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  • SICAM problema p/cargar benef Art 1 L.25321

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #714381  por LENI2010
 
Hola gente del Foro; espero me puedan ayudar; ya que es la 2da jubilacion que estoy haciendo y no tengo mucha experiencia.

el tema es que tengo una señora con 62 años y 18 años de aportes en Relac. de Depcia. el 30/4/2011
dejo de trabajar.
se le puede computar un año mas de aportes por los 2 años que exede de la edad para jubilarse(60)
o sea que le faltaban 11 años de aportes para poder jubilarse

hasta ahi mas o menos me iba bien

pero tiene una inscripcion de autonomo en 1997; de la cual adeuda todos los pagos aunque hasta el 2001 ya estan prescriptos y del 2001 al 2007(año de baja automatica por falta de pago) no estan prescriptos.

en un principio hacia el SICAM comprando años anteriores a la inscripcion de autonomo y prescribia los aportes de 2001 a 2007 con benef de art 1 ley 25321 pero despues me dijeron en anses que debia usar la opcion de ampliacion de periodos para ingresar los años anteriores a la inscripcion de autonomos.

ahora hago eso, de usar la ampliacion de periodos pero no puedo cargar el beneficio de art1 ley 25321 en la situacion de revista( me sale una leyenda que dice" no se puede aplicar benef a pèriodos sin actividad"

pero el periodo aparece con actividad en la situacion de revista...

no se porque !!!

igualmente el sistema me permite calcular las cuotas del plan de pago y son iguales, incluso un par de `pesos menores a las que me habia dado la vez anterior cuando habia podido usar el beneficio del art 1 l 25321 y habia cargado mal los 11 años que queria agregar en la situacion de revista original

no se si se entiende bien mi problema espero que alguien me pueda ayudar, ya que para mañana tengo turno en anses de nuevo
 #714397  por arielruiz86
 
Osea que tenes un PUC (pestaña de datos personales) a respetar 1997 - 2007 que tendras que adecuar o reflejar en el sicam 1 y en el cual yo le pondria directamente el beneficio de la renuncia (art 1 Ley 25321) a todo este periodo y en el sicam 2 lo que amplies o necesites (11 años) siempre anterior al 09/93. Recordar que los beneficios a cargar deben respetar o estar incluidos en los tramos de actividad para que el sistema lo tome, y controlar siempre despues de liquidar el sicam 1 (antes de enviar y ampliar el plan definitivo sicam 2) de ver que el detalle de deuda este en cero para los periodos posteriores al 09/93.
 #714416  por LENI2010
 
tal como dice ariel ruiz es como intente hacer;

pero cuando quiero cargar beneficio art 1 ley 25321 para periodo 2001 a 2007 el sistema me dice que no hay una actividad cargada para ese periodo...

siendo que en situacion de revista me salen dos tramos

04/2001 a 04/2001 me da opcion de eliminar y modificar
05/2001 a 02/2007 aparece pero no da opcion de modificar

sera porque 04/2001 ya esta prescripto este mes? deberia eliminarlo? y aplicar beneficio solo a partir de 05/2001?

puede ser eso? porque yo recien intentaba aplicar beneficio al tramo 04/2001 a 02/2007

voy a probar eso!
 #714420  por arielruiz86
 
Como dije, hay que respetar el tramo del beneficio a cargar con los tramos de la activad que tenga el PUC, es decir, debes cargar el beneficio asi:
04/2001-04/2001 art 1 ley 25321 o la prescripcion
05/2001-02/2007 art 1 ley 25321

 #714563  por maffa
 
arielruiz86 escribió:Como dije, hay que respetar el tramo del beneficio a cargar con los tramos de la activad que tenga el PUC, es decir, debes cargar el beneficio asi:
04/2001-04/2001 art 1 ley 25321 o la prescripcion
05/2001-02/2007 art 1 ley 25321
Qué pasa si no tengo el PUC cargado, pero sí tengo pagos registrados tanto en SICAM como en ANSES??
 #714567  por dramereu
 
hola... se puede aplicar art. 1 para esos períodos, yo tengo un caso de una señora, con monotributo pago, tiene algunos con centavitos de deuda en 2000 y otros (en 2004) se ve que no pagó y me sale mucha deuda (cap + intereses). Yo quiero prescribirlos y aplicar cese ficto en 2000. Se puede?
 #714694  por LENI2010
 
hola, parece que el problema que tenia era que yo estaba aplicando el beneficio a todo el tramo
04/2001 a 02/2007
siendo que ya el periodo 04/2001 esta prescripto

al cargar el periodo 05/2001 - 02/2007 no tuve problemas. *cumple*
=============
ahora tengo una nueva duda;

el periodo de autonomo (totalmente impago) que figura en la pantalla de datos personales (PUC) es EL SIGUIENTE:
figuran como PRESCRIPTO
-03/1997 a 04/2001 ;

y figura como periodo NO PRESCRIPTO
-05/2001 a 02/2007

MI DUDA, en la situacion de revista, debo cargar el periodo prescripto????
si lo cargo debo aplicar tambien el beneficio de art 1 de ley 25321 o
debo cargarlo y que me figuren en el detalle de deuda esos periodos impagos?? aunque estarian prescriptos o si los cargos se incluyen en el plan de pago y aumenta la deuda a pagar????

O NO DEBO CARGAR EL PERIODO PRESCRIPTO???

O SEA UN TRAMO LO TENGO (el 2°):
1°) 03/1997 a 04/2001 (lo cargo o no en sit de Revista?) le aplico benef de art 1 ley 25321?
2°) 05/2001 a 02/2007 ya seguro que va con el beneficio de art 1 ley 25321

que hago con el 1er tramo??????????????
 #714715  por JULIETAME
 
nO es medio BASTANTE BASICO lo que preguntás ? me parece que no leiste ni siquiera la guia básica de Sicam que esta en la página de Afip ¿ le diste una miradita ?

*leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

Si no cargás todos los períodos, te van a rechazar el trámite en el inicio.
 #714795  por LENI2010
 
JULIETAME escribió:nO es medio BASTANTE BASICO lo que preguntás ? me parece que no leiste ni siquiera la guia básica de Sicam que esta en la página de Afip ¿ le diste una miradita ?

*leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

Si no cargás todos los períodos, te van a rechazar el trámite en el inicio.
bueno, ya volvi a leer las guias e instructivos del SICAM y en ninguna parte me aclara esto; se ve que no tengo el entendimiento que tenes vos...

me decis que tengo que "cargar todos los periodos" sino me "rechazan" el tramite, de eso supongo que tengo que cargar el periodo prescripto;

cargo en situacion de revista el periodo 04/1997 a 04/2001

ahora, le tengo que cargar algun beneficio o lo dejo asi nomás????

porque si lo dejo asi me sale una deuda a regularizar;
o acaso aparece la deuda pero no se tiene en cuenta en la liquidacion del plan de pago de ley 24476?

porque la idea seria hacer un plan de pago solo por los periodos ampliados no para pagar estos prescriptos.

disculpen si son muy basicas mis consultas pero es mi 2da jubilacion y no tengo a quien mas consultar

gracias
 #714857  por fabidoc
 
LENI2010 escribió:
JULIETAME escribió:nO es medio BASTANTE BASICO lo que preguntás ? me parece que no leiste ni siquiera la guia básica de Sicam que esta en la página de Afip ¿ le diste una miradita ?

*leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

Si no cargás todos los períodos, te van a rechazar el trámite en el inicio.
bueno, ya volvi a leer las guias e instructivos del SICAM y en ninguna parte me aclara esto; se ve que no tengo el entendimiento que tenes vos...

me decis que tengo que "cargar todos los periodos" sino me "rechazan" el tramite, de eso supongo que tengo que cargar el periodo prescripto;

cargo en situacion de revista el periodo 04/1997 a 04/2001 SI, CARGALO

ahora, le tengo que cargar algun beneficio o lo dejo asi nomás????SI ART. 1. 25321

porque si lo dejo asi me sale una deuda a regularizar; SI OBVIO TE SALE DEUDA,SI NO RENUNCIAS
o acaso aparece la deuda pero no se tiene en cuenta en la liquidacion del plan de pago de ley 24476?

porque la idea seria hacer un plan de pago solo por los periodos ampliados no para pagar estos prescriptos.

disculpen si son muy basicas mis consultas pero es mi 2da jubilacion y no tengo a quien mas consultar

gracias
 #715003  por LENI2010
 
Hola ya presente el sicam y la situacion de revista me quedo asi:
Situacion de revista:
07/1997 a 04/2001 activ 297 (c/opcion de modificar y eliminar) con beneficio de art 1 Ley 25321

05/2001 a 02/2007 activ 297 (sin opcion de modificar) con beneficio de art 1 Ley 25321

Situacion de revista ampliada:

06/1966 a 05/1977 activ XXX (c opcion de modif y eliminar)

ahora bien; cuando saco el Detalle de Deuda que me piden en ANSES para iniciar la jubilacion
solo sale la deuda de periodo 07-1997 a 02-2007 y obviamente esta en cero; no sale nada de la situacion de revista ampliada.

lo mismo acurre al imprimir los formularios 558 A/B/C
en el formulario 558/A sale el detalle de deuda y la situacion de revista pero no sale nada de la situacion de revista ampliada.

Esto esta bien asi? o estoy sacando mal los formularios?
la situacion de revista ampliada debe salir reflejada en el formulario 558/A?
 #715278  por lgaray
 
fabidoc escribió:
LENI2010 escribió:
JULIETAME escribió:nO es medio BASTANTE BASICO lo que preguntás ? me parece que no leiste ni siquiera la guia básica de Sicam que esta en la página de Afip ¿ le diste una miradita ?

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Si no cargás todos los períodos, te van a rechazar el trámite en el inicio.
bueno, ya volvi a leer las guias e instructivos del SICAM y en ninguna parte me aclara esto; se ve que no tengo el entendimiento que tenes vos...

me decis que tengo que "cargar todos los periodos" sino me "rechazan" el tramite, de eso supongo que tengo que cargar el periodo prescripto;

cargo en situacion de revista el periodo 04/1997 a 04/2001 SI, CARGALO

ahora, le tengo que cargar algun beneficio o lo dejo asi nomás????SI ART. 1. 25321

porque si lo dejo asi me sale una deuda a regularizar; SI OBVIO TE SALE DEUDA,SI NO RENUNCIAS
o acaso aparece la deuda pero no se tiene en cuenta en la liquidacion del plan de pago de ley 24476?

porque la idea seria hacer un plan de pago solo por los periodos ampliados no para pagar estos prescriptos.

disculpen si son muy basicas mis consultas pero es mi 2da jubilacion y no tengo a quien mas consultar

gracias

Cuando hay inscripciòn siempre tenès que cargar lo que te aparece en Datos Personales, desde el inicio hasta el cese, si lo tiene, o hasta el mes de liquidaciòn del Sicam si no la tiene, y dsps le aplicàs los beneficios que fueran, por eso te decian que te iban a rechazar cuando lo presentaràs.
 #715283  por lgaray
 
LENI2010 escribió:Hola ya presente el sicam y la situacion de revista me quedo asi:
Situacion de revista:
07/1997 a 04/2001 activ 297 (c/opcion de modificar y eliminar) con beneficio de art 1 Ley 25321

05/2001 a 02/2007 activ 297 (sin opcion de modificar) con beneficio de art 1 Ley 25321

Situacion de revista ampliada:

06/1966 a 05/1977 activ XXX (c opcion de modif y eliminar)

ahora bien; cuando saco el Detalle de Deuda que me piden en ANSES para iniciar la jubilacion
solo sale la deuda de periodo 07-1997 a 02-2007 y obviamente esta en cero; no sale nada de la situacion de revista ampliada.

lo mismo acurre al imprimir los formularios 558 A/B/C
en el formulario 558/A sale el detalle de deuda y la situacion de revista pero no sale nada de la situacion de revista ampliada.

Esto esta bien asi? o estoy sacando mal los formularios?
la situacion de revista ampliada debe salir reflejada en el formulario 558/A?

En la situaciòn de revista que sacàs de la pantalla de impresiones del Sicam te tiene que figurar la ampliada.