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 #729005  por fugitiva
 
JUICIO SUMARIO EN PCIA DE BUENOS AIRES:

1.- CON LA DEMANDA OFREZCO LOS PUNTOS PERICIALES. LUEGO SE PUEDEN AGREGAR OTROS PUNTOS?
2.- EN QUE MOMENTO PROCESAL ME PUEDO OPONER A LOS PUNTOS PERICIALES OFRECIDOS POR LA OTRA PARTE?
3.- CUANDO AL OFRECER LOS PUNTOS SE PONE: TODO DATO QUE SIRVA PARA DILUCIDAR LA CAUSA.. QUE SIGNIFICA ESO EN LA PRACTICA?
 #729263  por kantaclaro
 
En este tipo de juicios no podés ampliar la prueba, salvo ante hechos nuevos.
El momento para oponerse es al contestar el traslado de la contestación de dda.
Significa la posibilidad que el perito se extienda en apreciaciones que ayuden a dilucidar ciertas cuestiones.
Saludos
 #730257  por fugitiva
 
El auto de proveimiento de prueba dice básicamente: "Con el objeto de designar Perito , hágase saber al Organo de contralor .."

El Juzgado es el que se encarga del sorteo del perito y por toda de notificar al Organo de Contralor?
Tengo alguna carga procesa en todo ello siendo que fui quien ofreció la prueba pericial?
 #730620  por kantaclaro
 
El OC es, gralmente, la cámara; y designado el perito deberás notificarlo para que acepte el cargo. Saludos