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  • accidente de transito, in itinere... Resp civil y ART?

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 #730919  por DraSabri
 
Hola colegas!
Les cuento un caso: mi cliente en moto, camino al trabajo, es embestido por un vehiculo. Desde entonces esta con ART, dadno prestaciones dinerarias y en especie. Ya esta con rehabilitación pues tuvo una fractura.

Lamentablemente, me acabo de enterar que el emebistente no tiene seguro. Si tiene algun bien p ejecutar, pero de todas maneras, cambia la cosa, pues p llegar a un acuerdo, los montos tienen que ser mas "razonables" q si pudiera negociar con una aseguradora...

El tema es que aca tb tengo ART, que pagara luego del alta por la incapacidad que le fijen al trabajador...

Entonces, se me plantea el caso de analizar la posibilidad de llagr a un acuerdo con la embistente, y luego cobrar tb de la ART, por la indemniz tarifada. Podría caber esto en una excepcionq ue no sse considere que la victima cobraría 2 veces? es decir, la ART no da una indemnización integral, sino que sería tarifada. Y yo por otro lado, con la persoa embistente, llego a un acuerdo indemnizatorio transaccional, y entre los 2 puedo llegar a un monto razonable de acuerdo a las lesiones... Que opinan? Hay chances que la ART luego de pagar, accione contra la causante del daño para repetir?
 #740546  por DraSabri
 
Colegas, no tengo acuerdo posible con el embistente (quien les recuerdo NO tiene seguro...) aparentemente si es dueña de una camioneta (50%) que ni se que valor tendrá...

Entonces, tengo ART por el in-itinere (por la indemnizac tarifada de la LRT); y tengo resp civil integral, pero contra esta persona, con el problema de su solvencia...

Si inicio juicio a la conductora-dueña del vehículo -pensando en poder ejecutar esa camioneta que tiene-... esto me invalidaría una acción contra la ART? es decir, la ART ante el alta, si hay incapacidad va a abonar directamente una indemnización. Supongamos que sea poca, yo normalmente, sea que mi cliente cobre o no, iniciaría juicio a la ART por la diferencia. esta acción tarifada solo me cubriría inc fisica. PERO SI EN PARALELO TENGO JUICIO CONTRA LA CONDUCTORA? se podría interpretar que cobro dos veces.. o no? pero como hago sino?

Help!
 #740600  por estudiojuridicobds
 
colega: le cuento que he realizado una presentación con un caso similar a usted, entiendo y pedí que ambas indemnizaciones no se complementan, si no que concurren por vías diferentes, la doctrina entiende que si ( trigo represas entre otros) ambas indemnizaciones provienen de circunstancias diferencias una tiene su apoyo en un contrato de seguro como es la art como dijo usted no contempla el daño moral ni el psicológico, y la otra encuentra su fuente de responsabilidad en un acto ilícito, hay fallos que entienden que si a la victima se le descuenta lo que ha percibido por la art por ejemplo, se estaría exonerando de una parte de la indemnización integral a un tercero ajeno a esa relación. recién corrí traslado de demanda veremos que me dice el tribunal
 #740689  por DraSabri
 
que buen planteo colega...! me alegra saber que tiene un caso similar! porque a veces me parece que los complicados me tocan a mi nada mas jajaja! porque nada es lineal como se estudia?? que dificil ejercer... pero que lindo! mas cuando se pueden intercambiar opiniones entre colegas, porque en mi caso, sin socios ni muchos conocidos que hagan lo mismo que yo, se me limitan las posibilidades de enrriqucerse compartiendo ideas con otros colegas...

Bueno, siendo que vamos por caminos similares, quedemos en contacto para contarnos las novedades, le parece??!

Gracias!
 #745088  por DraSabri
 
Le dieron el alta a mi cliente, por parte de la ART, se reincorporò al trabajo y lo despidieron! de terror, pero se veia venir.... (es eventual.... o quieren que sea)...

La ART le dio un 5% de INCP; lo citaron a Comision Medica, ya fue; ahora hay q esperar el rdo del dictamen. Luego, la ART indemnizarà depositando directamente la plata en su cuenta, si es que no se la cerraron ya; o bien le hara ir a cobrar el dinero... AHora, de esa indemnizaciòn podrìa cobrar parte de mi pacto? no no?? jaja... es que se puso re complicado el caso y ya me veo que no cobro un mango de ningun lado....
Bueno, eso punto uno.

Por otro lado, pensaba que se vaya a hacer ver con un legista p ver si la incp que le dieron esta bien o si puedo ir a juicio p pedir unos puntos mas...

Por ultimo, tengo que ir preparando la demanda civil contra la camioneta que lo choco, y ver si puedo lograr completar un poco la indemnizacion por ese lado...

Todo ok? o alguna sugerencia?
 #745095  por eltam88
 
DraSabri escribió:Le dieron el alta a mi cliente, por parte de la ART, se reincorporò al trabajo y lo despidieron! de terror, pero se veia venir.... (es eventual.... o quieren que sea)...

La ART le dio un 5% de INCP; lo citaron a Comision Medica, ya fue; ahora hay q esperar el rdo del dictamen. Luego, la ART indemnizarà depositando directamente la plata en su cuenta, si es que no se la cerraron ya; o bien le hara ir a cobrar el dinero... AHora, de esa indemnizaciòn podrìa cobrar parte de mi pacto? no no?? jaja... es que se puso re complicado el caso y ya me veo que no cobro un mango de ningun lado....
Bueno, eso punto uno.

Por otro lado, pensaba que se vaya a hacer ver con un legista p ver si la incp que le dieron esta bien o si puedo ir a juicio p pedir unos puntos mas...

Por ultimo, tengo que ir preparando la demanda civil contra la camioneta que lo choco, y ver si puedo lograr completar un poco la indemnizacion por ese lado...

Todo ok? o alguna sugerencia?
Si hay incapacidad podés meterle demanda civil tanto a ART como a Empleador(previo andá a médico legista). ¿el despido fue sin expresar causa? Evalua el tema de un posible despido discriminatorio.
 #745138  por estudiojuridicobds
 
si lo primero que tenes q hacer es buscar un medico legista, yo trabajo con uno que trabajaba para varias compañias y esta en una comision medica por lo que podes inclusive ponerlo como consultor tecnico, eso hago yo, en cuanto a lo que cobre tu cliente obvio que si, tenes que cobrar tu porcentaje de todo lo que cobra el. mandame un mail a p.delossantos(arroba)estudiobds.com.ar que te paso un modelo de demadna que te va ayudar es un caso similar al tuyo
 #745946  por DraSabri
 
Hola colegas!

Eltam, es in itinere, por eso es que resp. civil no puedo, y al empleador tampoco... eventualmente voy por la tarifada de la LRT.

Entonces, primero que vea un legista. Si le da mas %, inicio juicio a la ART.

Y aparte voy por la resp. civil contra el conductor y dueño de la traffic que lo embistió, no mencionno nada de lo cobrado por ART.... y de ultima que sea la defensa la que lo plantee, no??

Lo del despido el cliente quiere dejarlo asi. Les conte que es tr eventual? y cree que por iniciar juicio no va a entrar en otras empresas, asi que lo despidieron si motivo (teoricamente "fin" de ese pico de producción que justifico la contratacion eventual), pero el lo quiere dejar en la nada.--sino tenía el 3er. juicio!--

Asi que bueno, por ahora, como decia antes: medico legista, si hay mas incapacidad, juicio a la ART.
Mientras, preparo la demanda civil comun con BLSG por el accidente de transito.
 #746057  por DraSabri
 
La Comisión Medica le dio un % mayor al de la ART.... si.... increible pero real!....
Mañana voy a la Comisión a ver que onda. El cliente me dijo que firmo, y no en disconformidad, igualmente eso no es impedimento para nada....

Pero estimo que la ART va a apelar ese dictamen no? o ante esta divergencia ya va directo a la COmisión Central de Capital??.... y ahi se define....?

A mi me conviene apelarlo tb? o hacer algo en esta instancia? o me quedo espectante y si despues el legista dice que la incapacidad es mayor directamente inicio una acción judicial? (en mi experiencia, nunca la comision dio mas que la ART, siempre ratifico, y por ende la ART pago enseguida, y mi proximo paso fue el juicio.... aca no se como conviene seguir)
 #1028137  por Nestor1234
 
Hola Colegas. Buscando informacion sobre este tema vi que el caso es el mismo que ahora tengo yo.

Quisiera saber como les fue, porque mi duda esta en que si tengo que denunciar el monto recibido por parte de la art o no ???
La comision le dio un 26% de inc y el medico legista 31%, pero con el baremo del civil le dio 43 %.

Gracias !!!!
 #1028379  por DrAccidente
 
DraSabri escribió:La Comisión Medica le dio un % mayor al de la ART.... si.... increible pero real!....
Mañana voy a la Comisión a ver que onda. El cliente me dijo que firmo, y no en disconformidad, igualmente eso no es impedimento para nada....

Pero estimo que la ART va a apelar ese dictamen no? o ante esta divergencia ya va directo a la COmisión Central de Capital??.... y ahi se define....?

A mi me conviene apelarlo tb? o hacer algo en esta instancia? o me quedo espectante y si despues el legista dice que la incapacidad es mayor directamente inicio una acción judicial? (en mi experiencia, nunca la comision dio mas que la ART, siempre ratifico, y por ende la ART pago enseguida, y mi proximo paso fue el juicio.... aca no se como conviene seguir)
Estimada Sabri, si estás de acuerdo con el porcentaje no apeles, esperá y cobrá. Por supuesto estate atenta para cobrar el pacto de cuota al cliente. Las comisiones en mi experiencia suelen dar más que las Art. En cuanto al juicio civil, yo no me complicaría si son insolventes y sin seguro. Abrazo