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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #62599  por Alexia08
 
Quisiera me ayuden ya que nunca presente un recurso.
Habia hecho un reclamo ante la Udai por un haber mal liquidado, y me negaron el pedido mediante una resolucion.
Junto con la denegatoria me indican que puedo presentar
a) Recurso de revisión ante la CARSS
b) Recurso de reconsideracion

Ambos en la misma udai donde denegaron.
Al primero dentro de los 30 dias y el segundo dentro de los 10.
Alguien me puede decir que diferencia hay entre ambos??
Se tiene que presentar cual de los dos? o es lo mismo uno u otro?
Gracias.

 #62604  por empí©docles
 
Reconsideración art. 84 LPA - 10 días hábiles de la notificación.-
Revisión: ante la CARSS - 30 días - no se expide sobre reajustes de haberes ni porcentajes de incapacidad.-

 #62950  por Alexia08
 
empédocles escribió:Reconsideración art. 84 LPA - 10 días hábiles de la notificación.-
Revisión: ante la CARSS - 30 días - no se expide sobre reajustes de haberes ni porcentajes de incapacidad.-
Muchísimas gracias por tu respuesta, si no es mucho pedir: cual de los dos me conviene presentar? estoy a tiempo del de los 10 días.
Gracias