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  • JUBILAR A UNA AMA DE CASA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #743686  por 300861
 
PORFI...ES LA PRIMERA VEZ QUE TENGO UN CASO DE JUBILACION DE AMA DE CASA...ALGUIEN PUEDE AYUDARME CÓMO COMENZAR... YA ESTOY BAJANDO LOS FORMULARIOS QUE SE LLENAN...PERO QUE ES LO PRIMERO...GRACIAS GENTE!!!.-
 #743963  por 300861
 
...perdón!...a ver.... me consulta una ama de casa que va a cumplir 60 años y se quiere jubilar...ella nunca trabajo afuera de su hogar, por lo que tiene "0" aporte... tengo una amiga que en las mismas condiciones se jubiló hace un año...me pide que le haga el trámite. Es eso lo que pregunto...hago poco previsional... es factible, no quiero crear falsas expectativas en mi clienta... cómo empiezo, de ser posible... con la incorporación a la moratoria llenando el correspondiente formulario y pagando la 1er cuota.??? .. eso pregunto.- gracias.-
 #743964  por DRADIN
 
Si tiene 60 recién cumplidos y nada de aportes, ni un año siquiera, no la vas a poder jubilar.
 #744191  por dramamita
 
yo derivaria el caso a algun profesional.......si fuera un contador mucho mejor!!!! ......no es un tramite facil para comenzar
saludos
ale
 #744430  por 300861
 
pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-
 #744432  por dramamita
 
tu lo has dicho.............subsiste!!!!!!!!!!!!!!!!

si tu consulta era esa, si, todo sigue igual con algunos "pequeños cambios" asi que presenta el tramite tranquila............o queres que te enseñemos a jubilar amas de casa??? por internet????????????? yo ya estoy vieja, cansada y con poca paciencia y soy de la epoca que habia que estudiar o trabajar en un estudio para adquirir practica pero tenemos tan buenos foristas que seguro van a colaborar
saludos
ale
 #744574  por avel2007
 
dramamita escribió:tu lo has dicho.............subsiste!!!!!!!!!!!!!!!!

si tu consulta era esa, si, todo sigue igual con algunos "pequeños cambios" asi que presenta el tramite tranquila............o queres que te enseñemos a jubilar amas de casa??? por internet????????????? yo ya estoy vieja, cansada y con poca paciencia y soy de la epoca que habia que estudiar o trabajar en un estudio para adquirir practica pero tenemos tan buenos foristas que seguro van a colaborar
saludos
ale
Noto una leve ironia en la expresión "PEQUEÑOS CAMBIOS", no se xq me dá esa impresión ???
 #744608  por sanher
 
300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-



Una mujer con 60 años sin aportes hoy en día no se puede jubilar. Si conoces varios casos del año pasado, mujeres de 60 años y la jubilaron, derivala a ese profesional porque por derecha no se puede jubilar a nadie.
 #744809  por 300861
 
si....es verdad!!! nadie me puede enseñar a jubilar amas de casa por internet jaja!...sólo quería saber si aún es factible hacerlo, para no crear falsas expetativas en la persona que me consultó.... cómo empezar? empezaré como empecé algo por primera vez....con paciencia, con responsabilidad, preguntando, consultando y poniendo lo mejor de mi capacidad jaja!!...igual...gracias foristas, por la información.-
 #744819  por exjefe
 
Hola.

Una mujer de 60 años puede jubilarse como ama de casa. Te acoges a la moratoria y pagas como 83 meses de SDM. Hoy es aconsejable no presentar el tramite hasta tanto no se prorrogue la moratoria, no solo por el monto de dinero que debes disponer para el pago de los meses faltantes sino que por lo dificil que estan las UDAI con la verificaciones de empleadores y testigos, y si tienes suerte la jubilas. Suerte.
 #744844  por platon
 
Estimada amiga o colega: Manifiestole que en este foro, SE AYUDA; NO SE HACE tramites de jubilación.-

si Ud. lo que necesita es tramitar una jubilación..? LE ACONSEJO que lea debajo del prospecto. "SI USTED TIENE ALGÚN SINTOMA; CONSULTE EN FORMA URGENTE A UN MEDICO"

Por ello... si siente que no entiende consulte con un abogado previsionalista.- QUIERO DECIR CON ESTO; y no con animo de ofensa; que hacer Jubilaciones.... ES ANDAR UDAI POR UDAI; recibir cuanto ninguneo se le antoje a quien lo atiende; luchar contra el sitema. Ya sea informatico como de recursos humanos. lOS TIEMPOS de espera y de desespera. Una cliente que lo llame a las 2:00 de la mañana porque tiene un turno a las 8:00 del dia que recien comienza y se confunde de semana. El olor a orin en los pasillos de anses de los nenitos, de los pobres padres que estan desde las siete por la asignacion familiar. A un pequeño aliento de un colega que recien se levanta desde temprano y no tuvo tiempo de desayunar, el famoso no tenemos sistema y el turno no se puede reprogramar( a la espera de un nuevo mes); el cliente prepotente que dice y cuando nos van a atender.A LO QUE SE SUMA ENTRE OTRA QUE CON CREDENCIAL, siendo abogado y demás carrera de grado NO TE DEN una misero Historial laboral. Que lo que nosotros llamamos ADP fue mal tomado el trámite y el turno es hoy, con la carpeta arriba de esccritorio. Un SDM verdadero que vino para atras porque el empleador se confundio de días de trabajo. Que por la calle te digan como ca. an gente uds..

BUENO MI AMIGA; SINO QUIERE PASAR POR ESTO Y SEGUN ALGUN OTRA ANECDOTA DE OTRO COLEGA Y QUE SEGURAMENTE YO YA ME OLVIDÉ ... consulte con un abogado previsionalista o derive el caso. DEJELO para nosotros que estamos acostumbrados al quehacer diario

y que nos digan que por dos aportes estamos robando la plata. cuando tendriamos que cobrar tres.. MUCHAS GRACIAS

PD - disculpe los errores de ortografía, estoy esperando que ANSES me dé turno de aqui a un més.-
 #744905  por sandycar
 
300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-
Hola, lo primero es pedirle a tu clienta que saque la clave fiscal en afip, luego con la clave entras en la pag AFIP y podes acceder al SICAM donde debereas completar los 30 años de aportes.
Si tu clienta tiene 60 años nacio en 1951, suponiendo que en julio 1951, ella cumplio los 18 años en julio de 1969, entonces en el SICAM en situacion de revista cargas desde agosto de 1969 hasta septiembre de 1993 que es lo que te entraria en moratoria y le pones actividad 307, ahora te queda afuera de la moratoria desde octubre 1993 hasta agosto de 1999 estos años que te quedan fuera de la moratoria tu clienta deberia pagarlo de contado en caso de no poder pagarlo de contado tendria que esperar si a la presidenta se le antoja extender el periodo de la moratoria. Escuche hay un par de meses que talvez los extendia al 2001 entonces ahi a tu clienta le entra todo en moratoria y solo paga la 1º cuota antes de enviar el plan al anses.

Bueno en caso que tu clienta quiera pagarlo de contado enviame un mensaje privado y te ayudo con el SICAM.
Saludos
Sandra
 #745061  por andrea1982
 
dramamita escribió:yo derivaria el caso a algun profesional.......si fuera un contador mucho mejor!!!! ......no es un tramite facil para comenzar
saludos
ale
Yo a un abogado / a :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #745074  por diegomdp
 
sandycar escribió:
300861 escribió:pero yo conozco varios casos, uno de ellos del año pasado que se han jubilado en término de tres meses acogiéndose a la moratoria?...esa manera, pregunto, ha sido derogada? o aún subsiste?. gracias.-
Hola, lo primero es pedirle a tu clienta que saque la clave fiscal en afip, luego con la clave entras en la pag AFIP y podes acceder al SICAM donde debereas completar los 30 años de aportes.
Si tu clienta tiene 60 años nacio en 1951, suponiendo que en julio 1951, ella cumplio los 18 años en julio de 1969, entonces en el SICAM en situacion de revista cargas desde agosto de 1969 hasta septiembre de 1993 que es lo que te entraria en moratoria y le pones actividad 307, ahora te queda afuera de la moratoria desde octubre 1993 hasta agosto de 1999 estos años que te quedan fuera de la moratoria tu clienta deberia pagarlo de contado en caso de no poder pagarlo de contado tendria que esperar si a la presidenta se le antoja extender el periodo de la moratoria. Escuche hay un par de meses que talvez los extendia al 2001 entonces ahi a tu clienta le entra todo en moratoria y solo paga la 1º cuota antes de enviar el plan al anses.

Bueno en caso que tu clienta quiera pagarlo de contado enviame un mensaje privado y te ayudo con el SICAM.
Saludos
Sandra
sandra no podes pagar de contado ese periodo, sino tenes afiliacion autonoma y lo pagas de contado tendrias que presentar las pruebas de la circular 33/11 que si las conseguis sos mandrake y si queres pagarlo con sdm ese periodo entra con el 906, todavia en anses no entendien bien como funciona el regimen simplifacado de la 25239 menos van a entender el regimen simplificado de 326/56