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  • Alimentos hijo mayor discapacitado

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #731568  por leandrocar
 
Buenas abogados,quieron consultar sobre el cobro d alimentos d mi cliente quien tiene una grave enfermedad degenerativa,ya perdio sus piernas, vive con su madre en un garage y en indignas condiciones no se imzginan, su padre es un militar retirado q cobra unos $7000 y solo le pasa mensualmente $500..ademas es propietario de varios inmuebles y hace unas semanas se compro el sr un 0km..los padres hace 35 anos q estan separados pero no divorciados, y este sr ha cometido ademas d adulterio grandes hechos injuriosos contra la madre y contra el hijo..

quisiera saber, como es el procedimiento para iniciar el cobro d alimentos en pcia d bsas?, cuales son los pasos a seguir?..y toda recomendacion q m puedan dar les estare muy agradecido...muchas gracias
 #731633  por kantaclaro
 
No lo tome a mal ni como una falta de respeto, pero ... es Ud. abogado?
 #731664  por leandrocar
 
no, por favor no m ofendo es evidente mi falta de experiencia...me he recibido hace solo un par d meses y estas cuestiones de delicado trato intento consultarlas bien para no cometer ningun tipo d error y no dejar asi huecos por cubrir...esto practicamente lo voy a hacer por amor a lo justo ya q la recompensa sera modestisima por las condiciones del caso...si ud m quiere ayudar le agradezco sino desde ya, no se moleste por contestar, pq sere joven pero lo tomo muy en serio.disculpe ud mi atrevimiento.
 #731859  por kantaclaro
 
Siendo así, bienvenido!!
Si la cuota de alimentos que mencionás no surge de acuerdo judicial homologado o fue fijada en sede judicial, deberás iniciar un trámite de alimentos.
En dicha jurisdicción, en pcipio, el trámite se inicia en la receptoria gral de exptes acompañando la planilla de inicio, el bono ley 8480, copia del DNI del hijo (si su discapacidad no es intelectual, sino tendrá un representante legal) y original de la partida de nacimiento.
Ello, sorteado, pasará al consejero de flia quien fijará una audiencia de EP.
Pgta antes pues algunos trib. saltean para alim la EP y, a lo dicho, deberás acompañar la demanda.
Suerte y a tu disposoición
 #732039  por leandrocar
 
le agradezco su generosidad, le aseguro me ha sido de mucha utilidad..y espero poder defender correctamente los intereses y dchos de este cliente.