Hola colegas, les comento que me salio la primera regulacion de honorarios que ya esta firme por que pasaron 30 dias, notifique con art 54 y todavia no he recibido pago. voy a iniciar la ejecucion, queria saber si en pcia de buenos aires tengo q pasar bono verde y ius previsional??
Veo en el art 58 ley 8904 segundo parrafo que dice que q las ejecuciones de honorarios estan exenta de todo gravamen fiscal sin perjuicio de incluirse a cargo del deudor...
no me habilitaria a no pagar bono ni ius?
Que opinan?
Gracias de antemano.
Veo en el art 58 ley 8904 segundo parrafo que dice que q las ejecuciones de honorarios estan exenta de todo gravamen fiscal sin perjuicio de incluirse a cargo del deudor...
no me habilitaria a no pagar bono ni ius?
Que opinan?
Gracias de antemano.