PORFI...ES LA PRIMERA VEZ QUE TENGO UN CASO DE JUBILACION DE AMA DE CASA...ALGUIEN PUEDE AYUDARME CÓMO COMENZAR... YA ESTOY BAJANDO LOS FORMULARIOS QUE SE LLENAN...PERO QUE ES LO PRIMERO...GRACIAS GENTE!!!.-
dramamita escribió:tu lo has dicho.............subsiste!!!!!!!!!!!!!!!!Noto una leve ironia en la expresión "PEQUEÑOS CAMBIOS", no se xq me dá esa impresión ???
si tu consulta era esa, si, todo sigue igual con algunos "pequeños cambios" asi que presenta el tramite tranquila............o queres que te enseñemos a jubilar amas de casa??? por internet????????????? yo ya estoy vieja, cansada y con poca paciencia y soy de la epoca que habia que estudiar o trabajar en un estudio para adquirir practica pero tenemos tan buenos foristas que seguro van a colaborar
saludos
ale
300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-
300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-Hola, lo primero es pedirle a tu clienta que saque la clave fiscal en afip, luego con la clave entras en la pag AFIP y podes acceder al SICAM donde debereas completar los 30 años de aportes.
dramamita escribió:yo derivaria el caso a algun profesional.......si fuera un contador mucho mejor!!!! ......no es un tramite facil para comenzarYo a un abogado / a
saludos
ale
sandycar escribió:sandra no podes pagar de contado ese periodo, sino tenes afiliacion autonoma y lo pagas de contado tendrias que presentar las pruebas de la circular 33/11 que si las conseguis sos mandrake y si queres pagarlo con sdm ese periodo entra con el 906, todavia en anses no entendien bien como funciona el regimen simplifacado de la 25239 menos van a entender el regimen simplificado de 326/56300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-Hola, lo primero es pedirle a tu clienta que saque la clave fiscal en afip, luego con la clave entras en la pag AFIP y podes acceder al SICAM donde debereas completar los 30 años de aportes.
Si tu clienta tiene 60 años nacio en 1951, suponiendo que en julio 1951, ella cumplio los 18 años en julio de 1969, entonces en el SICAM en situacion de revista cargas desde agosto de 1969 hasta septiembre de 1993 que es lo que te entraria en moratoria y le pones actividad 307, ahora te queda afuera de la moratoria desde octubre 1993 hasta agosto de 1999 estos años que te quedan fuera de la moratoria tu clienta deberia pagarlo de contado en caso de no poder pagarlo de contado tendria que esperar si a la presidenta se le antoja extender el periodo de la moratoria. Escuche hay un par de meses que talvez los extendia al 2001 entonces ahi a tu clienta le entra todo en moratoria y solo paga la 1º cuota antes de enviar el plan al anses.
Bueno en caso que tu clienta quiera pagarlo de contado enviame un mensaje privado y te ayudo con el SICAM.
Saludos
Sandra