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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #749940  por brulito
 
Consulta Sra. Que en septiembre cumple 60 años, 10 años de aporte, solo se puede jubilar pagando de contado los años que le faltan de aporte??? o hay otra forma???
Gracias. Saludos.
 #749952  por lkgomez
 
Hay que ver si los 10 años de aportes que tiene son anteriores o posteriores a septiembre de 1993. Con respecto al pago de la moratoria, si no está percibiendo otro beneficio, lo puede cancelar en hasta 60 cuotas.
 #749989  por brulito
 
Hola gracias por responder, solo los 10 años de aportes que tiene son posteriores al 93, el tramite es así: espero a septiembre que cumpla la Sra. 60, se calcula por SICAM la deuda y se hace moratoria de 60 meses, se paga primer cuota y el resto se descuenta de la jubilación mes a mes, está bien???
Gracias.
 #750209  por noemiadriana
 
Esta todo bién, se la podes iniciar ahora, te la van a caratular como feliz cumpleaños y cuando sale acordada el retroactivo se lo pagan desde que cumple los 60 años.
 #750313  por lkgomez
 
Ojo! Que sólo se puede iniciar antes en caso que tenga todos los aportes, es decir si se jubila por ley 24241. Si lo hace por la 24476 debe esperar a cumplir los 60. No se puede iniciar antes. Tuve un caso en que inicié 3 semanas antes y como era con moratoria la tuve que volver a presentar después del cumpleaños.
Suerte!