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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #63999  por Romina Asensio
 
Tengo una cliente que tiene que ir a cobrar por primera vez su jubilación por moratoria y se le complica, la tendrían que llevar en silla de ruedas.
Puede ir el hijo, que tipo de poder le tiene que hacer?
Gracias.
 #64002  por marluwill
 
Romina Asensio escribió:Tengo una cliente que tiene que ir a cobrar por primera vez su jubilación por moratoria y se le complica, la tendrían que llevar en silla de ruedas.
Puede ir el hijo, que tipo de poder le tiene que hacer?
Gracias.
Romina: a mi me paso algo parecido, esta mujer fue a españa y recien viene en diciembre y atraves del consulado certifico poder de anses (para percibir), para su hijo y se lo envio asi pudo cobrar, espera otras opiniones a ver si a alguien le paso un caso parecido, espero que pueda cobrar xq depende eso el pago de tus honorarios, suerte y contanos, saludos marluwill :roll: :idea:

 #64069  por amonra1962
 
Hola Romina.
Mirá, desgraciadamente, la vas a tener que llevar en sillas de ruedas a cobrar la primera vez y de alli ir al anses, con el recibo de pago de haberes, para que le hagan el poder al hijo. Por supuesto, esto queda fuera de tus honorarios ordinarios, si es que vos vas al anses con ellos, yo cobro por lo menos $ 100.- mas, pero queda a tu criterio.
Espero te sirva.
Raul.
 #64463  por marianodiego
 
Romina Asensio escribió:Tengo una cliente que tiene que ir a cobrar por primera vez su jubilación por moratoria y se le complica, la tendrían que llevar en silla de ruedas.
Puede ir el hijo, que tipo de poder le tiene que hacer?
Gracias.
Este mes tuve un caso igual y me fui a una udai chica y tramite el poder provisorio hasta tanto salga en el recibo el nombre del apoderado..
lleva carta poder cirtificada y dni de los dos, la resolucion de tenerla y algun certificado medico ( esto no es necesario)
 #64479  por empí©docles
 
Romina Asensio escribió:Tengo una cliente que tiene que ir a cobrar por primera vez su jubilación por moratoria y se le complica, la tendrían que llevar en silla de ruedas.
Puede ir el hijo, que tipo de poder le tiene que hacer?
Gracias.
Querés el dato de un terser foro para seguir averiguando?