hOLA Un contrato de ahorro previo se firmo por la primera suscriptora en enero del 94. Luego esta se lo cedió a otro en abril del 95. Frente a distintos incumplimientos, y ejerciendo una facultad discrecional éste renuncia en abril de 2001. La empresa prometió restituirle lo abonado como cuota pura dentro de los 90 días posteriores a la renuncia. Nunca cumplió.La empresa le enviaba cartas certifiacadas donde le comunicaba que habia resultado beneficiario del sorteo de adjudicacion pero que si quería seguir en periodo de ahorro podía hacerlo, estas cartas eran de fecha 07/2000. En marzo de 2003 se hizo una mediación (hubo una propuesta no aceptada por mi cliente), y a la demanda se presentó en 12/2010 (todavia no se hizo el traslado). Quiero saber si la acción estaría prescripta. Los 10 años para accionar se determinan a partir de la fecha del incumplimiento? Espero sus comentarios. Gracias.