Voy por la demandada, en la primera presentación solicité mediación prejudicial obligatoria previa, porque faltaba, el juzgado dijo que no correspondía, perdí la revocatoria (segun en que juzgado caiga resuelven distinto), ahora, cuando ya se produjo la prueba la actora quiere una audiencia de conciliacion y el juzgado se la otorga, yo creo que corresponde el desistimiento, no la audiencia de conciliación, máxime cuando a mi parte no le otorgó esa posibilidad al inicio, ordenan audiencia de conciliación (el juzgado), se puede plantear revocatoria? (entiendo que es la audiencia del 36 CPCC)
Gracias
JV
Gracias
JV
¿Será Justicia?