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  • Me acabo de amargar. Estoy triste.

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 #736271  por estudiojuridicointegral
 
HOLA COLEGAS

Hace un ratito acabo de observar por internet que mi deuda con la Caja de Previsión Social para abogados (CAO) es UN MONTONAZOOOOOOOO; casi un autito modelo 2005 es lo que debo, un autito que me quisiera comprar. jajajaja... y eso que estoy matriculada no hace mucho (7 añitos nada mas).
Sinceramente no hice muchos aportes a la Caja y los juicios que tramité en provincia fueron contados con los dedos de la mano. Ahora se me hizo un choclo y los intereses son una barbaridad.

Me acabo de amargar. Entre Matriculas (Capital y Prov. de Bs As), C.A.O., Monotributo, Internet, Luz, agua, ABL y tel del estudio (x suerte no pago alquiler), cafe, bidones de agua, tinta para impresora, hojas A4, carilinas para los clientes que vienen a llorar y despues muchos de ellos no vuelven... y encima evacuada la consulta no preguntan cuanto me deben.

¿me explican como hago?
A veces pienso en cambiar de profesión...
En fin, perdon por el bajon.

Hay que contar con muchos $$$$$$$$$$ por mes para ejercer la profesión liberal de abogado, la competencia cada vez es MAS y los clientes cada vez menos.

PREGUNTAS:

Alguien sabe si los de la caja te dan alguna facilidad o moratoria?

Corro peligro de que me inicien un juicio para cobrarse esa deuda o me sigo quedando tranquila?

NECESITO QUE ME LEVANTEN EL ANIMO COLEGAS.

Saludos... MARIELA
 #736468  por vemat
 
Ojo. Trata de ir a alguna oficina de la caja previsional y regularizar tu deuda. Si no te conviene estar en la provincia date de baja, y exigile a tus clientes el aporte!!!
Creo que te permiten plan de pagos.pp

Y con seguridad, TE HACEN JUICIO Y TE TRABAN INHIBICIONES EN TODOS LOS REGISTROS, o por lo menos en inmueble y automotor de capital y provincia... Una vez que te inician el apremio el juez generalmente dicta las cautelares y nunca te corren traslado de la demanda.


No es de mucha ayuda, pero es para estar atenti
saludos
 #736732  por estudiojuridicointegral
 
gracias vemat por tu respuesta.

Dar de baja significa que no puedo estar matriculada en provincia? es decir no puedo ejercer la profesion en provincia de buenos aires?

y si doy de baja con la deuda que pasa?
como tengo que hacer para dar de baja?

Graciassssss
 #915685  por yellowlemon
 
El proyecto de ley fue ingresado el día 16 de noviembre de 2012 en la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, SEC P 1º 178 HORA 15:00. Dios bendiga a cada uno de los profesionales que firmaron el proyecto, han dado la cara, demostrando un valor enorme en todo sentido, utilizando las instituciones democráticas para reclamar derechos que nunca hemos tenido, "la libertad de opción".



Los que estén a favor de “la libertad de opción”, pueden sumarse al proyecto, presentando un escrito individual o colectivamente, sean abogados, contadores, escribanos, martilleros, farmacéuticos y cualquier habitante de cualquier Provincia, que se sienta perjudicado por la existencia de las cajas provinciales, en la oficina 230 2º Piso de la Cámara de Diputados.

El escrito que presenten debe decir lo siguiente (pueden mejorarlo).


Al Señor Presidente de la Cámara
De Diputados de la Nación:

Los firmantes-abogados, profesionales, estudiantes, trabajadores- nos dirigimos a Usted, a los efectos de adherirnos y sumarnos con nuestras firmas al proyecto de ley ingresado 16 de noviembre de 2012 conforme sello de la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, SEC P 1º 178 HORA 15:00. El proyecto presentado establece lo siguiente:

Artículo 1: Modificase el inciso b punto 4 del artículo 3 de la ley 24.241 que quedará modificado de la siguiente forma:
“4. Las personas que ejerzan las actividades mencionadas en el artículo 2º, inc b), apartado 2, dejarán de estar obligadas a aportar y de estar afiliadas obligatoriamente a uno o más regímenes jubilatorios provinciales para profesionales, como asimismo aquellas que ejerzan una profesión no académica autorizada con anterioridad a la promulgación de esta ley. Los profesionales que fueron obligados a aportar y obligatoriamente afiliados a los regímenes jubilatorios provinciales, podrán optar en cualquier momento por dejar de estar en esa situación de imposición y afiliarse al Régimen Previsional Público, SIPA. Esta modificación se dicta en virtud de la libertad Constitucional de no discriminación y de opción consagrada por el artículo 16 de la Constitución Nacional, del principio de razonablidad consagrado en el articulo 28 de la Constitución Nacional, del artículo 14 bis que prohíbe la superposición de aportes y de la supremacía de la Constitución Nacional y de las leyes nacionales sobre normas de inferior rango”.

Solicitamos su urgente tratamiento.
Saludamos muy atte.

Firma, aclaración y D.N.I.:

Firma, aclaración y D.N.I.:

Firma, aclaración y D.N.I.:


El que se sume al proyecto, son líderes del mismo y deben defenderlo como si fuese propio para que logre su urgente tratamiento. Deben utilizar todas las herramientas que tengan a su alcance para que el mismo tenga el fin que deseamos.
 #916668  por LorePerez
 
Por eso es q yo desde q me recibi, en el 2007, no me matricule en Pcia, xq es mucho de gastos, para quiza, como decis vos, tenr dos otres casos nada mas en estos años.

Yo te diria q des de baja la matricula de Pcia, q la suspendas, y te quedes solo con la de Capital, si es donde vivis y mas trabajas.

Yo tambien estuve bajoneada, xq si bien no tengo problema en cuanto a que tengo el Estudio gratis (mi papa es contador), hubo momentos donde no tenia ni un solo cliente, pero creo q tenemos q seguir luchandola, y en algun momento llegara la buena de verdad. Por suerte en este momento, yo estoy un poquito mejor, aunque sigo sin poder ahorrar.

Muchas fuerzas colega!!!!!
 #918521  por yellowlemon
 
yellowlemon escribió:El proyecto de ley fue ingresado el día 16 de noviembre de 2012 en la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, SEC P 1º 178 HORA 15:00. Dios bendiga a cada uno de los profesionales que firmaron el proyecto, han dado la cara, demostrando un valor enorme en todo sentido, utilizando las instituciones democráticas para reclamar derechos que nunca hemos tenido, "la libertad de opción".



Los que estén a favor de “la libertad de opción”, pueden sumarse al proyecto, presentando un escrito individual o colectivamente, sean abogados, contadores, escribanos, martilleros, farmacéuticos y cualquier habitante de cualquier Provincia, que se sienta perjudicado por la existencia de las cajas provinciales, en la oficina 230 2º Piso de la Cámara de Diputados.

El escrito que presenten debe decir lo siguiente (pueden mejorarlo).


Al Señor Presidente de la Cámara
De Diputados de la Nación:

Los firmantes-abogados, profesionales, estudiantes, trabajadores- nos dirigimos a Usted, a los efectos de adherirnos y sumarnos con nuestras firmas al proyecto de ley ingresado 16 de noviembre de 2012 conforme sello de la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, SEC P 1º 178 HORA 15:00. El proyecto presentado establece lo siguiente:

Artículo 1: Modificase el inciso b punto 4 del artículo 3 de la ley 24.241 que quedará modificado de la siguiente forma:
“4. Las personas que ejerzan las actividades mencionadas en el artículo 2º, inc b), apartado 2, dejarán de estar obligadas a aportar y de estar afiliadas obligatoriamente a uno o más regímenes jubilatorios provinciales para profesionales, como asimismo aquellas que ejerzan una profesión no académica autorizada con anterioridad a la promulgación de esta ley. Los profesionales que fueron obligados a aportar y obligatoriamente afiliados a los regímenes jubilatorios provinciales, podrán optar en cualquier momento por dejar de estar en esa situación de imposición y afiliarse al Régimen Previsional Público, SIPA. Esta modificación se dicta en virtud de la libertad Constitucional de no discriminación y de opción consagrada por el artículo 16 de la Constitución Nacional, del principio de razonablidad consagrado en el articulo 28 de la Constitución Nacional, del artículo 14 bis que prohíbe la superposición de aportes y de la supremacía de la Constitución Nacional y de las leyes nacionales sobre normas de inferior rango”.

Solicitamos su urgente tratamiento.
Saludamos muy atte.

Firma, aclaración y D.N.I.:

Firma, aclaración y D.N.I.:

Firma, aclaración y D.N.I.:


El que se sume al proyecto, son líderes del mismo y deben defenderlo como si fuese propio para que logre su urgente tratamiento. Deben utilizar todas las herramientas que tengan a su alcance para que el mismo tenga el fin que deseamos.