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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #752376  por Graciela Perez
 
Hola foro.....se trata de una pension directa, el difunto trabajaba en relacion de dependencia, tiene la regularidad, fallece a los 45 años.
Lo triste de todo esto es que en el recibo figura un sueldo de $2500 mientras que el fallecido cobraba mucho mas que eso, lamentablemente eso era lo que le declaraban....
Existe la posibilidad de iniciar hoy la pension, que cobre en base de esos $2500 pero a su vez iniciar un reclamo judicial al empleador para que declare lo que realmente el fallecido cobraba y luego de eso ajustar la pension????

Graciela
 #752396  por hugo2
 
Graciela Perez escribió:Hola foro.....se trata de una pension directa, el difunto trabajaba en relacion de dependencia, tiene la regularidad, fallece a los 45 años.
Lo triste de todo esto es que en el recibo figura un sueldo de $2500 mientras que el fallecido cobraba mucho mas que eso, lamentablemente eso era lo que le declaraban....
Existe la posibilidad de iniciar hoy la pension, que cobre en base de esos $2500 pero a su vez iniciar un reclamo judicial al empleador para que declare lo que realmente el fallecido cobraba y luego de eso ajustar la pension????

Graciela
No
 #752403  por Graciela Perez
 
hugo2 escribió:
Graciela Perez escribió:Hola foro.....se trata de una pension directa, el difunto trabajaba en relacion de dependencia, tiene la regularidad, fallece a los 45 años.
Lo triste de todo esto es que en el recibo figura un sueldo de $2500 mientras que el fallecido cobraba mucho mas que eso, lamentablemente eso era lo que le declaraban....
Existe la posibilidad de iniciar hoy la pension, que cobre en base de esos $2500 pero a su vez iniciar un reclamo judicial al empleador para que declare lo que realmente el fallecido cobraba y luego de eso ajustar la pension????

Graciela
No
Que lastima!!!!
 #752981  por MARIO1943
 
Graciela Perez escribió:Hola foro.....se trata de una pension directa, el difunto trabajaba en relacion de dependencia, tiene la regularidad, fallece a los 45 años.
Lo triste de todo esto es que en el recibo figura un sueldo de $2500 mientras que el fallecido cobraba mucho mas que eso, lamentablemente eso era lo que le declaraban....
Existe la posibilidad de iniciar hoy la pension, que cobre en base de esos $2500 pero a su vez iniciar un reclamo judicial al empleador para que declare lo que realmente el fallecido cobraba y luego de eso ajustar la pension????

Graciela
SI TENES PRUEBAS, HACES LA DENUNCIA ANTE EL MINISTERIO D E TRABAJO,POR INCUPLIMIENTO DEL ART. 80 DE LA L.CT, PARA QUE REGULARICE LA SITUACION ANTE AFIP, SI NO S E SOLUCIONA EN EL MINISTERIO D E TRABAJO, HACES LA DENUNCIA ANTE LA AFIP ( A VECES ESTOS CASOS SE ARREGLAN, PORQUE A LA EMPRESA NO LE CONVIENE LA DENUNCIA ANTE AFIP YA QUE DEBE TENER A TODO EL PERSONAL EN ESA SITUACION) Y
ACCIONAS JUDICIALMENTE CONTRA EL EMPLEADOR Y LO HACES RESPONSABLE POR DANOS Y PERJUICIOS QUE LE OCACIONA EN EL HABER D E LA PENSION(FIJATE QUE HAY FALLOS SOBRE ESTOS CASOS EN EL CUAL EL TRABAJADOR, NO RECLAMA POR TEMOR AL DESPIDO), E INICIAS EL TRAMITE POR PENSION CON LO QUE TENES
 #753120  por Graciela Perez
 
Gracias Mario, haber si te entiendo, yo podría iniciar el tramite con lo que tengo para que la viuda comience a cobrar la pensión ya.... y a su vez iniciar judicialmente el reclamo al empleador, comenzar a intimarlo vía Ministerio de trabajo/AFIP???? y si este regulariza la situación o se gana el juicio en algún momento, entonces pedir el reajuste de la pensión???
 #753184  por MARIO1943
 
Graciela Perez escribió:Gracias Mario, haber si te entiendo, yo podría iniciar el tramite con lo que tengo para que la viuda comience a cobrar la pensión ya.... y a su vez iniciar judicialmente el reclamo al empleador, comenzar a intimarlo vía Ministerio de trabajo/AFIP???? y si este regulariza la situación o se gana el juicio en algún momento, entonces pedir el reajuste de la pensión???
NO, VOS TENES QUE AGOTAR LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA, HACIENDO EL REC LAMO VIA MINISTERIO D E TRABAJO, SI REALMENTE PODES DEMOSTRAR , CON ALGUNA DOCUMENTACION, TESTIGOS, COMPANEROS DE TRABAJO ETC., QUE NO SE HA DEPOSITADO COMO CORRESPONDE LOS APORTE A LA SEGURIDAD SOCIAL, EL EMPLEADOR ES MUY PROBABLE QUE NEGOCIE, PORQUE QUE ANTE LA DENUNCIA A LA AFIP, NO ES LO MISMO QUE SE LE VENGA AFIP CON EL RECLAMO DE 10 ANOS D E APORTES Y CONTRIBUCIONES NO SOLO DE EL SI NO DE TODO EL PERSONAL QUE RECONOCER EN EL MINISTERIO SOLO 5 ANOS DE UNA SOLA PERSONA, TE LO DIGO POR EXPERIENCIA, SI HAY ARREGLO, ESPERAS EL DEPOSITO DE LA DEUDA Y LA CERT. DE SERVICIOS COMO CORRESPONDE,E INICIAS EL TRAMITE DE PENSION, CASO CONTRARIO, HACES LA DENUNCIA ANTE LA AFIP Y HACES EL RECLAMO VIA JUDICIAL POR DANOS Y PERJUICIOS, E INICIA LA PENSION, ANSES ES MUY DURO DE RECONOCER DESPUES UN AUMENTO DE REMUNERACION QUE CAMBIE LA DETERMINACION DEL HABER ,
 #753545  por Graciela Perez
 
MARIO1943 escribió:
Graciela Perez escribió:Gracias Mario, haber si te entiendo, yo podría iniciar el tramite con lo que tengo para que la viuda comience a cobrar la pensión ya.... y a su vez iniciar judicialmente el reclamo al empleador, comenzar a intimarlo vía Ministerio de trabajo/AFIP???? y si este regulariza la situación o se gana el juicio en algún momento, entonces pedir el reajuste de la pensión???
NO, VOS TENES QUE AGOTAR LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA, HACIENDO EL REC LAMO VIA MINISTERIO D E TRABAJO, SI REALMENTE PODES DEMOSTRAR , CON ALGUNA DOCUMENTACION, TESTIGOS, COMPANEROS DE TRABAJO ETC., QUE NO SE HA DEPOSITADO COMO CORRESPONDE LOS APORTE A LA SEGURIDAD SOCIAL, EL EMPLEADOR ES MUY PROBABLE QUE NEGOCIE, PORQUE QUE ANTE LA DENUNCIA A LA AFIP, NO ES LO MISMO QUE SE LE VENGA AFIP CON EL RECLAMO DE 10 ANOS D E APORTES Y CONTRIBUCIONES NO SOLO DE EL SI NO DE TODO EL PERSONAL QUE RECONOCER EN EL MINISTERIO SOLO 5 ANOS DE UNA SOLA PERSONA, TE LO DIGO POR EXPERIENCIA, SI HAY ARREGLO, ESPERAS EL DEPOSITO DE LA DEUDA Y LA CERT. DE SERVICIOS COMO CORRESPONDE,E INICIAS EL TRAMITE DE PENSION, CASO CONTRARIO, HACES LA DENUNCIA ANTE LA AFIP Y HACES EL RECLAMO VIA JUDICIAL POR DANOS Y PERJUICIOS, E INICIA LA PENSION, ANSES ES MUY DURO DE RECONOCER DESPUES UN AUMENTO DE REMUNERACION QUE CAMBIE LA DETERMINACION DEL HABER ,
Gracias Mario1943, me quedo claro......
 #772624  por Graciela Perez
 
MARIO1943 escribió:
Graciela Perez escribió:Gracias Mario, haber si te entiendo, yo podría iniciar el tramite con lo que tengo para que la viuda comience a cobrar la pensión ya.... y a su vez iniciar judicialmente el reclamo al empleador, comenzar a intimarlo vía Ministerio de trabajo/AFIP???? y si este regulariza la situación o se gana el juicio en algún momento, entonces pedir el reajuste de la pensión???
NO, VOS TENES QUE AGOTAR LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA, HACIENDO EL REC LAMO VIA MINISTERIO D E TRABAJO, SI REALMENTE PODES DEMOSTRAR , CON ALGUNA DOCUMENTACION, TESTIGOS, COMPANEROS DE TRABAJO ETC., QUE NO SE HA DEPOSITADO COMO CORRESPONDE LOS APORTE A LA SEGURIDAD SOCIAL, EL EMPLEADOR ES MUY PROBABLE QUE NEGOCIE, PORQUE QUE ANTE LA DENUNCIA A LA AFIP, NO ES LO MISMO QUE SE LE VENGA AFIP CON EL RECLAMO DE 10 ANOS D E APORTES Y CONTRIBUCIONES NO SOLO DE EL SI NO DE TODO EL PERSONAL QUE RECONOCER EN EL MINISTERIO SOLO 5 ANOS DE UNA SOLA PERSONA, TE LO DIGO POR EXPERIENCIA, SI HAY ARREGLO, ESPERAS EL DEPOSITO DE LA DEUDA Y LA CERT. DE SERVICIOS COMO CORRESPONDE,E INICIAS EL TRAMITE DE PENSION, CASO CONTRARIO, HACES LA DENUNCIA ANTE LA AFIP Y HACES EL RECLAMO VIA JUDICIAL POR DANOS Y PERJUICIOS, E INICIA LA PENSION, ANSES ES MUY DURO DE RECONOCER DESPUES UN AUMENTO DE REMUNERACION QUE CAMBIE LA DETERMINACION DEL HABER ,
Mario1943, vuelvo sobre lo mismo, disculpame, como sería el arreglo con esa sola persona en el Ministerio de Trabajo? que es lo que tendría que pagar el empleador? No entiendo que paga ya que los aportes y contribuciones los tendria que pagar en la AFIP???? ademas me decis que paga 5 años???? y con los otros 5 años que se utiliza para el calculo que sucede??? Disculpame pero lo tengo muy confuso, el empleador dijo que el contador dijo a su vez que no se puede hacer nada......pero tenía ganas como ultimo recurso de comunicarme con él y ponerlo un poquito en alerta, logico que antes necesito saber bien como funciona el pago de la deuda, que es lo que en definitiva tendria que pagar el empleador en el Ministerio????
 #772666  por lgaray
 
Tendria que rectificar el 931 y declarar los sueldos reales del empleado por los ultimos 5 años, que son los que le van a tomar para el calculo del haber.... diferencia e intereses....mmm
 #773038  por Graciela Perez
 
lgaray escribió:Tendria que rectificar el 931 y declarar los sueldos reales del empleado por los ultimos 5 años, que son los que le van a tomar para el calculo del haber.... diferencia e intereses....mmm

Creo que existe la posibilidad de rectificar el sueldo de ese solo empleado por novedad no???????
 #773039  por Graciela Perez
 
Graciela Perez escribió:
lgaray escribió:Tendria que rectificar el 931 y declarar los sueldos reales del empleado por los ultimos 5 años, que son los que le van a tomar para el calculo del haber.... diferencia e intereses....mmm

Creo que existe la posibilidad de rectificar el sueldo de ese solo empleado por novedad no???????
Y una vez que se corrige el F931 que es lo que se presenta en el Ministerio de Trabajo?????
 #773042  por jarocho
 
No va a prosperar de ninguna forma
Si cobraba real 8000 y firmaba por 2500 es complice en la simulacion e interesado en la maniobra ya que sufria menos retenciones por aportes y el empleador por contribuciones.-
No hay testigos o argumento alguno que pueda doblegar a una documental como es un recibo de sueldo.-
El argumento de que no denunciaba por perder la fuente de trabajo, no es aceptable ya que la denuncia puede ser anonima, por carta, por web, individual o colectiva.-
Perdona mi negatividad, pero los procedimientos para el caso no los invente yo, son los usuales, aceptados y consentidos, no obstante, si reclamas te deseo suerte y que nos trasmitas el logro.-