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  • sicam rechazado nuevo tramite como sigo..

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #717688  por floppy
 
hola amigos!! les pregunto tengo una clienta que vino con un sicam estado no vigente y tramite jubilatorio rechazado, de hace dos años atras, el motivo del rechazo porque no abono la segunda cuota del sicam. Dado que el plan lo envian en enero y el turno lo piden en mayo.
la idea era presentar un nuevo sicam y solicitar el turno. La pregunta, es tengo que presentar nota? para poder utilizar nuevamente el sicam o ya estoy habilitada? y lsi es así ...la nota donde se presentaría en anses o en afip?
Gracias
Floppy :P
 #717693  por dramamita
 
que raro!!!!!!!!!!! nunca vi que rechazaran por ese motivo, he presentado tramites con cuotas vencidas y las han descontado del retroactivo. De todas maneras si tenes que pedir el cierre de un sicam, lo haces por nota simple en anses.
 #717696  por floppy
 
gracias!!! si a mi tambien me llamo la atención.......a lo mejor consideraron que estaba en estado no vigente el sicam por eso que se dice del plazo de 45 dias desde que se envia??....no sé? ...en fin...nuevamente gracias por tu ayuda!!
floppy :P
 #717708  por arielruiz86
 
floppy escribió:hola amigos!! les pregunto tengo una clienta que vino con un sicam estado no vigente y tramite jubilatorio rechazado, de hace dos años atras, el motivo del rechazo porque no abono la segunda cuota del sicam. Dado que el plan lo envian en enero y el turno lo piden en mayo.
la idea era presentar un nuevo sicam y solicitar el turno. La pregunta, es tengo que presentar nota? para poder utilizar nuevamente el sicam o ya estoy habilitada? y lsi es así ...la nota donde se presentaría en anses o en afip?
Gracias
Floppy :P
El sicam se lo dieron de baja seguramente cuando se lo rechazaron o lo pidio algun otro tramitador para iniciarla nuevamente. Le pueden haber rechazado el sicam con justo motivo porque tal vez correspondia abonar la 2° cuota; si enviaron el plan en enero, la 1° cuota vencio en febrero, la 2° vencio en marzo y en abril ya se pasaron los 45 dias habiles desde que se envio el plan (enero) y si pidieron el turno recien en mayo debian haber pagado las cuotas vencidas hasta marzo o abril. Recordemos que una vez pasados los 45 dias del envio del plan si no se pide el turno en ese plazo son exijibles las demas cuotas que se van venciendo hasta el dia del turno.
 #717819  por marita20
 
Hola Floopy, tenes que imprimir la Declaración jurada y presentarte con un nota en anses para dar de baja obviamente firmada por la titular. ¿ya probaste de mandar un nueva deuda?, pues hacelo y te darás cuenta si está trabado para enviarla, caso contrario una vez dada de baja podes pedir el turno. *leo*