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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #64942  por Daniel Kleimann
 
Hola colegas, bueno les dejo una consulta a ver si me dan su consejo

Hace 6 años por insistencia de un amigo de la facultad tome el patrocinio de su padre para un reajuste de haberes previsionales a pesar que solo hago penal, como sabia de antemano la complejidad del proceso; por hacer la gauchada y convencido de una sentencia favorable, acepte y fijamos oportunamente un pacto de cuota litis por el 30% del monto a percibir. Desde ya abuelo de 75 años, estuvo de acuerdo en todo momento, aparte me pareció una persona re simpática y honorable.
El problema vino cuando tras lograr la sentencia definitiva en la cámara, a los 5 meses cobró el reajuste y se borro. Cuando me percato de esto lo cito en el estudio y le recuerdo que ya ha pasado casi un año desde el cobro y todavía no me abonado mis honorarios. Realmente no se imaginan la reacción del abuelito, no solo me dijo que no me iva a pagar lo acordado mediante insultos que no voy a reproducir, sino que argumento que mis pretensiones no se ajustan a la Ley 21.839/78 y que asesorado por otro colega: solo pensaba reconocer el monto fijado por el juez.

Se podrán imaginar que después de tanto tiempo y esfuerzo invertidos, no me voy a conformar con $523.65, en fin acá estoy con mucha indignación
Antes de intentar embargar sus haberes para cobrar, me gustaría que me den su consejo, ya que por lo que yo entiendo solo le puedo reclamar por Cuota Litis como máximo el 20% de lo cobrado + los $523.65 fijados por el juez.

Gracias
Kleimann D.

 #65495  por empí©docles
 
La ley 17040 fija DOS mensualidades para las tramitaciones comunes pero en nada se refiere a la actuación judicial.-
Donde yo tramite, tendrías que ceñirte a lo regulado por el juez con más los intereses desde la fecha de cobro.- Lo del 20% es el monto a embargar sobre el beneficio.- Antes que nada, aunque sea para escarmiento.- Nunca se sabe qué esconde el abuelito simpático y honorable...
 #65714  por Soniaabril
 
Hola, generalmente, los pactos de cuota litis, no pasan el 20% del monto por una cuestion de moral y buenas costumbres, ya que la esencia del pacto de cuota litis, para mi modesto entender, es un acuerdo de voluntades cuyo objeto son los honorarios al finalizar un proceso, por lo tanto se deberia respetar esto, tendrias que ejecutar el Pacto, embargar el sueldo, lo que te va a llevar tiempo, considerando que solo se va a embargar el 20%, en el interin, pueden llegar a un acuerdo, si te ofrecen el 20% mas dos prest. esta bueno (apreciacion personal y subjetiva carente de relevancia) ya que dependiendo del monto de la jub. vas a estar años por chirolas, no se toda la plata junta esta mejor. A lo que voy, y por favor que alguien me corrija si me equivoco, no es ilegal fijar un porcentaje mayor al 20%, por lo tanto, ejecuta, nomás! y de ultima que el juez haga de moderador, pero no se con que fundamentos atacaria un acuerdo de voluntades, a no ser que se pruebe lesion, imprevicion, o algun vicio de la voluntad, por la cual el cliente no sabia lo que hacia al firmar en ese momento, y eso hay que probarlo!
Suerte!

 #68778  por Daniel Kleimann
 
Muchas gracias , le cuento que que la saga del Abuelo va a llegar a final feliz
ya que le envie dos CD y contacte a su pariente advirtíendole que además del reclamo de honorarios impagos, estoy evaluando una demanda por calumnias {ahi logre llamar su atencion} , ahora esta mas proclive a acordar
despues les cuento el epílogo.
Soniaabril escribió:Hola, generalmente, los pactos de cuota litis, no pasan el 20% del monto por una cuestion de moral y buenas costumbres
Estimada Sonia, yo le fije 30%, por que evaluando tiempo; complejidad y monto a percibir , calcule un redito de entre 3y4 mil que no me parece exorbitante, pero bueno de verdad te digo que por menos no me embarcaba en esta aventura. Es más se de casos donde acordaron el tope.

Soniaabril escribió: A lo que voy, y por favor que alguien me corrija si me equivoco, no es ilegal fijar un porcentaje mayor al 20%, por lo tanto, ejecuta, nomás! y de ultima que el juez haga de moderador, pero no se con que fundamentos atacaria un acuerdo de voluntades, a no ser que se pruebe lesion, imprevicion, o algun vicio de la voluntad, por la cual el cliente no sabia lo que hacia al firmar en ese momento, y eso hay que probarlo!
Suerte!
Bueno Sonia, yo concuerdo a pleno con vos, no obstante me se me abrio el interrogante cuando, haciendo sobremesa con un colega del estudio (hace penal tambien) me discrepa, basandose en la 21839/78 Art 4:

"Los asuntos o procesos previsionales, alimentarios y de familia, no podrán se objeto de pactos. Tampoco podrán pactarse honorarios exclusivamente con relación a la duración del asunto o proceso"

De todos modos, en vista de lo sucedido, no lo perdono al nono y del 20% + honorarios fijados no me bajo {asi va a prender!!}

Saludos
Daniel

 #69077  por Soniaabril
 
Espero que llegues a cobrar lo pactado, Exitos! ahora, que bueno es compartir opiniones sobre diversos temas, como se crece en el conocimiento legal debatiendo, celebro esto, en estos momentos con vos, ya que tengo poco tiempo en esto. Gracias! ja, y hasta otra oportunidad!
Sonia

 #69127  por MARCEJU
 
Daniel: Efectivamente los asuntos previonales no son pasibles de pacto.

Por otra parte, se piensa en la buena voluntad y la desprotección del anciano pero no es él primer caso en el cual un colega se ve estafado por un inocente jubilado.

Gracias a los consejos de un amigo que padeció lo antedicho, cada vez que un cliente tiene q cobrar una jubi, ademas del respectivo convenio de honorarios lo acompaño a combrar al banco con la excusa de tener q entregarle el carnet para cobrar y dejando establecido de ente mano que ese es el momento en el cual cobro mis honorarios.

Espero tengas existo!!

Marcela