Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA SOBRE SENTENCIA DE CAMARA ¿RECURSO O ACLARATORIA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #726533  por Nano81
 
En una sentecia de camara de un juicio laboral resulto lo siguiente:
1) Confirmar la sentencia X, ... el monto de la condena deberá elevarse a la suma de $ 21325.
XI: Finalmente los honorarios los encuentro acordes al mérito, calidad, eficacio y extensión de los trabajos cumplidos, al resultado del pleito y a lo normado por el art. 38 de la L.O. y disposiciones arancelarias de aplicacion, por lo que deberán ser mantenidos, calculándose los porcentajes sobre el nuevo monto total de condena que propicio (incluyendo intereses).
XII. Por todo lo expuesto, de prosperar mi voto, propicio: 1) Confirmar la sentencia apelada y lo decidido a fs. 100; 2º) modificar el monto de condena elevandolo a la suma de $ 21325.

En primera instancia la sentencia habia salido por $ 19000 + intereses. (DANDO UNTOTAL DE CASI 40000)
En esta segunda instancia la sentencia de camara salio por $ 21325 (incluyendo intereses).

¿Que accion debera anteponer el abogado de la parte actora para que se reconsidere el fallo por el tema de los intereses?, ¿UN RECURSO O UN PEDIDO DE ACLARATORIA? ¿que plazos tiene?

Espero sus comentarios y fundamentos legales.

Slds
 #726543  por Squonk
 
Del extracto del fallo que transcribiste, no surge que la sentencia de Cámara haya incluido los intereses en el monto que elevó.
No suele ocurrir eso.
De todos modos, si fuera así, lo único que te quedaría sería una aclaratoria que se interpone dentro los tres días de la notificación de la sentencia.
Saludos cordiales
 #726562  por Nano81
 
Gracias Squonk!

Es cierto que la sentencia de camara no dice exactamente las palabras "intereses incluidos" luego que da el monto, lo dice en otro parrafo donde habla de los honorarios pero tampoco dice, como si lo dice en 1era instancia, bien claro que es el monto mas intereses, te trascribo la sentencia de 1era instancia:

1) Receptar la demanda interpuesta y condenar al demandado a pagar al actor, mediante depósito a realizarse en las presentes actuaciones dentro del quinto día de aprobada la liquidación que estipula el art. 132 de la LO, la suma de $ 19021 con más intereses conforme tasa activa impuesta por el Banco de la Nación Argentina a computar desde el 18 de agosto de 2006 al efectivo pago; 2) Imponer las costas del litigio al demandado y 3) Fijar los honorarios de representación y patrocinio de la actora y demandado en los porcentuales del 15% y 7%, respectivamente, del monto de condena -capital más intereses- que resulte al practicarse liquidación, aclarando que los emolumentos regulados recompensan la totalidad de los trabajos -judiciales y extrajudiciales- realizados en beneficio de los litigantes. Reg. not. y cúmplase. Oportunamente, archívese.

¿COMO JUEGA EL HECHO DE NO DECIR NADA EN LA 2DA INSTANCIA RESPECTO DE LOS INTERESES?, ¿EN UNA SENTENCIA SE PUEDE SOBREENTENDER QUE HAY QUE SUMAR INTERESES SINO DICE NADA? YO ENTIENDO QUE SI LA SENTENCIA ES UN MONTO FIJO Y NO ACLARA MAS NADA ESE SERÁ EL MONTO FINAL A PAGAR.

ME SACAS LAS DUDAS POR FAVOR, EN ESTE CASO, VOS DECIS QUE DEBO PRESENTAR UN PEDIDO DE ACLARATORIA NOMAS Y NO UN RECURSO, REALMENTE NO ME QUIERO "QUEDAR CORTO" Y QUE LUEGO EL ABOGADO DE LA DEMANDADA DEPOSITE SOLO EL MONTO DE CAMARA Y NO PUEDA HACER NADA DESPUES.

ESPERO TUS COMENTARIOS, ANTE TODO MUCHAS GRACIAS
 #726565  por Squonk
 
Al confirmar el fallo de la instancia inferior, se entiende que se aplican los intereses tal como fueron establecidos por el juzgado.
La Cámara solo cambió el monto base porque debe haber incluido otros rubros que el juzgador de grado no consideró.
Ahora cuando baje, hay que hacer la liquidación y se van a liquidar los intereses.
Si querés presentar aclaratoria para estar mas tranquilo, presentala, pero te van a proveer, que siendo claro el fallo, no hay nada que aclarar.
Slds