HOLA:
Me vino a consultar un Sr. camionero de 63 años y con inscripción desde el 78 (aunque con algunos años de deuda) pero le da tranquilamente para jubilarse, el tema es que no se quiere bajar del camión, quiere seguir, pero más tranqui, menos viajes. Le comenté de las pruebas que tiene que ir consiguiendo pero no quiere dejar la actividad. ¿ Se podrá jubilar igual? creen que tendrá algún problema con el beneficio si sigue trabajando?
.... El respectivo título de dominio del vehículo que conducen que refiera la aptitud de éste para el transporte de cargas en general.
• La pertinente habilitación personal para conducir vehículos de transporte de cargas.
• La certificación expedida por la Secretaría del Estado de Transporte y Obras Públicas o por la autoridad provincial o municipalidad que haga sus veces en las respectivas jurisdicciones que aluda a la condición de titular o permisionario de una explotación afectada al transporte de cargas en general y al vehículo o vehículos habilitados para tal cometido.
• Presentar prueba de cese
...........................
Con respecto a las pruebas, no las tiene por los 30 años ya que los primeros años trabajaba con el camión del padre, con respecto al carnet estuve averiguando y en el municipio no tienen archivos de tantos años como para darme una constancia que siempre tuvo licencia de camión, el tema de la secretaria de transporte tiene la tarjeta RUTA, pero eso también es algo relativamente nuevo. Considero que el que los aportes hechos en tiempo y forma de los primeros años ( incluso con categoría prima) justificarán los indicios de que tuvo la actividad, más las pruebas que tiene de los últimos años.
Escucho opiniones. GRACIAS!!!
Me vino a consultar un Sr. camionero de 63 años y con inscripción desde el 78 (aunque con algunos años de deuda) pero le da tranquilamente para jubilarse, el tema es que no se quiere bajar del camión, quiere seguir, pero más tranqui, menos viajes. Le comenté de las pruebas que tiene que ir consiguiendo pero no quiere dejar la actividad. ¿ Se podrá jubilar igual? creen que tendrá algún problema con el beneficio si sigue trabajando?
.... El respectivo título de dominio del vehículo que conducen que refiera la aptitud de éste para el transporte de cargas en general.
• La pertinente habilitación personal para conducir vehículos de transporte de cargas.
• La certificación expedida por la Secretaría del Estado de Transporte y Obras Públicas o por la autoridad provincial o municipalidad que haga sus veces en las respectivas jurisdicciones que aluda a la condición de titular o permisionario de una explotación afectada al transporte de cargas en general y al vehículo o vehículos habilitados para tal cometido.
• Presentar prueba de cese
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Con respecto a las pruebas, no las tiene por los 30 años ya que los primeros años trabajaba con el camión del padre, con respecto al carnet estuve averiguando y en el municipio no tienen archivos de tantos años como para darme una constancia que siempre tuvo licencia de camión, el tema de la secretaria de transporte tiene la tarjeta RUTA, pero eso también es algo relativamente nuevo. Considero que el que los aportes hechos en tiempo y forma de los primeros años ( incluso con categoría prima) justificarán los indicios de que tuvo la actividad, más las pruebas que tiene de los últimos años.
Escucho opiniones. GRACIAS!!!
