Hola colegas... tengo una duda, de como pasar un presupuesto por una sucesión...
Resulta que es para intervenir en una sucesión ya iniciada, por el conyuge superstite; yo me presentaría en nn de las dos hijas del causante, quienes concurrirían con la conyuge (pues el bien es propio, habido durante el matrimonio, pero por donación).
La conyuge esta patrocinada logicamente por un abogado, quien publico edictos, diligenció los informes etc.
Yo me presento previo al dictado de la declaratoria, por las 2 herederas omitidas en el inicio de la sucesión.
Como se toma el tema de los honorarios? segun lei, entiendo que al abogado que impulsa la sucesión en favor de todos, se le regulan sus honorarios a cargo de la masa... en cambio, aquel que actua en beneficio solo de algun heredero, sus honorarios se regulan a cargo de ese heredero...
Entonces, en este caso que les comento, mi cliente, debería soportar el proporcional de los honorarios del abogado de inicio la sucesión (patrocinando a la conyuge) y la totalidad de los mios?? no es asi??
Yo suelo pasar un presupuesto de antemano, no ir a regulación, porque la valuación fiscal es muy baja, y estimo conveniente dejar ese valor en el expte para el pago de tasas y aportes, y convenir aparte mis honorarios acordes a la realidad.... Pero ene ste caso de intervención "secundaria" no se como hacer....
GRACIAS!!
Resulta que es para intervenir en una sucesión ya iniciada, por el conyuge superstite; yo me presentaría en nn de las dos hijas del causante, quienes concurrirían con la conyuge (pues el bien es propio, habido durante el matrimonio, pero por donación).
La conyuge esta patrocinada logicamente por un abogado, quien publico edictos, diligenció los informes etc.
Yo me presento previo al dictado de la declaratoria, por las 2 herederas omitidas en el inicio de la sucesión.
Como se toma el tema de los honorarios? segun lei, entiendo que al abogado que impulsa la sucesión en favor de todos, se le regulan sus honorarios a cargo de la masa... en cambio, aquel que actua en beneficio solo de algun heredero, sus honorarios se regulan a cargo de ese heredero...
Entonces, en este caso que les comento, mi cliente, debería soportar el proporcional de los honorarios del abogado de inicio la sucesión (patrocinando a la conyuge) y la totalidad de los mios?? no es asi??
Yo suelo pasar un presupuesto de antemano, no ir a regulación, porque la valuación fiscal es muy baja, y estimo conveniente dejar ese valor en el expte para el pago de tasas y aportes, y convenir aparte mis honorarios acordes a la realidad.... Pero ene ste caso de intervención "secundaria" no se como hacer....
GRACIAS!!