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  • NUEVA CIRCULAR.. fotocopia de dni

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #719290  por ecata
 
ESTIMADOS FORISTA.
hoy jueves 26 de mayo entro en vigencia una nueva circular que impide aceptar a las UDAI fotocopia de DNI que no fueren certificadas en la misma UDAI de inicio.............etc....la circular...hace mencion al art. 979 del C.C y los pone como excepcion......(certificado por policia, juez, escribano).....AHORAAAAAAAAAAAAAAAA.....alguien me puede interpretar el art. 993, 995, y 996 del C.C.....
 #719311  por ale_7500
 
En mi caso siempre voy con el cliente (viste que en provincia de bs as hace años que la policía y los juzgados de paz no certifican más) y con la copia del dni más el dni original
 #719484  por susana40
 
La autoridad policial, jefe - subjefe de comisaria son competentes para certificar fotocopias con el original a la vista, obvio. O sino hay que cambiar las normativas. El anses se considera supremo.
 #719486  por noelin
 
ecata escribió:ESTIMADOS FORISTA.
hoy jueves 26 de mayo entro en vigencia una nueva circular que impide aceptar a las UDAI fotocopia de DNI que no fueren certificadas en la misma UDAI de inicio.............etc....la circular...hace mencion al art. 979 del C.C y los pone como excepcion......(certificado por policia, juez, escribano).....AHORAAAAAAAAAAAAAAAA.....alguien me puede interpretar el art. 993, 995, y 996 del C.C.....

q circular es????
 #719491  por fabidoc
 
no fuè siempre asì??
Cuando no puedo retenerles el documento, mando al cliente a certificar fotocopia en Juzgado de Paz. Eso sì lo siguen haciendo en provincia,lo que no hacen màs es certificar los formularios de ANSES.-
 #719507  por alejandra01
 
que suerte fabi...a mí no me quisieron certificar nada en el juzgado de paz. Necesitaba certificar unas actas de nacimiento y me sacaron volando...
En capital federal, policía sí certifica formularios de anses, al menos la carta poder.....
fabidoc escribió:no fuè siempre asì??
Cuando no puedo retenerles el documento, mando al cliente a certificar fotocopia en Juzgado de Paz. Eso sì lo siguen haciendo en provincia,lo que no hacen màs es certificar los formularios de ANSES.-
 #719517  por susana40
 
En los mismos formularios de anses, en su parte inferior, dice que podran certificar .....la policia, genedarmeria, policia federal.
 #719527  por peri1955
 
Acá en Avellaneda no te certifica juzgado de paz, te envía a registro civil y ellos te dicen que no tienen ninguna orden de La Plata y tampoco te certifican y anses tampoco.
O escribano o con dni original.
 #720065  por fabidoc
 
alejandra01 escribió:que suerte fabi...a mí no me quisieron certificar nada en el juzgado de paz. Necesitaba certificar unas actas de nacimiento y me sacaron volando...
En capital federal, policía sí certifica formularios de anses, al menos la carta poder.....
fabidoc escribió:no fuè siempre asì??
Cuando no puedo retenerles el documento, mando al cliente a certificar fotocopia en Juzgado de Paz. Eso sì lo siguen haciendo en provincia,lo que no hacen màs es certificar los formularios de ANSES.-
Cualquier cosa por esa zona donde trabajás certifica el Juzgado de Paz de Los Polvorines. Por lo menos hace un par de meses me trajeron certificaciones de ahí. Queda cerca de San Miguel.
 #720073  por Aimael
 
che yo vivia en el paraiso, aca donde yo vivo (que es cerca a Rosario) certifica comisario o juez de paz, estamos a 20 km de Rosario para la gente es una locura ir a Anses a firmar algo, si es por las copias no hay drama lo haremos con el Juez de Paz, pero cual es la circular de la que estamos hablando?
 #720085  por fabidoc
 
Alejandra Radua escribió:Hoy la circular estaba pegada por todos lados en el 1° piso de Profesionales.
Hace unos años tampoco aceptaban formularios certificados en otra UDAI; yo tenía que llevar a la persona a certificar allí o a los Juzgados de Paz.
 #720098  por diegomdp
 
Buenos Aires, 27 de mayo de 2011
CIRCULAR GPA Nº 25/11
CERTIFICACIÓN DE FOTOCOPIAS DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL SOLICITANTE y DOCUMENTACIÓN DE VÍNCULOS FAMILIARES
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPA Nº 24/11
Se pone en conocimiento de las Áreas operativas de esta Administración, que toda fotocopia de documentos de identidad del solicitante y documentación de vínculos familiares, que se encuentre certificada por un Agente de este Organismo, será válida única y exclusivamente, para los tramites a realizar en la misma Delegación donde el Agente certificante presta servicios y tal acreditación se llevó a cabo.
Queda exceptuado de esta normativa lo atinente a lo dispuesto por el Art. 979 inc.2 CC, cuando dispone que son instrumentos públicos respecto de los actos jurídicos, entre otros, cualquier instrumento que extendieran los escribanos o funcionarios públicos en la forma que las leyes hubieran determinado. Por lo que, dado que la exigencia de aportar el documento original del titular excede el marco normativo, no existe impedimento alguno para acreditar la identidad del peticionante mediante fotocopia del DNI certificada por escribano público o autoridad judicial.
En estos últimos casos, la responsabilidad del personal de ANSES por las posibles irregularidades que puedan cometerse y que intentan prevenirse con la solicitud del DNI original, quedarían a resguardo, toda vez que los funcionarios certificantes mencionados actúan en pleno ejercicio de sus facultades, debiendo responder por cualquier violación a la ley en la que pudieran incurrir.
A excepción de:
a) Las Oficinas que dependen exclusivamente de una UDAI cabecera. (Como sería por ejemplo: la Oficina del Carril que depende de la Udai Salta).
b) Áreas Centrales que remiten documentación a la Gerencia Unidad Central de Apoyo.
c) La documentación que la Udai remite para unificación/asociación de CUIL a Gerencia Unidad Central de Apoyo.
d) Canales Alternativos (ej UDAM) que remite documentación a las UDAI, UDAT o Áreas Centrales.