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  • ICESE/ REDUCCIÓN. 2 ALIMENTADOS, UNO MAYOR ¿ QUE OPINAN?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #757253  por Claudialo
 
Colegas, me es valioso contar con la opinión de Uds. Dos alimentados, uno llega a los 21 años, el aliementante inicia cese de reducción contra la progenitora. La progenitora, notificada de la demanda se presneta en el plazo d eley e interpone falta delelgitimación pasiva y contesta demanda respecto del otor alimentado, peticionando que la reducción por cese ( en caso de hacer lugar, sobre el mayor) no lo sea en 50%, sinó en 30% a raíz de que la cuota es indivisa, nunca se fijó cuanto correpsondía para cad ahijo y que dicho monot a quedar, aún no llegaba al 15 % de los habres dle aliemntante Comisario.-
Primer y único proveído, al sentneica haciendo lugar al cese por el 50 %. No tuvo a al porgenitora ni siquier apresnetada por parte, no trato nada. Dijo que era de puro derecho el cese y listo?

Entoncess, para que la vía incidental? DÓNDE DICE QUE EN CASO DE CUOTAS INDIVISAS A CADA ALIMENTADO CORRESPONDE LA MITAD......??????
 #757256  por Claudialo
 
Colegas, me es valioso contar con la opinión de Uds. Dos alimentados, uno llega a los 21 años, el alimentante inicia cese de reducción contra la progenitora. La progenitora, notificada de la demanda se presenta en el plazo de ley e interpone falta de legitimación pasiva y contesta demanda respecto del otro alimentado, peticiona que la reducción por cese ( en caso de hacer lugar, sobre el mayor) no lo sea en 50%, sinó en 30% a raíz de que la cuota es indivisa, nunca se fijó cuanto correpsondía para cada hijo y que dicho monto a quedar, aún no llegaba al 15 % de los haberes del aliementante, quien es Comisario.-
Primer y único proveído: La sentencia haciendo lugar a lo pedido por el actor, cese por el 50 %. No tuvo a la progenitora ni siquiera presentada por parte, no trato NINGUNA CUESTIÓN PLANTEADA. Solo Dijo que era de puro derecho el cese por arribar a los 21 años y listo

Entonces, para que la vía incidental? DÓNDE DICE QUE EN CASO DE CUOTAS INDIVISAS A CADA ALIMENTADO CORRESPONDE LA MITAD......??????
 #757311  por Carmen Susana
 
[quote="Claudialo"]Colegas, me es valioso contar con la opinión de Uds. Dos alimentados, uno llega a los 21 años, el alimentante inicia cese de reducción contra la progenitora. La progenitora, notificada de la demanda se presenta en el plazo de ley e interpone falta de legitimación pasiva y contesta demanda respecto del otro alimentado, peticiona que la reducción por cese ( en caso de hacer lugar, sobre el mayor) no lo sea en 50%, sinó en 30% a raíz de que la cuota es indivisa, nunca se fijó cuanto correpsondía para cada hijo y que dicho monto a quedar, aún no llegaba al 15 % de los haberes del aliementante, quien es Comisario.-
Primer y único proveído: La sentencia haciendo lugar a lo pedido por el actor, cese por el 50 %. No tuvo a la progenitora ni siquiera presentada por parte, no trato NINGUNA CUESTIÓN PLANTEADA. Solo Dijo que era de puro derecho el cese por arribar a los 21 años y listo

Entonces, para que la vía incidental? DÓNDE DICE QUE EN CASO DE CUOTAS INDIVISAS A CADA ALIMENTADO CORRESPONDE LA MITAD......??????[/quote]
1) Apelá, ningún juez puede comerse una falta de legitimación pasiva y pedí expresa imposición de costas.-
2) Con respecto a la cuota correspondiente del menor, no es cuestión de partir por la mitad, hay que ver las necesidades de éste.-
 #757403  por Claudialo
 
Gracias colega! Sí, a mi me parece absurdo, al menos que trate la legitimacion y con fundamento la rechace...El tema es en que afecta a la demandada progenitora la falta de legitimación, ya que la cuota de alimentos es reducida a quien debió ser demandado, es este el que debería peticionar nulidad....¿? EStoy buscando fallos sobre cese de cuota por mayoría de edad, cuando son más de uno los alimentados, como juega la reducción de la cuota. Si alguién sabe de alguno............ :P
 #757482  por Tiburcio
 
La cuota se prorratea entre los alimentados.
Por lo tanto a mi criterio es correcto que el juez haya decretado el cese de pleno derecho.
Mas allá de algunos que sostienen que hay que promover un incidente, estimo que el cese es automático.
Así pues el otro alimentado puede promover ahora un pedido de aumento de cuota, con fundamento en la mayor disponibilidad que tiene el alimentante al no tener que afrontar esa otra cuota.
Ojo que si el otro alimentado tiene mas de 18 tiene que demandar él personalmente. La madre no lo representa.