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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #722320  por doctoraro2
 
Buenas!
Me presento, soy abogada y actualmente litigo en prov. de Bs. As.
Como defensora oficial me llegó un caso para hacer los alimentos y tenencia, pero entiendo que debo iniciar alimentos y en la 1º audiencia hablar sobre la tenencia, es correcto? qué opinan?
Otra cuestión es que el ex marido de mi cliente se fue hace 6 años sin dejar rastro... saqué una dirección del padrón electoral (de Malvinas Argentinas), pero no se si jugarme de lleno a mandar notificar ahí y que no sea, ya que mi clienta esta a 600 km de ahí

Espero sus respuestas colegas,
muchas gracias por leerme!!

Saludos, doc
 #722415  por gero
 
Hola Doc, En principio siendo que el menor esta reconocido deberia plantearse los alimentos como medida cautelar - en la misma audiencia se puede tratar el tema de tenencia y regimen de visitas con lo cual de tratrse estos puntos y de llegar a un acuerdo seguro van a recaratular el expediente.-
Ahora el tema del domicilio del demandado es un tema, habria que buscarlo para asegurarse la notificacion y evitar perdida de tiempo.-
600 Km. donde vive tu cliente o supuestamente su ex. es otro caso complejo, para notificar pero no imposible.-