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  • Duda sobre Mediaciòn (Ley 26.589)

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 #713904  por Lawyer83
 
Hola a todos,

Recientemente me estoy metiendo de a poquito a ejercer la profesiòn y desearia un poco de ayuda con un caso que me planteò un cliente en el dìa de la fecha.

Hoy a la mañana vino un cliente con una carta documento que le llegò el viernes pasado, en la cual lo citan para fines de mayo, a una audiencia de Mediaciòn (Ley 26.589), cuyos autos caratulados son por Daños y Perjuicios (Accidente de Trànsito con lesiones). Este señor es uno de los requeridos, y me comentò que èl hizo ya la denuncia de venta registral en el año 2009 del vehìculo involucrado, y que nada tuvo que ver, en consecuencia con el accidente, ocurrido en abril del corriente.
Ese vehìculo en cuestiòn era de su titularidad, pero lo vendiò a un agenciero en 2009 por boleto y le firmò luego el 08 , para ser entregado al pròximo adquirente del vehìculo. Al parecer, no se hizo nunca la transferencia, y ese vehìculo fue partìcipe de un accidente, en el cual aùn se ignoran aùn los hechos, pero mi cliente estimo no tiene nada que ver atento a que no tiene responsabilidad alguna al hacer la denuncia de venta pertinente, conforme lo exige el art. 27 del Reg. Jurìdico del Automotor.

Mi duda principal se genera al estar yo matriculada en provincia de Buenos Aires y no en Capital. Puedo igualmente asistirlo y acompañarlo a la audiencia fijada y de ser asi, confeccionar algùn escrito pertinente? debo contestar la carta documento enviada? y el tema de la elecciòn de los mediadores como se lleva a cabo?, pues se detalla debajo en la carta documento, la lista de mediadores y sus respectivas matriculas y domicilios constituidos y ejercer la opciòn de quien intervendrà.

Desde ya agradezco a todos por su tiempo en leer mi mensaje! se me generan aùn màs dudas, ya que el pràctico lo hice tambièn en Provincia :O
Saludos!
Atte.
Lorena.
 #713944  por marcelaney
 
Lawyer83 escribió:Hola a todos,

Recientemente me estoy metiendo de a poquito a ejercer la profesiòn y desearia un poco de ayuda con un caso que me planteò un cliente en el dìa de la fecha.

Hoy a la mañana vino un cliente con una carta documento que le llegò el viernes pasado, en la cual lo citan para fines de mayo, a una audiencia de Mediaciòn (Ley 26.589), cuyos autos caratulados son por Daños y Perjuicios (Accidente de Trànsito con lesiones). Este señor es uno de los requeridos, y me comentò que èl hizo ya la denuncia de venta registral en el año 2009 del vehìculo involucrado, y que nada tuvo que ver, en consecuencia con el accidente, ocurrido en abril del corriente.
Ese vehìculo en cuestiòn era de su titularidad, pero lo vendiò a un agenciero en 2009 por boleto y le firmò luego el 08 , para ser entregado al pròximo adquirente del vehìculo. Al parecer, no se hizo nunca la transferencia, y ese vehìculo fue partìcipe de un accidente, en el cual aùn se ignoran aùn los hechos, pero mi cliente estimo no tiene nada que ver atento a que no tiene responsabilidad alguna al hacer la denuncia de venta pertinente, conforme lo exige el art. 27 del Reg. Jurìdico del Automotor.

Mi duda principal se genera al estar yo matriculada en provincia de Buenos Aires y no en Capital. Puedo igualmente asistirlo y acompañarlo a la audiencia fijada y de ser asi, confeccionar algùn escrito pertinente? debo contestar la carta documento enviada? y el tema de la elecciòn de los mediadores como se lleva a cabo?, pues se detalla debajo en la carta documento, la lista de mediadores y sus respectivas matriculas y domicilios constituidos y ejercer la opciòn de quien intervendrà.

Desde ya agradezco a todos por su tiempo en leer mi mensaje! se me generan aùn màs dudas, ya que el pràctico lo hice tambièn en Provincia :O
Saludos!
Atte.
Lorena.


Hola Lorena!
Para intervenir en la mediacion como abogada, si la mediacion es en Capital, tenes que estar matriculada en Capìtal pero igualmente podesacompañarlo y llevar la denucnia de venta para mostrar al requirente que tu cliente no tiene responsabilidad en el hecho. Ya que seguramente pidideron un informe y la denuncia de venta a veces no sale....
No tenes que contestar la carta, solo presentate con tu cliente en la mediacion..... pero va a figurar que concurrio sin asistencia letrada, por el tema de la matricula.
Saludos
Marcela
 #713945  por marcelaney
 
Lawyer83 escribió:Hola a todos,

Recientemente me estoy metiendo de a poquito a ejercer la profesiòn y desearia un poco de ayuda con un caso que me planteò un cliente en el dìa de la fecha.

Hoy a la mañana vino un cliente con una carta documento que le llegò el viernes pasado, en la cual lo citan para fines de mayo, a una audiencia de Mediaciòn (Ley 26.589), cuyos autos caratulados son por Daños y Perjuicios (Accidente de Trànsito con lesiones). Este señor es uno de los requeridos, y me comentò que èl hizo ya la denuncia de venta registral en el año 2009 del vehìculo involucrado, y que nada tuvo que ver, en consecuencia con el accidente, ocurrido en abril del corriente.
Ese vehìculo en cuestiòn era de su titularidad, pero lo vendiò a un agenciero en 2009 por boleto y le firmò luego el 08 , para ser entregado al pròximo adquirente del vehìculo. Al parecer, no se hizo nunca la transferencia, y ese vehìculo fue partìcipe de un accidente, en el cual aùn se ignoran aùn los hechos, pero mi cliente estimo no tiene nada que ver atento a que no tiene responsabilidad alguna al hacer la denuncia de venta pertinente, conforme lo exige el art. 27 del Reg. Jurìdico del Automotor.

Mi duda principal se genera al estar yo matriculada en provincia de Buenos Aires y no en Capital. Puedo igualmente asistirlo y acompañarlo a la audiencia fijada y de ser asi, confeccionar algùn escrito pertinente? debo contestar la carta documento enviada? y el tema de la elecciòn de los mediadores como se lleva a cabo?, pues se detalla debajo en la carta documento, la lista de mediadores y sus respectivas matriculas y domicilios constituidos y ejercer la opciòn de quien intervendrà.

Desde ya agradezco a todos por su tiempo en leer mi mensaje! se me generan aùn màs dudas, ya que el pràctico lo hice tambièn en Provincia :O
Saludos!
Atte.
Lorena.


Hola Lorena!
Para intervenir en la mediacion como abogada, si la mediacion es en Capital, tenes que estar matriculada en Capìtal pero igualmente podesacompañarlo y llevar la denucnia de venta para mostrar al requirente que tu cliente no tiene responsabilidad en el hecho. Ya que seguramente pidideron un informe y la denuncia de venta a veces no sale....
No tenes que contestar la carta, solo presentate con tu cliente en la mediacion..... pero va a figurar que concurrio sin asistencia letrada, por el tema de la matricula.
Saludos
Marcela
 #714308  por emn
 
Respuesta enviada MP

Saludos
Norma.-
 #714309  por Lawyer83
 
MILLONES DE GRACIAS A TODOS LOS QUE ME RESPONDIERON, YA SEA POR PRIVADO O POR EL POST DEL FORO!!!!

Me fue de mucha utilidad sus respuestas!!

Saludos!!!

Lore.-
 #716927  por enzo fernando costa
 
Me adhiero al práctico consejo brindado por las colegas preopinantes. Pero además la nueva ley 26.589 (aún no reglamentada) sólo exige que el requerido comparezca "con asistencia letrada" (art. 19). La cuestión de la matrícula es tema colegiatorio, un problema administrativo secundario. Se supone que en materia mediatoria debe primar el principio de informalidad, y la "ratio legis" de la asistencia letrada es que la parte no quede indefensa de asistencia legal idónea, no que el abogado no saque las manos de su plato matriculatorio. ¿Por qué no consultás a la Dirección Nacional de Mediación y MPDRDC, Av. Córdoba 1154, Tel: 5300-4000? A lo mejor te dan alguna idea suplementaria.
 #720525  por Lawyer83
 
enzo fernando costa escribió:Me adhiero al práctico consejo brindado por las colegas preopinantes. Pero además la nueva ley 26.589 (aún no reglamentada) sólo exige que el requerido comparezca "con asistencia letrada" (art. 19). La cuestión de la matrícula es tema colegiatorio, un problema administrativo secundario. Se supone que en materia mediatoria debe primar el principio de informalidad, y la "ratio legis" de la asistencia letrada es que la parte no quede indefensa de asistencia legal idónea, no que el abogado no saque las manos de su plato matriculatorio. ¿Por qué no consultás a la Dirección Nacional de Mediación y MPDRDC, Av. Córdoba 1154, Tel: 5300-4000? A lo mejor te dan alguna idea suplementaria.

Comparto al 100 % tu postura, Enzo.

Muchas Gracias por la info!!

Un saludo.