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  • Régimen de visitas pcia. de buenos aires. Que hago??

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #712103  por Fede321
 
Colegas. Por primera vez voy a intervenir como letrado de un padre al que le impiden el contacto con sus hijos. He intervenido en divorcios art. 214 y 215 con convenios pero en esto soy nuevo.
Su ex pareja lo agredió, junto con otros familiares, una noche con palos y a partir de ese momento (hace 1 mes y ½) le impidió el contacto con su hija de año y medio y el bebe de 7 meses. Mi cliente hizo 2 denuncias, una por la agresión y otra por impedimento de contacto con testigos 20 días después. La ex mujer le mando a decir que hasta que un juez no se lo ordene no le va a dejar ver a los chicos y por asuntos personales estoy convencido al igual que mi cliente que no va a aflojar.
Ellos tenían un acuerdo celebrado el Consultorio Jurídico Gratuito del C.A.M. que no se esta cumpliendo. Tampoco la madre, esta cobrando alimentos. La intimamos por CD a abrir cuenta para hacerle el deposito y no contesto.

Consultas:

1)Alguien tiene un modelo de sumario para Pcia. De régimen de visita??
2)El señor quiere consignar el dinero pactado en el convenio. ¿Puedo pedir la consignación en el mismo Expte??
3)Me conviene más pedir la homologación del convenio y pedir audiencia para lograr solucionar todo en un solo paso??
Espero sus sugerencias y un modelo de ser posible. Gracias.
 #712180  por diegogvillamayor
 
hola, ante todo la cuenta casi siempre la abre el alimentante, por lo cual homologuen ese convenio y habran la cuenta judicial y depositen, sino tenes que consignarlos. No es excusa para no pgarlos que la madre no habra la cuenta.
El regimen en provincia se inicia con la planilla y la copia del dni del peticionante, mas la libreta de flia o certificado de nacimiento para probar el parentesco, nada mas, porque en casi todos los dptos judiciales vas a etapa previa, por lo cual no hace falta demanda.
Si si queres hace un escrito pidiendo un regimen provisorio.
Pero si ya tenes un regimen acordado es mas rapido homologarlo e intimar a su cumplimiento.
Pedi la homologacion, denuncia el incumplimiento y pedi audiencia., todo junto.
igual segui el tema en lo penal por el impedimento, ese siempre da mas resultado.

saludos.
 #716031  por cecicarla
 
estimado diego, veo que litigas en provincia como yo .. te hago una consulta .. yo hasta ahora sortie los expedientes de alimentos y reg de visitas sin demanda (todos los arregle con la consejera) pero cuando fui a lomas la utlima vez me dijeron que debia sortear el expediente con la demanda dado que ellos lo remiten al juzgado (hasta la semana pasada sorteba y llevaba yo personalmente la planilla al tribunal) .... ya tengo dos ingresados sin la demanda de hace un mes ... consulte con un colega y me dijo q ella presentaba las demandas cuando era familia pero no cuando se trataba de reg de visitas .. en el colegio de abogados me dijeron que debia presentar la demanda junto con el sorteo .. es decir nose que hacer! mi pregunta es: puedo sortear y presentar la demanda recien luego de la audiencia con la consejera si no arribamos a un acuerdo o tengo q presentar la demanda si o si al inicio como en capital? Tengo q inciaar un regimen ya y nose que hacer! mil gracias!!!!!
diegogvillamayor escribió:hola, ante todo la cuenta casi siempre la abre el alimentante, por lo cual homologuen ese convenio y habran la cuenta judicial y depositen, sino tenes que consignarlos. No es excusa para no pgarlos que la madre no habra la cuenta.
El regimen en provincia se inicia con la planilla y la copia del dni del peticionante, mas la libreta de flia o certificado de nacimiento para probar el parentesco, nada mas, porque en casi todos los dptos judiciales vas a etapa previa, por lo cual no hace falta demanda.
Si si queres hace un escrito pidiendo un regimen provisorio.
Pero si ya tenes un regimen acordado es mas rapido homologarlo e intimar a su cumplimiento.
Pedi la homologacion, denuncia el incumplimiento y pedi audiencia., todo junto.
igual segui el tema en lo penal por el impedimento, ese siempre da mas resultado.

saludos.
 #716054  por diegogvillamayor
 
mira yo ultimamente sortee solo cautelares en flia y van con demanda,
pero si se que ahora cambiaron la forma de trabajar, y tenes que presentar la demanda de todo, es decir como si fuera un civil y ellos remiten todo a flia, no lo lleva mas uno, salvo las urgencias.

saludos.