Hola colegas, esta vez les escribo por una ejecucion de honorarios mia.
En estos dias se resolvio:" ...mandar adelante la ejecucion hasta tanto el ejecutado no pague a la acreedora, dra....., integro pago de capital reclamado de $..... con mas los intereses que percibe el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones de descuento, deudas comerciales a 30 dias - tasa activa- desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago.... REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
El demandado no opuso ninguna excepcion, fue debidamente notificado, ahora bien debo notificarlo al mismo domicilio que la resolucion anterior? o puede ser en los estrados del Tribunal?
Otra inquietud, tengo que calcular yo los intereses a los que se refiere el despacho y presentar la liquidacion o puedo cobrar por lo pronto las sumas embargadas?
Por favor si alquien puede aclararme tooodas estas dudas, MUCHAS GRACIAS!!!
En estos dias se resolvio:" ...mandar adelante la ejecucion hasta tanto el ejecutado no pague a la acreedora, dra....., integro pago de capital reclamado de $..... con mas los intereses que percibe el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones de descuento, deudas comerciales a 30 dias - tasa activa- desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago.... REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
El demandado no opuso ninguna excepcion, fue debidamente notificado, ahora bien debo notificarlo al mismo domicilio que la resolucion anterior? o puede ser en los estrados del Tribunal?
Otra inquietud, tengo que calcular yo los intereses a los que se refiere el despacho y presentar la liquidacion o puedo cobrar por lo pronto las sumas embargadas?
Por favor si alquien puede aclararme tooodas estas dudas, MUCHAS GRACIAS!!!