Hola les escribo para consultarles por un tema, es así:
Divorcio por presentacion conjunta: sentencia 12/2010
Existe un solo bien adquirido dentro del matrimonio. Actualmente en el domcilio se encuentra el Sr, quien le impide el ingreso hace 3 años a la Sra, quien se contacto conmigo.
Mi clienta quiere iniciar liquidación.
Mi pregunta es?
Primero debería solicitar medida cautelar de embargo del 50% de inmueble? y luego iniciar liquidación o
Inicio directamente Liquidacion de sociedad conyugal y en la misma solicito la medida cautelar?
Lo pregunto porque esto tramitaría en los tribunales de Lomas. Sobre todo con el tema de la etapa previa. Porque estuve preguntando y algunos me dicen que no operaría la etapa previa en una liquidacion con pedido de cautelar, y otros me dicen que si.
Aclaro que existe en trámite una medida cautelar para que se trabe el 50% de los fondos que posea el sr. en cualquier cuenta.
Agradezco a cualquiera que me pueda dar su opinión al respecto.
Gracias.
Divorcio por presentacion conjunta: sentencia 12/2010
Existe un solo bien adquirido dentro del matrimonio. Actualmente en el domcilio se encuentra el Sr, quien le impide el ingreso hace 3 años a la Sra, quien se contacto conmigo.
Mi clienta quiere iniciar liquidación.
Mi pregunta es?
Primero debería solicitar medida cautelar de embargo del 50% de inmueble? y luego iniciar liquidación o
Inicio directamente Liquidacion de sociedad conyugal y en la misma solicito la medida cautelar?
Lo pregunto porque esto tramitaría en los tribunales de Lomas. Sobre todo con el tema de la etapa previa. Porque estuve preguntando y algunos me dicen que no operaría la etapa previa en una liquidacion con pedido de cautelar, y otros me dicen que si.
Aclaro que existe en trámite una medida cautelar para que se trabe el 50% de los fondos que posea el sr. en cualquier cuenta.
Agradezco a cualquiera que me pueda dar su opinión al respecto.
Gracias.