EN UN JUICIO ORDINARIO EN EL CUAL GANE UNA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA , SOLICITE REG DE HONORARIOS Y EL JUZGADO ME PIDE CUENTA DE BASE PATRIMONIAL. TENGO QUE HACER LA LIQUIDACION CON TASA ACTIVA DEL PROVINCIA ( ESO ME DIJERON). QUISIERA SABER SI ES DESDE LA FECHA DE LA SENTENCIA A LA ACTUALIDAD. ???? Y DE SOBRE ESE MONTO EL JUZGADO HACE LA REGULACION , LUEGO DEL CORRESPONDIENTE TRASLADO???GRACIAS