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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #64784  por Alberta
 
Hola,Buen día:
Necesitaría hacerles una consulta.
Una vez que sale el dictamen definitivo,art 50 ley 24241,el cliente debe presentar ante la AFJP la SPP.
La pregunta sería:en que tiempo le liquidan el retroactivo?es decir cuando tendría el alta el beneficio?alguien sabe?
Gracias.
Alberta.

 #64956  por empí©docles
 
Es definitivo????? Me parece que si recién va a iniciar (porque mencionás la SPP) es transitorio, o ya está cobrando??

 #64978  por Alberta
 
empédocles escribió:Es definitivo????? Me parece que si recién va a iniciar (porque mencionás la SPP) es transitorio, o ya está cobrando??
Menciono la SPP,porque la AFJP una vez que salió el dictamen definitivo le solicita al inválido,llenar el formulario por si en estos ultimos 5 años(los q llevo el trámite),hubo algun cambio;como por ejemplo cantidad de beneficiarios,alguna baja etc...
Está cobrando retiro transitorio;una vez presentada la 2ºSPP le dan el alta.
Mi pregunta es:alguien sabe cuanto tardan en darle el alta.

Gracias.