla pregunta esto último en el foro laboral a ver que respuestas hay, y si te dicen que sí recién iniciá la denuncia.
Saludos y suerte
Iris
 #62845  por Pandilla
 
Tal vez, una opción de ataque, sería la de ejercer la acción del hecho comparado: "O sea, en el fuero laboral, los documentos privados quedaron aceptados como ciertos o verdaderos, pues, nadie los impugno o realizó objeción alguna contra esos documentos privados; Pero, en el Fuero Penal, puede llegar a probarse que en esos documentos se ha falsificado la firma del Actor, y, a su vez, se ha cometido un delito de Orden Público, pues se ha interesado en un engaño, (¿por intermedio de un ardid?), a un Juez de la Nación": ¿Cuál es el delito más grave?, ¿delito mayor subsume a delito menor?". Lo que quiero decir es que impugnados o no esos documentos, ello resulta irrelevante, ¿por qué...?, pues porque nunca puede aceptarse como verdad aquello que no puede serlo porque contiene un vicio de origen que lo hace nulo o anulable.
En cuanto a la pericia, en principio y si esto es posible, primero: ¿qué tal probar haciendo una pericia en el ámbito privado?.
¿Será así.......?

Saludos :lol:

 #62847  por Iris
 
No pudimos haber posteado 7:17 en punto los dos!!!

 #62853  por Pandilla
 
Si, pero como corresponde: Las Damas primero.

Saludos :lol:

 #62900  por Iris
 
Que caballero...gracias :wink:

 #62908  por sergiosky
 
es cierto lo que decis iris sobre atacar documentos que ya estan reconocidos en sede laboral, obviamente precluyo. pero ...pero... coincido con pandilla en que si existe falsificacion de firma habria un delito y el juez laboral que tambien busca la verdad real como el penal (a diferencia del civil que solo busca la formal) no puede ignorar la existencia del delito y en ese caso puede suceder dos cosas... 1) que el juez laboral acepte la pericial penal como hechos nuevos o nuevas pruebas, y creo que eso si esta permitido por mas que haya precluido en el expediente laboral. 2) al estar frente a un delito probado por pericia el juez laboral deberia como medida de mejor proveer pedir una pericia caligrafica en sede laboral ya que no puede resultarle indiferente que se haya cometido un delito y aun asi tener por validos los recibos que la pericia dictamino que son falsos.
ademas, existiria estafa procesal, es decir... habria 2 delitos!! por lo que si el juez laboral no profundiza la investigacion le pido el jury!!.

 #62909  por Pandilla
 
Es que los martes son mís días buenos :P :arrow: :lol: