Hola! Si hay posesión del inmueble no te preocupes por la prescripción de 10 años del boleto, porque con la posesión queda interrumpida.
Respecto a la división de condominio, si no hay título de propiedad (escritura) no hay condominio, por lo cual mal podrías iniciar una acción por división del mismo. Si existe un boleto, es una promesa a escriturar pero todavía no hay propiedad por lo cual no hay condominio aunque sean varios los firmantes del boleto. Por lo menos yo tengo entendido que es así.
Primero habría q escriturar y recién después se puede dividir el condominio. Es un garrón pero creo q es así. Lo mas dificil es q te lo entienda el cliente... pero bueno.. no queda otra.
Si a alguien se le ocurre otra cosa por favor avisen!!!!