Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cobro de honorarioss profesionales intervinientes

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #753419  por cachirula
 
Queria consultar sobre como se cobran los honorarios de los peritos intervinientes ya que mi experiencia es mayormente extrajudicial.En la sentencia se regularon honorarios y se detallo lo siguiente: Postérguese la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en autos para su oportunidad (conf. ley 8904). REGISTRESE. NOTIFIQUESE¿ la oportunidad esta referida a los 10 dias de ser notificado segun art 51 del decreto o a cual ? quien diligencia las cedulas,puede hacerlo el perito a quien se regulo los honorarios?

Agradezco la respuesta